Modifica Sala Toluca asignación de diputados locales en el Estado de México por el principio de representación proporcional
1 /septiembre/2009 / Sala Regional Toluca 53/2009
Toluca, Méx.,
La Sala Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) modificó la asignación de diputados locales por el principio de representación proporcional, que había realizado el Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM).
Esto es así, luego de que del análisis de los juicios promovidos por los partidos políticos Nueva Alianza, Convergencia, Acción Nacional, de la Revolución Democrática, del Trabajo y la coalición “Mexiquense PRD-PT”, se advirtió la existencia de un error aritmético en la asignación de diputados de representación proporcional que había realizado el TEEM.
Por lo anterior, la Sala Toluca revocó la constancias de asignación de diputados por el principio de representación proporcional otorgadas por el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) a los candidatos del Partido de la Revolución Democrática (PRD) Ramón Sergio Luna Cortes y Bruno Isaac Aguilar García, propietario y suplente respectivamente, y ordenó al IEEM entregar dichas constancias a la tercer fórmula de candidatos de la lista registrada por el Partido Nueva Alianza encabezada por Eynar de los Cobos Carmona y Rosalba Rodríguez Méndez, propietario y suplente respectivamente.
Al respecto, el magistrado ponente, Santiago Nieto Castillo expuso los agravios planteados por los actores y resaltó el tema de los convenios de coalición, ya que en las demandas se planteaban diversas irregularidades sobre la legalidad de los mismos, sin embargo, se determinó que el momento en que debieron hacer valer dichas inconformidades fue cuando éstos quedaron aprobados por el IEEM y no posterior a la jornada electoral. Así mismo, consideró que las leyes impugnadas por los actores no son contrarias a la constitución por tener el Estado de México un sistema electoral mixto, preponderantemente mayoritario.
Por su parte, la magistrada Adriana Favela Herrera indicó que el Tribunal Electoral del Estado de México incurrió en un error aritmético al momento de obtener los porcentajes de votación y de manera indebida el TEEM quitó una diputación de representación proporcional al Partido Nueva Alianza y se la otorgó al PRD, cuando este último no tenía el resto suficiente para obtenerla.
En su intervención, el magistrado Carlos Morales Paulín coincidió con la exposición de los magistrados Nieto Castillo y Favela Herrera, y añadió que en el Código Electoral del Estado de México, se estipulan los requisitos que deberá contener el convenio de coalición, como lo es el porcentaje de votación que corresponderá a cada uno de los partidos coaligados, lo cual llevado a la realidad tendrá aplicación con base en lo pactado en dichos convenios.
Por otro lado, los magistrados de la Sala Toluca dejaron sin efecto la constancia de asignación emitida por el Consejo General del IEEM a favor de Florentina Salamanca Arellano y Antonio Martiñón Ruiz como propietario y suplente, respectivamente, al cargo de diputado de representación proporcional por el Partido Acción Nacional (PAN) por el distrito XXX de Naucalpan, y ordenó al IEEM la expedición y entrega de dicha constancia a favor de Daniel Oswaldo Alvarado Martínez, toda vez que se determinó que la asignación realizada por el IEEM se había otorgado indebidamente al tercer lugar en el porcentaje de la votación y no al segundo en el que el demandante ocupaba el cargo de suplente.
En la sesión de este día se resolvieron 446 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y siete juicios de revisión constitucional.
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24/abril /2006 / Sala Superior 31/2006
México, D.F.
Además indica que, desde la perspectiva del autor, a través de la evolución de sus resoluciones, el Tribunal Constitucional ha establecido una especie de rango o jerarquía entre los principios derivados explícita o implícitamente de los preceptos de la Constitución Española: dentro de esta jerarquía, los principios que ocupan los más altos niveles son el del Estado social y democrático de Derecho, y los de la igualdad y seguridad jurídicas.
El magistrado Castillo consideró que, seguramente, este testimonio servirá para conocer el papel de los tribunales constitucionales en la consolidación de las democracias de América Latina. Además, de que la obra conglomera las más importantes teorías de la argumentación y la interpretación.
Castillo González citó algunas sentencias emitidas por la Sala Superior del Tribunal Electoral en las que algunas obras del Dr. Ezquiaga fueron comentadas o tomadas como punto de referencia.
Acompañaron al magistrado presidente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Leonel Castillo González, el ministro Mariano Azuela Güitrón, presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la Dra. Leticia Bonifaz Alfonso, catedrática de la División de Estudios de Posgrado de la Facultad de Derecho de la UNAM, y el autor de la obra.
En su intervención, el ministro Mariano Azuela reconoció el texto como un esfuerzo intelectual del autor, así como un servicio a la sociedad en general y a la comunidad dedicada al estudio del Derecho. Se trata, dijo, de una obra dirigida a perfeccionar el trabajo de los juzgadores, litigantes, académicos, docentes y estudiantes del Derecho.
Además, indicó Azuela, es un libro que guarda el difícil equilibrio entre la teoría y la práctica; que resulta de gran utilidad para los usuarios al confrontar la teoría expuesta en la argumentación con la práctica, que da vida a las sentencias.
En tanto, la Dra. Leticia Bonifaz dejó constancia de que la teoría de la argumentación ha cobrado un gran auge en los últimos años; además de que obras como ésta permiten a juzgadores y estudiosos de la materia, tener más conciencia de lo que están haciendo.
Al comentar la importancia de lo anterior, Bonifaz Alfonso enfatizó que lo importante no es sólo argumentar, sino conocer el peso de los argumentos.
Por último, el Dr. Ezquiaga destacó que la obra no es un manual de la buena argumentación jurídica, es, en cambio un trabajo descriptivo, sistematizador, de presentación de problemas que en ocasiones es un camino para comenzar a resolver. En este sentido, puntualizó que lo que debe buscarse son buenos jueces. Para él, “un buen juez, es un buen argumentador”.
Destacó que aplicar bien el Derecho, es en buena medida convencer, persuadir y para ello es necesario dar motivos y argumentos. Sin una buena argumentación judicial no hay un Poder Judicial democrático, ni una sociedad democráticamente aceptable. El juez no se legitima por medio de elecciones, sino aplicando el Derecho y resolviendo con argumentos.
Para el autor, tanto el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, como la Suprema Corte de Justicia de la Nación están a la vanguardia desde el punto de vista argumentativo, de seriedad del trabajo y de convencer con sus decisiones.