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REPORTE DE SESIÓN PÚBLICA

14/abril /2005 / Sala Superior 19/2005

México, D.F.

En sesión pública celebrada el día de hoy, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, resolvió cinco juicios para la protección de los derechos político electorales del ciudadano, en contra del Tribunal Estatal Electoral de Baja California Sur, el Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE) y el Comité Ejecutivo Nacional del Partido de la Revolución Democrática; así como cinco juicios de revisión constitucional interpuestos contra autoridades electorales de Baja California Sur y el Estado de México.

Respecto a los juicios presentados por los partidos Verde Ecologista de México, Revolucionario Institucional y Acción Nacional, contra el acuerdo emitido por el Consejo General del Instituto Electoral del estado de México, el pasado 11 de febrero, relativo a la auditoría sobre el origen y aplicación de los recursos de los actos anticipados de campaña del PAN, los magistrados determinaron que sigue surtiendo sus efectos la resolución impugnada.

El PVEM impugnó la indebida disminución del monto de la sanción propuesta inicialmente por la Comisión de Fiscalización de la autoridad estatal; el Revolucionario Institucional se inconformó porque no se impuso al Partido Acción Nacional la sanción consistente en la imposibilidad de registrar candidato para la elección de gobernador, y el PAN se manifestó contra la aplicación de las sanciones.

En los juicios presentados, los partidos inconformes no combatieron adecuadamente los sustentos del fallo impugnado, debido a que sólo realizaron manifestaciones genéricas y afirmaciones o negaciones abiertas.

Al resolver dos recursos presentados por la coalición Alianza Ciudadana por Baja California Sur y el Partido del Trabajo, contra los resultados de la elección en el ayuntamiento de La Paz, Baja California Sur, los magistrados confirmaron la resolución dictada por el Tribunal Estatal Electoral del Poder Judicial y, con ello, el triunfo del candidato de la Coalición Sudcaliforniana (PRD-Convergencia), Víctor Castro Cossío.

Por otra parte, los magistrados electorales confirmaron el desechamiento de las quejas interpuestas en el IFE por Miguel Bess-Oberto Díaz y Gabriela Martín Morones, en contra del Partido del Trabajo por supuestas infracciones a la ley electoral federal. La autoridad responsable actuó correctamente, razonó la Sala Superior, toda vez que no existían elementos concretos ni hechos definitivos que tuvieran como consecuencia jurídica el inicio del procedimiento administrativo sancionador en contra del instituto político señalado. En el caso de Gabriela Martín Morones, ésta pretendía, no que se sancionara al PT, sino que se adecuaran sus estatutos, pero la vía intentada no fue la idónea para satisfacer sus pretensiones.

Por último, por diversas razones se desecharon las demandas interpuestas por Manuela de Jesús Ruiz Alucano, Sergio Octavio Delgado Soto y Carmen Loeza Hernández.

Ordena Sala Toluca a Mesa Directiva del PRD en Hidalgo convoque a nueva sesión para elegir a titular de Secretaría interna.

4 /marzo /2010 / Sala Regional Toluca 5/2010

Toluca, Méx.

• Declara Improcedente juicio ciudadano contra actos de la CNOP en Michoacán y
reconduce recurso de revisión a la Junta Local Ejecutiva del IFE en el Estado de México

La Sala Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), modificó la resolución de la Comisión Nacional de Garantías (CNG) del Partido de la Revolución Democrática (PRD) que declaró improcedente el nombramiento de María del Carmen Martínez Santillán como Secretaria de Movimientos Sociales de dicho instituto político, en el Estado de Hidalgo y que en su lugar restituyó a Hilda Chino Soni como encargada de dicha secretaría.

Lo anterior es así, debido a que la Sesión mediante la cual fue electa se declaro ilegal, por no contar con el quórum requerido, por lo que los magistrados Santiago Nieto Castillo, ponente en el asunto, Carlos Morales Paulín y Adriana Favela Herrera, ordenaron a la Mesa Directiva del Consejo Estatal del PRD que convoque a una nueva elección para elegir al titular de dicha secretaría interna y para que Hilda Chino Soni no continúe como comisionada de la Secretaría de Movimientos Sociales debido a la ilegalidad de su nombramiento.

Así lo resolvieron los magistrados de la Sala Toluca en atención a que el órgano responsable debió manifestar las razones por las cuales realizaba la reinstalación de Chino Soni, así como fijar la temporalidad del nombramiento, ya que al anular una elección, lo procedente es convocar a un nuevo proceso electivo, además, cuando resulte necesario reinstalar en sus funciones a un comisionado que no tenga establecida la duración del encargo debe estipularse el período.

En otro juicio ciudadano promovido por José Trinidad Martínez Pasalagua contra actos atribuidos a la Comisión Estatal de Procesos Internos de la Confederación Nacional de Organizaciones Populares en Michoacán así como a la Confederación de Organizaciones Populares del Partido Revolucionario Institucional; los Magistrados de la Sala Toluca declararon improcedente la demanda, ya que, dicho asunto, pretendía impugnar un acto que no emanaba de alguna autoridad electoral o partido político sino de una organización social.

Por otra parte en el Recurso de Apelación presentado por el Partido de la Revolución Democrática en contra de la resolución de la Junta Local número 29 del Instituto Federal Electoral, con sede en Nezahualcóyotl, Estado de México, la cual desechó la denuncia que presentó el PRD relativa a prohibiciones en materia de promoción personalizada de servidores públicos, la Sala Toluca declaró improcedente dicha demanda toda vez que el partido político no agostó las instancias previas y recondujo la demanda como recurso de revisión a la Junta local Ejecutiva del IFE.

En la sesión de este día, la Sala Toluca resolvió dos juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y un recurso de apelación.