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El TEPJF avala crear lista nacional de quienes cometan violencia política en razón de género

29/julio /2020 / Sala Superior 161/2020

Ciudad de México

  • En sesión pública no presencial, bajo el formato de videoconferencia, la Sala Superior determina que la herramienta servirá para negar el registro de candidaturas a quienes tengan sentencias por esa práctica

Por mayoría de votos, el pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), ordenó al Instituto Nacional Electoral (INE) crear una lista nacional que contenga los nombres de quienes, en sentencias firmes, hubieran incurrido en violencia política en razón de género, para tomarla en cuenta en las próximas elecciones.

Con ello modificó la sentencia de la Sala Regional Xalapa del TEPJF en la cual confirmó que una regidora del ayuntamiento de Santa Lucía del Camino, Oaxaca, sufrió violencia política en razón de género, y derivado de ello ordenó al instituto electoral local integrar una lista de infractores que incluya el nombre del presidente municipal que perpetró el delito.

Luego de que el presidente municipal impugnó, la Sala Superior no solamente ratificó la decisión de la Sala Regional Xalapa, sino que la amplió para que la lista tenga un alcance nacional.

En sesión pública no presencial, bajo el formato de videoconferencia, las magistradas y los magistrados decidieron reformar la sentencia de la Sala Regional Xalapa, para que además de las listas que integren los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLE), el INE también integre una lista nacional.

Con esta herramienta se busca evitar la repetición de estas prácticas, y que este registro proporcione elementos a valorar al analizar solicitudes para participar por alguna candidatura de elección popular, así como verificar si se cumplen los requisitos para su postulación; y, en consecuencia, pueda competir y registrarse para algún cargo de elección popular.

Con la resolución, el INE deberá emitir los lineamientos, que deberán ser expedidos en el Diario Oficial de la Federación (DOF), previo al inicio del proceso electoral federal, y establecer los mecanismos de cooperación con los OPLE con el fin de que compartan la información de dichas listas.

El INE deberá además establecer el mecanismo adecuado conforme al cual las autoridades electorales locales podrán consultar la lista de personas infractoras para el ejercicio de sus atribuciones, especialmente para el registro de candidaturas; el registro será público, para que todas las personas que así lo requieran lo puedan consultar. (Asuntos: SUP-REC-91/2020 y acumulado)

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