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No más violencia política contra las mujeres por razón de género

2 /abril /2021 / Sala Superior 63/2021

Ciudad de México

El Observatorio de Participación Política de las Mujeres (OPPMM) manifiesta su preocupación y rechazo a la violencia política de género que se está verificando en contra de aquellas que decidieron participar en el proceso electoral en curso.

El libre ejercicio de los derechos políticos y electorales de las mujeres no debe traducirse en que su integridad esté en riesgo, por lo cual en todos los casos de violencia política contra las mujeres por razón de género que se denuncien, las autoridades están hoy más obligadas que nunca a investigarlos, siempre bajo una perspectiva de interseccionalidad.

Lo anterior tiene como fundamento al artículo primero de nuestra Constitución, columna vertebral de la política democrática de igualdad y no discriminación para tutelar los Derechos Humanos de todas las personas, incluyendo a las mujeres que incursionan en el espacio público, a lo que se suman los instrumentos legales aprobados en 2020 para atender, prevenir y sancionar la violencia política contra las mujeres por razón de género, que la tipifican como delito con sanciones y establecen obligaciones claras para autoridades, partidos políticos y otros actores, a fin de fomentar una actuación ajena a estereotipos y sin violencia contra mujeres y las niñas en todos los espacios de su desarrollo, comprendiendo el terreno político-electoral y los puestos de toma de decisión.

Las leyes para prevenir y sancionar la violencia política contra las mujeres por razón de género, los acuerdos del Instituto Nacional Electoral, así como las sentencias y criterios jurisprudenciales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, implican mandatos claros para que, cuando se alegue violencia política contra las mujeres, sean protegidas con medidas cautelares que garanticen su seguridad. Asimismo, para desincentivar y modificar las prácticas discriminatorias basadas en la violencia de género, existen mecanismos para la reparación integral y evitar su repetición.

Desde el OPPMM les decimos a las mujeres que no están solas, que la violencia política de género que atente contra sus derechos político-electorales puede y debe denunciarse a través del Procedimiento Especial Sancionador (PES) ante el Instituto Nacional Electoral y los institutos electorales locales; mientras que, en el caso de las instancias jurisdiccionales, cuentan con el juicio para la protección de los derechos político-electorales de la ciudadanía (JDC); así como la denuncia por el delito de violencia política ante la Fiscalía Especial de Delitos Electorales y las de las entidades federativas.

La resolución expedita y con perspectiva de género del PES y JDC abonará significativamente a que ninguna persona que ejerza violencia política contra las mujeres en razón de género sea postulada como candidata, mucho menos que ocupe un cargo de elección popular.

Como OPPMM, reiteramos nuestro compromiso total en impulsar herramientas que fortalezcan las habilidades de las mujeres para la denuncia y defensa eficaz de su derecho a una vida libre de violencia de género en el ámbito político, atendiendo a sus diversidades culturales y sociales, especialmente de las mujeres de comunidades y pueblos indígenas y afromexicanas. Seguiremos trabajando por maximizar activa y focalmente los derechos de las mujeres para responder con eficacia ante la violencia política que padecen, reclamando a una voz: No más violencia política contra las mujeres por razón de género.