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Revoca Sala Guadalajara determinaciones del CDE del PAN en Santiago Ixcuintla y San Blas, Nayarit.

5 /noviembre /2010 / Sala Regional Guadalajara 22/2010

Guadalajara, Jalisco

La Sala Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), revocó dos determinaciones del Comité Directivo Estatal (CDE) del Partido Acción Nacional (PAN) en Nayarit, respecto de las solicitudes para convocar a reunión de Asamblea Municipal para elegir Presidente e integrantes de los Comités Directivos Municipales (CDM) de Santiago Ixcuintla y San Blas en dicho Estado, mediante los juicios promovidos por José Guadalupe Froylán Virgen Ceja, y por Antonio Damián Tiscareño Lara y Julio Alberto Virgen Córdova.

En el primero de los juicios Virgen Ceja se queja de que el CDE del PAN, violó su derecho de participar en la integración del órgano de dirección al no convocar a Asamblea Municipal para elegir al CDM en Santiago Ixcuintla, Nayarit, a pesar de que su solicitud está firmada por más de una tercera parte de los miembros activos del municipio, cumpliendo con los requisitos.

La ponencia del magistrado Noé Corzo Corral, sostiene que los ordenamientos del PAN no otorgan facultades discrecionales para nombrar o sustituir de manera arbitraria a los comités y delegaciones municipales, por tanto la facultad de sustituirlos, debe basarse en datos técnicos y no en un ejercicio arbitrario. Concluyendo que la causa que señaló el CDE del PAN para no convocar a la Asamblea, no es jurídicamente admisible.

En virtud de que en el segundo juicio a cargo de la Ponencia del magistrado Jacinto Silva Rodríguez, y presentado por Tiscareño Lara y Virgen Córdova, existe identidad con el primero tanto en la resolución impugnada como en la autoridad señalada como responsable.

Los tres magistrados de Sala Guadalajara, con el fin de restituir a los ciudadanos en el pleno goce de sus derechos político-electoral violados, revocan tales determinaciones y ordenan al CDE del PAN en Nayarit, emitir convocatoria dentro del plazo de 30 días en los Municipios de Santiago Ixcuintla y San Blas en dicho Estado, para efecto de elegir a los Comités Directivos Municipales.

En la sesión de este día, la Sala Guadalajara resolvió por unanimidad cinco juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y tres juicios de revisión constitucional.

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