header

Confirma Sala Regional Guadalajara elección electrónica en Tuxcueca, Jalisco

21/agosto /2009 / Sala Regional Guadalajara 28/2009

Guadalajara, Jalisco

La Sala Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Jalisco, que valido la elección llevada acabo en el municipio de Tuxcueca Jalisco, donde por primera vez se utilizó una urna electrónica para la recepción del voto.

En este juicio la coalición “Alianza por Jalisco” que abandera el Partido Revolucionario Institucional (PRI) presentó una impugnación en contra de la resolución emitida por el Tribunal Estatal ya que alegó que no se le garantizaron los principios de secrecía y legalidad del voto. Esto debido a que se interrumpió el funcionamiento de la urna por un apagón, por lo que se creó duda de la integridad y funcionamiento del medio electrónico, y por otro lado incertidumbre en cuanto a la cantidad de personas que dejaron de emitir su voto.

El Magistrado ponente Jacinto Silva Rodríguez comentó, que al apagarse la urna electrónica no deja de ser una computadora y quedan grabados los votos, además de que técnicamente no se comprobó que tuviera fallas, por lo que se continuó con la votación de manera regular. Y por otra parte, el hecho de que ocho ciudadanos dejaran de votar durante los cuatro minutos que duró el apagón, no es determinante en el resultado, ya que la diferencia entre el primero y segundo lugar fue de diez votos.

En el mismo sentido, el Magistrado Presidente José de Jesús Covarrubias Dueñas, manifestó que no se vulneraron los principios de secrecía y legalidad del voto, como se pudo comprobar en la resolución. Por su parte el Magistrado Noé Corzo coincidió con los magistrados, con lo que el proyecto se aprobó por unanimidad.

Por otra parte, en el Juicio Para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano promovido por José Ángel Hernández Barajas en el estado de Sonora, se revocó la amonestación impuesta por el Consejo Electoral del Estado, debido a que ya se le había multado por la cantidad de $ 53,260.00 por actos anticipados de precampaña y campañas electorales.

El proyecto fue aprobado por unanimidad, ya que la Ley estipula que nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo hecho.

En la sesión pública la Sala Regional Guadalajara de este día se resolvieron 14 Juicios de Revisión Constitucional, tres Juicios Para la Protección de los Derechos político Electorales del Ciudadano y un Recurso de Apelación.



-0-