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Confirma Sala Toluca sanción al entonces PFD por rebase de tope de gastos de campaña en el Estado de México

13/octubre /2010 / Sala Regional Toluca 34/2010

Toluca, Méx.

La Sala Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), confirmó la resolución del Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM), relativa a la sanción que le impuso el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) al entonces Partido Futuro Democrático por el rebase de tope de gastos de campaña en los comicios locales de 2009, por la cantidad de 503 mil 064 pesos, con 19 centavos.

Lo anterior, porque los motivos de inconformidad planteados por el PFD, quien contaba con registro como partido político en el Estado de México, relativos a las irregularidades y errores en el procedimiento de fiscalización del IEEM, fueron considerados, por esta Sala Regional, infundados e inoperantes toda vez que contrariamente a lo expuesto por el entonces partido político local, el TEEM realizó el estudio atinente y sí llevó a cabo una interpretación acorde de la legislación estatal electoral. Además el demandante no expuso agravios que evidenciaran dichas irregularidades o que combatieran la resolución del TEEM .

En la sesión de este día, la Sala Toluca resolvió un juicio de revisión constitucional electoral.



Ratifica TEPJF resoluciones jurisdiccionales de elecciones municipales en Quintana Roo

3 /abril /2008 / Sala Superior 41/2008

México, DF

El pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó resoluciones del Tribunal Electoral de Quintana Roo (TEQR), al resolver en contra 12 medios de impugnación y desechar uno, presentados por diversos actores políticos, con motivo de la calificación de los resultados de los comicios del pasado 3 de febrero, para renovar ayuntamientos en el estado de Quintana Roo.

En este sentido, se ratificó el cómputo municipal, la declaración de validez de la elección de ediles del ayuntamiento de Lázaro Cárdenas y el otorgamiento de la constancia de mayoría a favor de los candidatos postulados por la Coalición Quintana Roo Avanza, acto impugnado por el Partido Acción Nacional (PAN).

Este partido cuestionó la competencia del TEQR para resolver los recursos de revocación interpuestos en contra de la negativa de llevar a cabo un nuevo escrutinio y cómputo de la votación recibida en varias casillas, pero los magistrados consideraron que ese órgano jurisdiccional actuó dentro de la esfera de su competencia.

Por otro lado, se confirmó la sentencia del TEQR que falló a favor de la asignación que hizo el Consejo General del Instituto Electoral del estado (CGIEQR), respecto de los regidores electos por el principio de representación proporcional, para integrar el ayuntamiento de Benito Juárez, decisión que impugnó la Coalición Con la Fuerza de la Gente, el PAN, René Cícero Ordóñez y Susana Martínez Cárdenas.

En lo particular, la queja se presentó por la asignación hecha a favor de los candidatos postulados por la Coalición Quintana Roo Avanza, integrada por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) y el Partido Verde Ecologista de México (PVEM).

Igualmente, la Coalición Con la Fuerza de la Gente cuestionó la asignación hecha a favor de los candidatos postulados por el PRI, para integrar el ayuntamiento de Isla Mujeres.

Asimismo, se dejó en firme la sentencia del TEQR del 12 de marzo pasado, mediante la cual se confirmó el cómputo de la elección en el municipio de José María Morelos, llevado a cabo por el Consejo Distrital VI, y tras el cual se emitió la declaratoria de validez y se entregó la constancia de mayoría a la planilla postulada por el PRI.
La resolución de esa fecha fue impugnada por el PAN, la Coalición Con la Fuerza de la Gente y el Partido Nueva Alianza (PNA).

En el mismo sentido, se dejó en sus términos la resolución del TEQR que modificó los resultados de la elección de los integrantes del ayuntamiento de Benito Juárez, para confirmar la validez de la elección y el otorgamiento de la constancia de mayoría respectivas a favor de la planilla de candidatos de la Coalición Con la Fuerza de la Gente.

La Sala Superior dio la razón al TEQR al confirmar otra de sus resoluciones, mediante la cual revocó otro acuerdo del CGIEQR, a efecto de declarar electa como integrante del ayuntamiento de Solidaridad a Eloísa Balám, por el principio de representación proporcional.

En otro caso, se confirmó la sentencia del 4 de marzo, del mismo organismo jurisdiccional, con respecto al cómputo municipal en el Consejo Distrital XV, el cual dio el triunfo a la planilla registrada por la Coalición Quintana Roo Avanza.

Por haberse presentado de manera extemporánea, los magistrados declararon improcedente y desecharon un juicio presentado por el PNA en contra de la sentencia del TEQR que modificó el acuerdo del CGIEQR, con relación a la asignación de regidores de representación proporcional en el ayuntamiento de Othón P. Blanco, a favor del PAN.