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Ordena Sala Xalapa al Comité Directivo Estatal del PAN en Campeche resolver queja de militante

8 /junio /2010 / Sala Regional Xalapa 18/2010

Xalapa, Ver

La Sala Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Comité Directivo Estatal (CDE) del Partido Acción Nacional (PAN) en Campeche, resolver la impugnación presentada por la militante Kadidja Verónica Gamboa Jiménez, en contra de la asamblea municipal de ese instituto político, que aumentó el número de integrantes del Comité Directivo Municipal (CDM) en la capital de esa entidad.

Lo anterior es así, toda vez que la autoridad partidista no emitió pronunciamiento alguno, respecto a la impugnación promovida por Gamboa Jiménez, por lo que el pleno de la Sala Xalapa declaró fundado el agravio y ordenó al PAN resolver dentro del término de tres días.

Además, amonestó al partido político, por no atender lo establecido en los artículos 17 y 18 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, donde se establece que el órgano partidista tiene la obligación de resolver las controversias que le sean planteadas por los militantes, para satisfacer su derecho de acceso a la justicia intrapartidaria.

En otro asunto, la Sala Xalapa confirmó las determinaciones del CDE del PAN en Campeche, mediante las cuales se eligieron a los candidatos a Consejeros Estatales en la Asamblea celebrada el pasado 2 de mayo, que fueron impugnadas por Carlos Enrique Quijano Quijano, quien pretendía ser Consejero.

En su alegato, Quijano Quijano argumentó que se vulneró el principio de secrecía que debe regir en los procesos de votación de conformidad con los artículos 18, 19, 36 y 38 del Reglamento de Órganos Estatales y Municipales, además de que los votantes debieron haber emitido su sufragio mediante cédula.

Al respecto, el pleno de la Sala consideró infundados los agravios, ya que de acuerdo al artículo 86 de los estatutos del PAN, la elección de propuestas para Consejeros Estatales por parte del CDE puede ser por mayoría de votos, siempre y cuando se encuentren presentes la mayoría de sus miembros, con el voto de calidad de su presidente para el caso de empate, sin que sea obligatorio que la votación sea mediante cédula.

De este modo, las Magistradas Claudia Pastor Badilla, Presidente; Yolli García Alvarez y Judith Yolanda Muñoz Tagle, confirmaron las determinaciones del PAN y revocaron la sentencia del Juzgado Primero de Primera Instancia del Ramo Electoral del Poder Judicial del Estado de Campeche, que desechó la queja en una instancia previa.

Finalmente, la Sala Xalapa desechó el juicio ciudadano promovido por Oliverio Neri López, precandidato propietario a diputado local por el principio de mayoría relativa por el Partido de la Revolución Democrática (PRD), en el Distrito II de Oaxaca, en contra del acuerdo del Consejo General del Instituto Estatal Electoral, relativo al registro de candidatos a diputados.

En el proyecto, se señaló que el método de selección impugnado fue superado por el convenio de coalición del partido, por lo que al haberse modificado el sistema de nombramiento de candidatos no es posible alcanzar su pretensión, de ahí su desechamiento.

La Sala Xalapa resolvió este martes siete juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano.

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