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REPORTE DE SESIÓN PÚBLICA DEL TEPJF

3 /diciembre /2004 / Sala Superior 82/2004

México, D.F.

El día de hoy, los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación desahogaron 215 medios de impugnación promovidos contra autoridades electorales estatales y federales. De estos, fueron 179 juicios para la protección de los derechos político electorales del ciudadano, 30 juicios de revisión constitucional y seis recursos de apelación.

Los magistrados presididos por Eloy Fuentes Cerda resolvieron 18 juicios de revisión constitucional y 171 juicios para la protección de los derechos político electorales del ciudadano interpuestos por la designación de autoridades municipales de Veracruz; así como, entre otros, 12 juicios de revisión constitucional interpuestos contra determinaciones de autoridades electorales de Oaxaca, Aguascalientes, Tamaulipas y Chiapas.

Por la declaración de validez de la elección, el cómputo de los sufragios y el otorgamiento de constancias de mayoría a la elección de presidentes municipales de Veracruz, se interpusieron diversos recursos de los que destacaron los siguientes:

En el municipio de Soteapan, al observar que no existían razones legales para proceder a la apertura de algunos paquetes electorales, la Sala Superior modificó el cómputo realizado por las autoridades locales, por lo que el triunfo legalmente le corresponde a la coalición Unidos por Veracruz.

Similar situación se presentó en el juicio promovido en Tlapacoyan, donde los magistrados revocaron la resolución del Tribunal local, dado que procedió a la apertura de ocho paquetes electorales, realizó un nuevo escrutinio y modificó el cómputo de la votación, sin haber validado y motivado tal diligencia. Por lo tanto, se confirmó el cómputo municipal original y la expedición de las constancias de mayoría otorgadas a los candidatos del Partido Acción Nacional.

En tanto, en el municipio de Emiliano Zapata, los magistrados modificaron el cómputo municipal y confirmaron la expedición de las constancias de mayoría originalmente otorgadas a los candidatos del PAN, revocándose así las entregadas por la autoridad electoral a favor de la coalición Alianza Fidelidad por Veracruz.

En los tres casos, los magistrados de la Sala Superior determinaron que deberá realizar una nueva asignación de regidores de Representación Proporcional.

En Poza Rica, a pesar de que se modificó el cómputo de la elección, los magistrados confirmaron el triunfo de los candidatos del Partido Acción Nacional, partido que también obtuvo la victoria en los ayuntamientos el Naranjal y Acayucan. En tanto que se confirmó el triunfo de la coalición Unidos por Veracruz, en Catemaco y de la coalición Alianza Fidelidad por Veracruz en Alto Lucero, Pánuco, Coetzala, San Andrés Tuxtla, Acultzingo y Moloacán. En tanto que se confirmó la nulidad de la elección en Landero y Coss.

Por lo que se refiere a 175 juicios para la protección de los derechos políticos electorales del ciudadano interpuestos en Veracruz, en 115, diversos ciudadanos y candidatos a presidentes municipales, síndicos y regidores controvirtieron los acuerdos relativos a la asignación de cargos en diversos ayuntamientos de esta entidad federativa.

En esencia, los promoventes reclamaron, sin éxito, el criterio para la asignación de constancias de mayoría a regidores y síndicos adoptados por la autoridad estatal. Estos ciudadanos consideraron que no debía operar la prelación en el otorgamiento de constancias de mayoría, sino que el criterio a utilizar se debía regir por las listas presentadas por los propios partidos políticos y coaliciones. Al respecto, la Sala Superior consideró que no existían bases legales para otorgar la razón a los promoventes. Sólo el caso de Román Martínez González y Martha Elba Vargas Muñoz se concedió la razón a los impugnantes.

Del mismo modo, sesenta juicios fueron desechados por los magistrados del TEPJF, toda vez que, en 30 casos, no impugnaron actos definitivos y firmes, toda vez que el Tribunal Estatal de Veracruz cuenta con recursos por desahogar por los ciudadanos que acudieron a la instancia federal. El resto de los asuntos no procedieron debido a que las violaciones reclamadas no resultaban determinantes para el resultado de la elección o porque no se afectó el interés jurídico de quien promovió los juicios.

Por otra parte, por los comicios efectuados en Aguascalientes, la Sala Superior confirmó la asignación de regidurías de representación proporcional en Jesús María y dejó en firme las resoluciones de la autoridad local en los ayuntamientos de El Llano y San Francisco de los Romo.

Respecto de los juicios promovidos por resultados en ayuntamientos de Oaxaca, los magistrados de la Sala Superior resolvieron las controversias respecto de Juchitán de Zaragoza, San Pedro Ixcatlán y San Pablo Huitzo Etla.

Respecto a Juchitán de Zaragoza, se confirmó el triunfo del PRD, toda vez de que la impugnación presentada por Acción Nacional no resultaba determinante, dado que, en caso de decretar la nulidad de todas las casillas solicitadas, no habría cambiado el partido triunfador.

En tanto, se confirmó la victoria de Acción Nacional en San Pedro Ixcatlán, así como la inelegibilidad de Hortensia Lucía Vázquez Hernández y de Fernando Arturo Rosas Celedonio, para ocupar los cargos de primero y segundo concejales propietarios en San Pablo Huitzo Etla.

Por otra parte, en el municipio de Frontera Hidalgo, Chiapas, se confirmó el otorgamiento de la constancia de mayoría como síndico propietario, otorgada a David Alexander Corzo López, postulado por el partido Convergencia.

En tanto, de Coahuila se confirmó el Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana, que aprobó el proyecto de presupuesto anual de egresos para el proceso electoral 2005. Los magistrados rechazaron el recurso interpuesto por el Partido Convergencia al considerar que dicho partido no tiene derecho a financiamiento debido a que en la última elección de diputados no alcanzó el 2% de la votación.

Por lo que se refiere a los seis recursos de apelación que se promovieron en contra del Instituto Federal Electoral, la Sala Superior validó las determinaciones adoptadas en relación con cinco Agrupaciones Políticas Nacionales y modificó una resolución referente al Partido Alianza Social.

El TEPJF confirmó la sanción impuesta a la Organización Política Uno, consistente en la suspensión de ministraciones mensuales y el financiamiento público hasta marzo de 2006. En el mismo tenor confirmó la suspensión de ministraciones y financiamiento público por el periodo de un año a Acción y Unidad Nacional, México Líder Nacional y Foro Democrático. En tanto que se desechó el recurso promovido por Sentimientos de la Nación.

Por lo que se refiere a un recurso de apelación presentado por el Partido Alianza Social, se modificó el acuerdo del Instituto Federal Electoral, respecto a la imposición de sanciones por la fiscalización del uso de recursos públicos otorgados. A este partido el IFE impuso cuatro sanciones y el TEPJF dejó firmes tres de ellas y sólo redujo una multa de 5000 a 2,500 días de salario mínimo vigente en el DF en 2003.