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La Sala Distrito Federal ratifica sentencia que anula la elección interna del PAN por la presidencia del Comité Directivo en la delegación Magdalena Contreras.

17/octubre /2008 / Sala Regional Ciudad de México 10/2008

México, D.F.

Los magistrados rechazaron además un recurso de la asociación Vanguardia Juvenil.

El pleno de la Sala Distrito Federal del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ratificó este viernes, en sesión pública, una sentencia del Tribunal Electoral del Distrito Federal en la que se anuló la elección interna del Partido Acción Nacional (PAN) por la presidencia del Comité Directivo en la delegación Magdalena Contreras de la Ciudad de México, comicios en los que había resultado ganador Felipe Iván Anaya Flores.

En esta demanda, cinco militantes del PAN, incluido Anaya Flores, pretendían que la Sala Distrito Federal revocara una determinación del Tribunal Electoral de la capital del país, que el pasado 19 de septiembre decidió anular las elecciones internas de ese instituto político en la mencionada delegación capitalina.

Los quejosos intentaban que se reconociera la validez del voto de cinco delegados que, según el Tribunal Electoral local, no cumplían con los requisitos para sufragar debido a que no se encontraban al corriente en el pago de sus cuotas partidistas.

Al encontrar que efectivamente esos delegados panistas participaron en la elección para presidente delegacional del PAN en la Magdalena Contreras, a pesar de que adeudaban más de seis meses de cuotas, la Sala Distrito Federal del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación decidió ratificar la resolución del Tribunal Electoral capitalino en la que se anularon dichos comicios.

Por otro lado, los magistrados de la Sala Distrito Federal ratificaron otras dos resoluciones del Tribunal Electoral de la Ciudad de México que habían sido impugnadas por la asociación “Vanguardia Juvenil México”, en tanto que desecharon otro recurso de la misma organización.

En los tres casos el pleno de la Sala Distrito Federal consideró que la asociación mencionada no cuenta con personalidad jurídica como partido político, por lo que resultan improcedentes sus recursos.

A su vez, los magistrados de este órgano jurisdiccional consideraron infundado un incidente interpuesto por Víctor Aguirre Alcaide, ex aspirante a la secretaría general del Partido de la Revolución Democrática (PRD) en el estado de Guerrero, debido a que, contrario a lo argumentado por el perredista, la Comisión Técnica Electoral de ese partido cumplió con una sentencia previa emitida por la Sala Distrito Federal.

De igual forma, se consideró improcedente otro recurso de dos militantes del PRD del estado de Guerrero que pretendían que esta Sala modificara una sentencia emitida el pasado 4 de octubre, lo cual no es posible debido a que por ley los fallos de ésta institución son definitivos e inatacables.

De esta forma, la Sala Distrito Federal resolvió ocho juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y dos incidentes, uno de inejecución de sentencia y otro de aclaración de sentencia.