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La Solución de Conflictos Electorales, Garantía de un Proceso Democrático

16/octubre /2004 / Sala Superior 62/2004

México, D.F.

La existencia de instrumentos y mecanismos que permitan la solución de conflictos electorales por la vía del derecho, puede ser vista como una fortaleza del sistema político y no como una debilidad del mismo. Además, al resolverse las diferentes controversias por causes civilizados se incrementa la cultura democrática, aseguraron los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación José de Jesús Orozco y Alfonsina Berta Navarro Hidalgo al participar en el II Curso Iberoamericano de Justicia Electoral.

Los magistrados del TEPJF expusieron ante visitantes extranjeros y nacionales dos perspectivas de la solución de conflictos electorales, el magistrado Orozco Henríquez analizó los diversos modelos contemporáneos de resolución de controversias y la magistrada Navarro Hidalgo presentó una experiencia relevante de la política mexicana.

Al participar en la mesa de trabajo "Experiencia Relevante de Justicia Electoral", la magistrada Berta Alfonsina Navarro Hidalgo afirmó que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación no vulnera la vida interna de los partidos políticos al dictar las resoluciones relativas a conflictos entre militantes y dirigentes.

Para la integrante de la Sala Superior de la máxima autoridad jurisdiccional en materia electoral del país "ninguna resolución del TEPJF vulnera ninguna disposición estatutaria de partido político alguno, por el contrario, ajustamos nuestras resoluciones a lo que establece estatutos de los partidos políticos ".

La magistrada Navarro Hidalgo destacó el incremento de la promoción de los juicios para la protección de los derechos políticos electorales del ciudadano. Este incremento se debe, dijo, entre otros factores, a que los propios militantes han argüido en defensa de sus intereses que son los partidos políticos (su dirigencia) los que no se ajustan a sus propios estatutos, principalmente en la selección de candidatos.

La actuación del TEPJF en estos casos, ha consistido en observar y verificar si la postulación y la selección de candidatos se ajusta a la propia normatividad interna, recalcó la magistrada. Y cuando vemos que no se ajustan le damos la razón al que la tiene, de acuerdo a los estatutos políticos establecieron para si mismos.

La magistrada se refirió durante su exposición al recurso de apelación promovido por el Partido de la Revolución Democrática en contra del Consejo General del Instituto Federal Electoral (SUP-RAP-040/2004), relacionado con los estatutos del sol azteca. La magistrada Navarro Hidalgo recordó que en este caso, como en todas las resoluciones del TEPJF se encuentran al alcance de todo público para ser estudiadas y analizadas se haya en forma directa a través del archivo jurisdiccional o a través de Internet.

Por su parte, el magistrado José Orozco Henríquez, destacó que los conflictos electorales y los instrumentos para su solución son un aspecto fundamental que no se deben considerar como una debilidad, sino como una prueba de la fortaleza, vitalidad y transparencia de un sistema político, así como un mecanismo para incrementar la conciencia de los actores políticos acerca de los medios e instancias a las que pueden acudir en busca del desagravio como una característica primordial de todo estado de democrático de derecho.

Orozco Henríquez se refirió, durante la mesa "Justicia Electoral y Proceso de Democratización", a algunos de los estudios comparativos de los sistemas contemporáneos para la solución de controversias, cuyo objetivo principal, insistió, es estimular el conocimiento y aprendizaje de los medios de solución de controversias.

El magistrado sostuvo que la democracia, además de apoyarse en un sistema electoral, también descansa en un sistema de resolución de conflictos electorales, que son la última garantía de un proceso realmente democrático.

Finalmente Orozco Henríquez comentó el desarrollo de un proyecto relativo a la difusión de aspectos relevantes de la justicia electoral. Indicó que se trata de un manual que contemplará los principios, reglas y procedimientos que se analizarán con base a la siguiente tipología:

1.- Resoluciones que se encomiendan a una legislatura,

2.- Las basadas en el modelo inglés,

3.- Las que se encomiendan a tribunales constitucionales,

4.- La relativa a tribunales electorales autónomos, y

5.- Las resoluciones emitidas por tribunales de carácter transicional.

Confirma Tribunal Electoral resultados de los comicios para Diputados

31/julio /2009 / Sala Regional Ciudad de México 29/2009

México D.F.

• Elimina una multa impuesta al PAN por el Consejo Local del IFE en Puebla

La Sala Regional Distrito Federal del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó este viernes, en sesión pública, los resultados de los comicios para Diputados Federales de Mayoría Relativa en los distritos 6, 7, 17 y 20, de la Ciudad de México; 5 y 9 del estado de Guerrero; y el distrito 1 del estado de Puebla.

En el caso del distrito 6 de la capital mexicana, cuyos resultados impugnó el Partido de la Revolución Democrática (PRD), este órgano jurisdiccional anuló la votación de cinco casillas, debido a que en éstas los sufragios fueron recibidos por personas distintas a las facultadas por el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (COFIPE).

No obstante, esto no afectó al candidato que inicialmente obtuvo el triunfo en ese distrito, por lo que se confirmó el otorgamiento de la constancia de mayoría a Roberto Rebollo Rivero, abanderado de la coalición “Primero México”, integrada por los partidos Revolucionario Institucional (PRI) y Verde Ecologista (PVEM).

A su vez, en el distrito electoral 7 de la capital del país, fueron anuladas tres casillas, ya que en una de ellas la votación se recibió por personas no autorizadas por la ley, en tanto que en las otras dos existían errores en el cómputo de los sufragios. Sin embargo, al igual que en el caso anterior, esto no alteró la mayoría obtenida por el candidato Nazario Norberto Sánchez, del PRD.

Así mismo, esta Sala Regional confirmó los cómputos finales de los comicios para Diputados Federales por el principio de Mayoría Relativa en el distrito 17 de la Ciudad de México, en los que también resultó ganador el PRD. De igual forma, en el distrito 20 de la capital del país, se ratificó el triunfo de la coalición “Salvemos México”, conformada por el Partido del Trabajo (PT) y Convergencia.


Por otro lado, los magistrados Eduardo Arana Miraval, Ángel Zarazúa Martínez y Roberto Martínez Espinosa confirmaron los resultados de las elecciones para Diputados de Mayoría Relativa en el distrito electoral federal 5 del estado de Guerrero, que favorecieron al PRI.

En esa misma entidad, debido a que la votación fue recibida por personas no autorizadas por el COFIPE, la Sala Regional Distrito Federal anuló dos casillas del distrito 9, las cuales habían sido impugnadas por el PRD; sin embargo, el candidato de la coalición “Primero México”, Fermín Gerardo Alvarado Arroyo, mantuvo la mayoría de los sufragios.

Así mismo, los colegiados de este órgano jurisdiccional confirmaron la validez de los comicios del pasado cinco de julio en el distrito 1 del estado de Puebla, en el que el triunfo le correspondió al candidato a Diputado Federal del PRI, Ardelio Vargas Fosado.

Adicionalmente, la Sala Regional Distrito Federal modificó una resolución del Consejo Local del Instituto Federal Electoral (IFE) en el estado de Puebla, que violentaba la garantía de legalidad de Eduardo Morales Garduño, candidato del distrito 12 a Diputado Federal por el Partido Acción Nacional (PAN), quien fue multado por esa instancia con 900 días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal.

En este caso, debido a que el Consejo Local del IFE también había amonestado al candidato referido, esta Sala Regional decidió mantener solo la amonestación, eliminando la multa.

Finalmente, al encontrarse diversos elementos de improcedencia, este órgano jurisdiccional desechó tres juicios de inconformidad interpuestos por los partidos de la Revolución Democrática, en el distrito 9 del estado de Guerrero; Convergencia, en el distrito 15 de la Ciudad de México; y Acción Nacional en el distrito 1 del estado de Puebla.

De esta forma, la Sala Regional Distrito Federal resolvió la totalidad de los juicios de inconformidad presentados para impugnar los comicios del cinco de julio en el Distrito Federal, y en los estados de Puebla, Morelos, Tlaxcala y Guerrero, que conforman la IV Circunscripción Electoral.
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