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Revoca Sala Guadalajara resolución del Tribunal Estatal Electoral de Sinaloa

1 /julio /2010 / Sala Regional Guadalajara 12/2010

Guadalajara, Jalisco

La Sala Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), revocó la sentencia dictada por el Tribunal Estatal Electoral de Sinaloa (TEES), mediante los juicios que promovieron Fausto Angulo Pérez representante suplente el Partido del Trabajo (PT) y Luis Antonio Cárdenas Fonseca, representante propietario de la Coalición “Alianza para ayudar a la Gente”. (PRI, PANAL, PVEM).


Angulo Pérez y Cárdenas Fonseca, en sus respectivos juicios, se quejan del valor que el TEES otorgó a las diversas pruebas por las cuales concluyó que el Partido Nueva Alianza (PANAL) y Héctor Melesio Cuén Ojeda, Candidato a la alcaldía de Culiacán, realizaron actos anticipados de precampaña.

En el Proyecto a cargo del magistrado José de Jesús Covarrubias Dueñas se estudió cada uno de los argumentos que el TEES otorgó al valorar dichas pruebas, mismos que consideró carentes de sustento y basados en especulaciones e inferencias, ya que el artículo 117, fracción III de la Ley Electoral del Sinaloa, señala como propaganda de precampaña electoral: escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones, proyecciones y expresiones que producen los aspirantes a candidatos y sus simpatizantes, con el propósito de presentar y difundir sus propuestas ante la sociedad y los militantes del partido por el que aspiran ser nominados, y el TEES sólo se basó en las expresiones de Cuén Ojeda al ser entrevistado en determinada ocasión por tres periódicos locales.

Por lo antes referido, a juicio de los magistrados no puede decirse que el señalado haya realizado actos anticipados de precampaña, y la Sala Guadalajara resolvió revocar la sentencia del Tribunal Electoral y dejar sin efectos la sanción económica impuesta a Héctor Melesio Cúen Ojeda y al PANAL.

En otros asuntos la Sala Guadalajara, confirmó 30 resoluciones del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua presentados por el Partido Convergencia (PC)

En la sesión de este día, la Sala Guadalajara resolvió 89 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y 34 juicios de revisión constitucional electoral.


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La Magistrada María del Carmen Alanis Figueroa fue electa como Presidenta del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

6 /agosto /2007 / Sala Superior 63/2007

México, D.F.

  • Primera mujer que encabeza el máximo órgano jurisdiccional en materia electoral.
  • El Dr. Flavio Galván continúa como magistrado de la Sala Superior del TEPJF.

El día de hoy, en sesión privada, los magistrados que integran la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) eligieron por unanimidad de votos a la Magistrada María del Carmen Alanis Figueroa como Presidenta de ese órgano jurisdiccional federal.

La Magistrada Alanis asume la Presidencia con motivo de la renuncia a dicho cargo que en esta misma fecha presentó el Magistrado Flavio Galván Rivera. El magistrado señaló la necesidad de someterse a un tratamiento médico que le impide dedicar el tiempo que requiere el ejercicio de la Presidencia. Asimismo, reiteró su compromiso institucional para continuar con la función jurisdiccional como magistrado de la Sala Superior.

Tras reconocer la labor del Dr. Galván Rivera al frente de la institución, los magistrados que conforman la Sala Superior procedieron a elegir a quien, a partir de esta fecha, asume el cargo. Los integrantes de la Sala Superior depositaron su confianza en la Magistrada Alanis Figueroa -primera mujer al frente de este órgano- en quien reconocieron su trayectoria profesional, así como su experiencia en el ámbito jurisdiccional y administrativo para llevar a cabo esta encomienda.

Luego de la votación unánime, la Magistrada Alanis Figueroa se comprometió a dirigir los trabajos de la institución garantizando en todo momento dar continuidad a los retos y objetivos institucionales definidos por esta Sala Superior, tendientes a fortalecer la impartición de justicia electoral garantizando en todo momento el cumplimiento de los principios rectores que rigen la materia.