El TEPJF incorporará en su Catálogo de Sujetos Sancionados a 24 usuarios de X por realizar actos de VPG contra una excandidata a ministra de la SCJN
29/Abril /2026 / Sala Superior 143/2026
Ciudad de México
- También, instruyó al INE a inscribirlos en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de VPG
- Declaró inexistente la calumnia y VPG por parte de un medio de comunicación y de periodistas de esa empresa, al haberse emitido en ejercicio de su labor periodística
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por unanimidad de votos, ordenó incorporar a 24 usuarios de la red social X a su Catálogo de Sujetos Sancionados en los Procedimientos Especiales Sancionadores, e instruyó al Instituto Nacional Electoral (INE) a inscribirlos dentro del Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género (VPG) por publicaciones en perjuicio de una excandidata a ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Lo anterior, con motivo de diversos mensajes emitidos en redes sociales, particularmente en la red social X. La aspirante a ministra presentó una denuncia y una ampliación por VPG y calumnia electoral en contra de un medio de información, de varios periodistas y de usuarios de redes sociales, al acusar que su difusión generó una oleada de violencia digital, que denigraron su imagen y afectaron su candidatura.
En sesión pública y a propuesta del magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera, la Sala Superior determinó que no se actualizaba la calumnia electoral contra las personas periodistas y el medio de comunicación, ya que, por su labor, no pueden ser sujetos responsables de esta infracción, por otra parte, no se acreditó la existencia de VPG porque en el contenido de las publicaciones no se advertía un mensaje que implicara un estereotipo de género que invisibilice las capacidades profesionales de la quejosa en el contexto de su candidatura a ministra de la SCJN.
Sin embargo, se razonó que, el contenido de los mensajes emitidos por 24 usuarios de la red social X sí actualizaban VPG, al activar estereotipos de género, recurrir a expresiones, y/o acciones o conductas que anulaban la presencia de las mujeres en la vida política, además de emitir dichos que deslegitiman su capacidad profesional al subordinar sus aspiraciones y aptitudes a una figura masculina.
En la resolución, la Sala Superior ordenó a la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE que lleve a cabo las gestiones pertinentes para accionar los mecanismos que contemple la red social X a fin de retirar las publicaciones que fueron motivo de la denuncia, como medida de reparación y en atención a su deber frente a los derechos humanos. Asimismo, instruyó la inscripción de usuarios de X señalados en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de VPG del INE y en el Catálogo de Sujetos Sancionados en los Procedimientos Especiales Sancionadores del TEPJF (SUP-PSC-17/2026).
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