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Comisión de Garantías del PRD deberá resolver queja sobre cartas de apoyo en contienda interna

12/marzo /2008 / Sala Superior 28/2008

México, D.F.

• Resuelve Sala Superior 25 medios de impugnación
• Se restituye diputación al PAN en Baja California Sur
• Se ordena a edil de Tarímbaro tomar protesta a regidor

La Comisión Nacional de Garantías del Partido de la Revolución Democrática (PRD) deberá emitir una resolución con relación a la queja presentada por el candidato a la presidencia de ese instituto político Alfonso Ramírez Cuellar, por la distribución de cartas suscritas por Andrés Manuel López Obrador en apoyo a otro de los candidatos a ese cargo de dirección, resolvió hoy la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Ramírez Cuellar promovió ante este organismo jurisdiccional un juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano en contra de aquel órgano partidista, por la resolución que emitió el 25 de febrero pasado, declarando improcedente, “por extemporánea”, la queja de aquél.

En sus alegatos, el candidato perredista manifiesta que no se debieron considerar los días 14 y 15 de febrero de 2008, como fecha de conocimiento de la queja presentada, a fin de hacer el cómputo del plazo de cuatro días para la promoción de la misma

Lo anterior, expuso, porque no se trata de la emisión ilegal de una o muchas cartas de apoyo, en un solo momento, sino de la emisión, circulación o distribución a lo largo de un tiempo prolongado.

En el proyecto de resolución, presentado al pleno por el magistrado Flavio Galván Rivera, se señala que la citada comisión tuvo a la vista diversos elementos de prueba para presumir la difusión de las cartas respectivas, por lo que resultaba un hecho notorio para ese órgano partidista la distribución de las cartas en cuestión, aspecto que, contrario a derecho, omitió tomar en consideración al momento de determinar la improcedencia de la queja presentada.

Por lo anterior, y con el voto unánime de los magistrados de la Sala Superior, se resolvió revocar la resolución de la Comisión de Garantías del PRD y remitir a ésta el expediente del caso, para que en un plazo improrrogable de 24 horas dicte la resolución correspondiente y la notifique personalmente a Ramírez Cuéllar e informe, sobre la misma, a la Sala Superior.

Por otro lado, la Sala Superior revocó la sentencia del 25 de febrero de 2008 del Tribunal Estatal Electoral del Poder Judicial de Baja California Sur, mediante la cual modificó la asignación de diputaciones por el principio de representación proporcional, en perjuicio del Partido Acción Nacional (PAN) y a favor del Partido Verde Ecologista de México (PVEM).

Dicha resolución fue impugnada por el PAN, la coalición Alianza Ciudadana para que Vivamos Mejor y Sonia Murillo Macías, a quienes se dio la razón.

De este modo, se ordenó confirmar el acuerdo emitido por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral, así como la expedición de la constancia y asignación otorgada a favor de Sonia Murillo Macías, como diputada propietaria, y de Eduardo Buterfil Feliz, como diputado suplente.

Al resolver el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, presentado por Adolfo Calderón Guzmán, la Sala Superior ordenó al presidente municipal de Tarímbaro, Michoacán, integrar a aquél como regidor propietario de ese ayuntamiento.

Calderón se quejó ante el TEPJF de actos atribuidos al presidente municipal y al síndico de ese municipio, para impedirle, mediante el uso de la fuerza pública, que rindiera protesta al cargo el primero de enero pasado.

Los magistrados acordaron también amonestar al presidente municipal de Tarímbaro por haber omitido informar a la Sala Superior sobre la presentación de la demanda de Calderón Guzmán, y haber remitido la misma “transcurrido en exceso” el plazo legal.

En otro caso, se confirmó la resolución del Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE), del 28 de noviembre de 2007, en el procedimiento de queja seguido por el PAN en contra de la coalición Por el Bien de Todos, por hechos que consideró infracciones al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, en materia de origen y aplicación de recursos derivados del financiamiento de los partidos políticos nacionales.

El Consejo General del IFE impuso, en ese entonces, una sanción a dicha coalición debido a irregularidades en la campaña electoral del entonces candidato al Senado Grez Sánchez Martínez, las cuales consistieron en la promoción política de éste en anuncios comerciales de una empresa de servicios aéreos propiedad de él.

En su sesión de hoy, este órgano jurisdiccional resolvió 18 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, cuatro juicios de revisión constitucional electoral y tres recursos de apelación; en total, 25 medios de impugnación.


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Confirma Sala Xalapa validez de elección de candidatos panistas a miembros del Ayuntamiento de Ixtaczoquitlán, Veracruz

12/mayo /2010 / Sala Regional Xalapa 13/2010

Xalapa, Ver.

• Reencauza al Tribunal Electoral de Veracruz juicio de militante del PAN que fue separado de su cargo partidista

En sesión pública, la Sala Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la resolución emitida por la Comisión Nacional de Elecciones del Partido Acción Nacional (PAN), que confirmó la legalidad del proceso de selección de candidatos a miembros del Ayuntamiento de Ixtaczoquitlán, Veracruz, así como el resultado de la elección, impugnada por el ciudadano José Jaime Aparicio Trujillo, precandidato a presidente municipal.

Lo anterior es así, toda vez que los agravios presentados por Aparicio Trujillo fueron inoperantes e infundados, respecto a la incorrecta integración de funcionarios en la mesa de recepción de la votación, la falta de notificación personal de la resolución y la aparición en las boletas de un candidato que no estaba debidamente acreditado.

Por otra parte, el pleno de la Sala reencauzó al Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado de Veracruz, el juicio ciudadano presentando por Sergio Hernández Hernández, en contra de la determinación del Comité Directivo Estatal del PAN, por el cual fue separado de su cargo como secretario estatal de Acción Juvenil, para que conozca y resuelva al respecto.

El juicio presentado bajo la figura jurídica del per saltum, fue considerado improcedente por las Magistradas de la Sala Xalapa, ya que Hernández Hernández no promovió ante las instancias partidistas y jurisdiccionales estatales, además de que no argumentó por qué no agotó la instancia local.

Asimismo, la Sala Xalapa determinó confirmar las negativas de las 02 y 04 Juntas Distritales Ejecutivas del Instituto Federal Electoral (IFE) en el estado de Yucatán, de expedir credencial para votar con fotografía a los ciudadanos Ilia Guadalupe Pech Solís, Felipe de Jesús Noh Pech y Alfredo Humberto Morcillo Canto, así como Federico Óscar Canul Ceballos, Roberto Antonio Pinzón Torres, Koty Georgina Victoria Delgado, Juver Isaac Victoria Delgado y Miguel Ángel Solis Noh, respectivamente; por realizar el trámite de manera extemporánea.

No obstante, para preservar su derecho al voto, las Magistradas Claudia Pastor Badilla, Presidente; Yolli García Alvarez y Judith Yolanda Muñoz Tagle, ordenaron expedir copia de las sentencias a los ciudadanos para que puedan sufragar el próximo domingo en las elecciones para alcaldes y diputados locales de esa entidad.

Finalmente, este órgano jurisdiccional confirmó la validez de la elección de delegados municipales del poblado de Ayapa, municipio de Jalpa de Méndez, Tabasco, misma que había sido impugnada por Marco Antonio Patiño Ramírez, quien reclamaba falta de respuesta a sus escritos, en los que solicitaba al Ayuntamiento la nulidad de la elección y la entrega de la constancia de mayoría a favor de Armando Hernández Arellano.

La Sala Xalapa resolvió este día 15 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y un juicio de revisión constitucional electoral.



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