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Confirman Magistrados de la Sala Distrito Federal dos resoluciones del Tribunal Electoral del estado de Guerrero

7 /octubre /2008 / Sala Regional Ciudad de México 8/2008

México, D.F.

• Se desecharon por improcedentes cuatro recursos de militantes del PRD en Guerrero

La Sala Distrito Federal del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó este martes en sesión extraordinaria dos resoluciones del Tribunal Electoral del estado de Guerrero, las cuales habían sido impugnadas, respectivamente, por militantes de los partidos Acción Nacional (PAN) y de la Revolución Democrática (PRD).

En el primer caso, el PAN y Martha Gregoria Rojas Lagunas acudieron a este órgano jurisdiccional para solicitar fuera revocada una resolución del Tribunal Electoral de Guerrero que modificó, el 28 de septiembre pasado, la integración de la lista para diputados locales por el principio de Representación Proporcional.

Rojas Lagunas, que pretendía ser incluida en dicha lista, argumentó que la resolución del Tribunal Electoral del estado de Guerrero aplicaba de manera retroactiva los reglamentos de su partido. Sin embargo, esto resultó infundado, por lo que los magistrados de la Sala Distrito Federal decidieron ratificar esa sentencia.

A su vez, también se confirmó la resolución en la que el Tribunal Electoral de Guerrero negó el registro como candidato a Diputado de Representación Proporcional del PRD a Francisco Javier Vergara Martínez.

El perredista solicitaba ser registrado como candidato considerando la acción afirmativa de joven contemplada en los estatutos de su partido. No obstante, la Sala Distrito Federal resolvió que el quejoso inicialmente no había solicitado ser registrado bajo esa modalidad, por lo que su demanda resultó inoperante, ratificándose la determinación del Tribunal Electoral estatal.

Por potro lado, el pleno de este órgano jurisdiccional desechó por improcedentes cuatro recursos de militantes del PRD del estado de Guerrero.

De esta forma, la Sala Distrito Federal resolvió siete juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y un juicio de revisión constitucional electoral.