Confirma Sala Xalapa nueve sentencias de la Sala Electoral del Tribunal Superior de Justicia de Campeche
21/septiembre/2009 / Sala Regional Xalapa 30/2009
Xalapa, Ver.
El Partido Acción Nacional (PAN) argumentó que la candidata de dicha coalición, Aracely Escalante Jasso, tuvo ventaja durante el proceso electoral debido a que es concesionaria de la estación de radio denominada “Los 40 Principales”, y que durante su noticiero, transmitido en las frecuencias de AM y FM, se privilegiaron indebidamente sus actividades; además de existir difamación y calumnia en contra del candidato panista.
Asimismo, el PAN se quejó de que la Sala Electoral del Tribunal Superior de Justicia de esa entidad no valoró adecuadamente las pruebas presentadas; sin embargo, el pleno de la Sala Xalapa determinó que la autoridad electoral local, sí valoró las pruebas, dándoles el carácter de indicios, lo cual no es suficiente para anular la elección como lo pretendía el partido actor, por lo que confirmó la validez de la elección.
Misma resolución tuvieron otros cinco juicios de revisión constitucional, cuatro de ellos presentados por el PAN y otro por la coalición “Unidos por Campeche” (PRI-PANAL), correspondientes a la elección de diputados locales en los distritos con cabecera en Calkiní, Lerma, Carmen y Palizada; así como otros dos promovidos también por el PAN y otro por Convergencia, pero estos correspondientes a elecciones municipales en Escárcega, Calkiní y Palizada.
En la sesión pública de este día, la Sala Xalapa resolvió un juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y nueve juicios de revisión constitucional electoral. Cabe señalar que todos los juicios se aprobaron por unanimidad.
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Reporte de Sesión Pública
30/mayo /2006 / Sala Superior 47/2006
México, D.F.
- Resuelve TEPJF Registro de Candidaturas de la Coalición Por el Bien de Todos en 14 Ayuntamientos y un Distrito Electoral en Guanajuato
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió cuatro juicios de revisión constitucional interpuestos por la coalición Por el Bien de Todos en los que cuestionó determinaciones del Tribunal de Guanajuato relativo al registro de candidatos en 14 ayuntamientos y un distrito electoral.
Por lo que se refiere al registro de candidaturas en 14 ayuntamientos, los magistrados confirmaron las resoluciones en 11 de ellos y en tres se le concedió la razón a la coalición Por el Bien de Todos.
En los ayuntamientos de Santa Catarina, Manuel Doblado, Ocampo, León, Victoria, Jerécuaro, Celaya, Pueblo Nuevo, Doctor Mora, Cuerámaro, Huanímaro y el distrito electoral XX los integrantes de la Sala Superior confirmaron las resoluciones impugnadas.
Sólo en los casos de Comonfort, Tarimoro y San Diego de la Unión se otorgó la razón a la coalición impugnante. Así las cosas este órgano jurisdiccional ordenó al Consejo General del Instituto Electoral del Estado que, de no existir causal de improcedencia alguna, registre a los candidatos propuestos por la coalición Por el Bien de Todos para los ayuntamientos de Comonfort y Tarimoro dentro de un plazo de 48 horas.
De igual manera, se instruyó Consejo General del Instituto Electoral de Guanajuato para que Francisco Javier Narváez Cuellar quede registrado como candidato a presidente Municipal de San Diego de la Unión, debido a que demostró haberse separado definitivamente del cargo que desempeñaba, en los tiempos que marca la ley.
Como es del conocimiento de la opinión pública, en Guanajuato se celebrarán comicios el 2 de julio próximo.