La adopción de la figura “amicus curiae” por parte del TEPJF contribuye a fortalecer, transparentar y democratizar el debate judicial: magistrado presidente Reyes Rodríguez Mondragón
10/septiembre/2021 / Sala Superior 175/2021
Ciudad de México
- Sostuvo que esta figura permite el diálogo con la ciudadanía y aumenta la confianza en los tribunales
La adopción de la figura del “amicus curiae” o amigas o amigos de la corte, por parte del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) contribuye a fortalecer, transparentar y democratizar el debate judicial, afirmó el magistrado presidente de la Sala Superior, Reyes Rodríguez Mondragón, quien aseguró que los tribunales no pueden adoptar decisiones cerradas en los casos controversiales de interés público o que tienen una fuerte implicación para ciertos grupos sociales.
Al participar en la III Jornada sobre “La Justicia Abierta en Coahuila: ¿Discurso o Realidad?”, organizada por el Observatorio Internacional de Derechos Humanos (OIDH), refirió que, a través de este mecanismo, la ciudadanía participa en la valoración de las cuestiones políticas fundamentales de forma directa, lo que propicia la emisión de sentencias cercanas al ideal de la justicia y robustecidas con la intervención de la sociedad.
En este sentido, agregó que la figura del “amicus curiae” sirve de “barómetro” para que las y los jueces conozcan la opinión y postura particular de los grupos afectados por ciertas determinaciones que se deben tomar, y aportan información adicional a las y los juzgadores para que cuenten con mayores elementos y argumentos para sus resoluciones.
Durante la presentación, por videoconferencia, de la ponencia “La figura del amicus curiae y la justicia abierta en la Sala Superior del TEPJF“, el magistrado presidente Reyes Rodríguez Mondragón consideró que en la actualidad uno de los principales esfuerzos de la justicia electoral es orientar el sistema democrático liberal hacia la toma de medidas de protección de los derechos de todos los grupos sociales.
Destacó que resulta indispensable que los tribunales generen herramientas, como la figura de amigas y amigos de la corte, que sirvan para amplificar las voces que buscan participar en la construcción de soluciones integrales, y de esta manera, se pueda atender la responsabilidad y el deber de justicia que fija una ciudadanía cada vez más interesada en los asuntos públicos y una democracia pujante como la que caracteriza a México.
El magistrado presidente comentó que en la tramitación de los medios de impugnación en materia electoral, dicha figura jurídica es admisible como instrumento para coadyuvar en la generación de argumentos en sentencias sobre temas jurídicos relevantes o relacionadas con el respeto, protección y garantía de los derechos humanos, especialmente los derechos políticos y electorales.
Finalmente, refirió que la Jurisprudencia 8/20189 de la Sala Superior establece algunos requisitos para reconocer el carácter de amicus curiae: a) presentar sus planteamientos antes de la resolución del asunto; b) ser personas ajenas al proceso, es decir, que no tengan el carácter de parte en el litigio, y c) tener como única finalidad o intención la de aumentar el conocimiento del juzgador, mediante razonamientos o información científica y jurídica (nacional e internacional) pertinente para resolver la cuestión planteada.