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Tarjeta Informativa

10/Julio /2025 / Sala Superior 4/2025

Ciudad de México

En su sesión pública de este 9 de julio, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) aprobó por mayoría el expediente SUP-REP-247/2025, el cual contó con los votos a favor de las magistraturas encabezadas por Felipe de la Mata Pizaña, Janine Otálora Malassis, Felipe Alfredo Fuentes Barrera y Mónica Aralí Soto Fregoso, y con el voto en contra del magistrado Reyes Rodríguez Mondragón.

La determinación de la mayoría consistió en confirmar la resolución adoptada por la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE) del Instituto Nacional Electoral (INE), que declaró la improcedencia de una queja presentada por una organización civil por el supuesto uso indebido de materiales propagandísticos en la elección extraordinaria de personas juzgadoras. 

La decisión de la mayoría en la Sala Superior se apegó a la línea jurisprudencial que obliga a la autoridad administrativa, en este caso el INE, a declarar improcedente aquellas denuncias que no contengan los elementos mínimos para poder iniciar una investigación. Es decir, la queja no expresó en ningún momento las circunstancias de tiempo, modo y lugar, ni los sujetos responsables, que habrían conformado los hechos infractores. 

En este caso, es importante destacar que las notas periodísticas en las que se apoyaba la denuncia en comento tampoco contenían la información suficiente y necesaria para abrir una indagatoria, esto sin demeritar su valor informativo y calidad profesional. 

En ningún momento, la Sala Superior negó la apertura de una investigación por parte de la UTCE, sino que se apegó a los precedentes jurídicos que exigen un mínimo de elementos para poder llevar a cabo una indagatoria de este tipo de hechos. Es importante destacar que, ante la inminente llegada de otros asuntos que reúnan los requisitos de ley, éstos serán evaluados y, en su caso, sancionadas las probables faltas. 

Este órgano jurisdiccional reitera su respeto a todas las opiniones que surjan de su actividad y se mantiene abierto al escrutinio público. El compromiso del TEPJF es con el marco legal vigente. 

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