La Sala Superior del TEPJF confirmó el Acuerdo del Consejo General del INE por el cual se aprobó la Estrategia de Capacitación y Asistencia Electoral para los Procesos Electorales 2021-2022
27/octubre /2021 / Sala Superior 240/2021
Ciudad de México
Por unanimidad, las magistradas y los magistrados de la Sala Superior del TEPJF confirmaron el Acuerdo de Estrategia de Capacitación y Asistencia Electoral para los Procesos Electorales Locales que iniciarán en 2021 y culminarán con las elecciones en 2022.
Por un lado, la presidenta del colectivo “Juntes por el camino de la diversidad” impugnó la medida compensatoria implementada por el Instituto Nacional Electoral (INE) en el que se establece que, en el examen de conocimientos, habilidades, y aptitudes del proceso de reclutamiento, selección y contratación se otorgue un punto adicional a las personas de la comunidad LGBTIQ+, siempre y cuando hubieran obtenido la calificación mínima aprobatoria. Señaló que se debe reservar el 20 por ciento de los espacios de capacitadores y supervisores electorales para los miembros de dicha comunidad.
Por otra parte, un ciudadano impugnó el mecanismo de insaculación por mes de nacimiento previsto por el INE para integrar las mesas directivas de casilla. Consideró que la insaculación como mecanismo para designar a funcionarios de casilla es discriminatorio, ya que condiciona a la ciudadanía a un sorteo y estima que indebidamente se excluyen a los meses que resultaron sorteados en el Proceso Electoral 2019-2020.
A partir del análisis de los recursos presentados ante la Sala Superior, el Pleno determinó que no existen elementos para concluir que la medida compensatoria implementada por el INE sea inadecuada para garantizar la representación de las personas pertenecientes al colectivo LGBTIQ+. La decisión se tomó sin desconocer que, de hecho, existe una situación estructural e institucional que afecta a algunos grupos sociales.
Por tanto, en reconocimiento de la desigualdad existente, las y los integrantes de la Sala determinaron que el INE deberá analizar los resultados de la medida para determinar si fue idónea o si es necesario adoptar alguna otra para futuros procedimientos de contratación (SUP-JDC-1274/2021).
En el caso del mecanismo de insaculación como parte del procedimiento para seleccionar a las y los integrantes de casillas, la Sala Superior del TEPJF determinó que no es discriminatorio. Consideraron que la insaculación no se funda en distinciones injustificadas y se basa en el azar. Respecto a la exclusión de los meses seleccionados en el Proceso Electoral anterior, se afirmó que es una regla operativa que el INE implementó con el fin de cumplir con el principio de imparcialidad en la selección de las y los funcionarios de casilla, así como para garantizar la rotación de personas (SUP-JDC-1314/2021).
La decisión del pleno de la Sala Superior, derivada de dos proyectos de sentencia presentados por la ponencia del magistrado presidente Reyes Rodríguez Mondragón, se tomó con la intención de esclarecer las reglas relacionadas con la preparación de la elección, lo que tiende a fortalecer los procedimientos democráticos.
Es de suma relevancia de cara a los Procesos Electorales 2021-2022 en los que se renovarán las gubernaturas de Aguascalientes, Durango, Hidalgo, Oaxaca, Quintana Roo, y Tamaulipas; así como los ayuntamientos de Durango, y el Congreso de Quintana Roo (SUP-JDC-1274/2021).