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El TEPJF resuelve paquete de medidas cautelares en promocionales de partidos políticos

13/enero /2021 / Sala Superior 6/2021

Ciudad de México

 

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), resolvió hoy ocho medios de impugnación en materia de medidas cautelares solicitadas por diversos partidos políticos, por presuntas violaciones en la utilización de sus respectivas pautas, tanto en el ámbito federal, como en el local, en los que estimó, en términos generales, que el contenido de los materiales denunciados se encuentra amparado en la libre expresión de los partidos políticos y enmarcados en el contexto del debate democrático.

Confirmaciones

En sesión privada no presencial, los magistrados integrantes de la Sala Superior confirmaron los acuerdos emitidos por la Comisión de Quejas y Denuncias del INE en los que se había negado la adopción de medidas cautelares, en el promocional identificado como “VACUNA COVID” RV00827-20, en versión para televisión, luego de que el PAN denunció a Morena por la difusión al considerar uso indebido de la pauta, derivado de la utilización de programas sociales y actos anticipados de campaña, al estimarse que se trata de propaganda genérica permitida por la ley, y en el promocional del PRI denominado “BARREDORA” difundido en diversas cuentas en las redes sociales Facebook, YouTube, Instagram y Twitter, debido a que Morena no ofreció elementos suficientes para revertir la decisión.

En cuanto al promocional del PAN, denominado “BOLICHE”, impugnado por Morena, se confirmó la decisión de la Comisión del INE de mantenerlo arriba al no encontrar elementos para retirarlo.

Revocaciones

Por otra parte, se revocó el acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE por el que declaró procedentes medidas cautelares al promocional del PRD denominado “ALIANZA”, difundido en radio, televisión y redes sociales, del proceso federal, al considerar que no se advierten actos anticipados de campaña.

Asimismo, se desecharon los medios de impugnación interpuestos por el PAN contra el promocional de radio “VACUNA COVID” RA01014-20 de Morena, así como los presentados por Morena en contra de los promocionales del PRI denominados “BARREDORA, por cuanto hace a su difusión en radio y televisión” y “DESGRACIA”, al haber concluido su etapa de transmisión.

Por lo que se refiere a la pauta local, se revocó el acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias por el que determinó suspender la transmisión de tres promocionales en televisión en los tiempos del Estado asignados a Alfonso Durazo Montaño, precandidato a la gubernatura de Sonora por el partido Morena.

Se ordenó al INE que en los promocionales “LOS SONORENSES SOMOS ESPERANZA”; “VAMOS CON MÁS ESPERANZA” y “VAMOS CON MÁS ESPERANZA VOL. 2” de inmediato realice todo lo necesario para que se transmitan conforme a la pauta aprobada, debido a que carecen de expresiones entendidas como un posicionamiento anticipado del precandidato único y las frases están dirigidas a evidenciar cualidades de los sonorenses en general, de una manera únicamente descriptiva, sin que se observe un ánimo de posicionarse ante el electorado. (Asuntos: SUP-REP-6/2021, SUP-REP-7/2021, SUP-REP-8/2021 y acumulado, SUP-REP-10/2021, SUP-REP-11/2021, SUP-REP-12/2021, SUP-REP-13/2021 y SUP-REP-14/2021).

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