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Confirma Sala Monterrey asignación de regidurías en el municipio de Soledad de Graciano Sánchez, San Luis Potosí

9 /noviembre /2009 / Sala Regional Monterrey 54/2009

Monterrey, N.L.

• Ordenan magistrados al Consejo Distrital 03 del Instituto Federal Electoral en Zacatecas determinar responsabilidades e imponer sanciones por publicación periodística

La Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó, por unanimidad, la asignación que realizó el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de San Luis Potosí (CEEPAC) de las regidurías en el Ayuntamiento de Soledad de Graciano Sánchez.

El pleno desechó tres juicios en donde los inconformes se quejaban de la decisión del CEEPAC de declarar inelegible a María Juana Nava Govea, candidata del Partido Acción Nacional (PAN) a la primera regiduría, y designar para este cargo a José Cruz Paulín Rojas, quien ocupaba el cuarto lugar en la misma lista de este instituto político.

Aurora Humberta Loredo Jurado, quien estaba registrada como candidata suplente de Nava Govea, se inconformó ante este órgano jurisdiccional federal por no haber sido convocada por la autoridad electoral local para ocupar la regiduría, argumentando que con este hecho se violentaba la garantía de equidad de género que dicta la legislación.

La magistrada presidenta Beatriz Eugenia Galindo Centeno, y los magistrados Georgina Reyes Escalera y Rubén Enrique Becerra Rojasvértiz desecharon los juicios, tras determinar que el acto impugnado ya se ha consumado, pues los funcionarios tomaron posesión del cargo el pasado 1 de octubre.

En otro juicio, el pleno determinó revocar la resolución del Consejo Distrital 03 del Instituto Federal Electoral (IFE) en Zacatecas, en la que dejaba sin sanción a quienes a través de la columna Perspectivas del periódico Imagen, publicaron información en contra del Partido de la Revolución Democrática (PRD), de la Gobernadora Amalia García Medina y de la Senadora Claudia Corichi García.

La Sala Monterrey declaró fundada la queja promovida por el PRD, tras considerar que la publicación no aportaba información seria y sí utilizaba palabras denigrantes, para denostar al partido político y sus miembros.

El pleno ordenó al Consejo Distrital 03 del IFE que un plazo de cinco días determine responsabilidades y aplique las sanciones pertinentes.

En la sesión pública de este lunes, la Sala Monterrey resolvió cinco juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, un juicio de revisión constitucional y un recurso de apelación.


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