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SALA REGIONAL DISTRITO FEDERAL DA CERTEZA A PROCESO DE ELECCIÓN CIUDADANO EN EL DF

1 /diciembre /2010 / Sala Regional Ciudad de México 31/2010

México D.F.

En sesión pública que dio inicio la noche del 30 de noviembre y concluyó en las primeras horas de hoy, el pleno de la Sala Regional Distrito Federal del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió la totalidad de las impugnaciones generadas a partir del proceso de elección de comités de representación ciudadana en la capital del país, realizado el pasado 24 de octubre.

En esta sesión los magistrados Eduardo Arana Miraval, Angel Zarazúa Martínez y Roberto Martínez Espinosa dieron por medio de sus resoluciones certeza al proceso ciudadano al confirmar la mayoría de las sentencias emitidas por el tribunal electoral local. De esta forma se resolvió conforme a derecho todas las quejas ciudadanas surgidas del proceso antes de la toma de posesión de los dichos comités, las cuales se llevaran a cabo a lo largo del día de hoy.

Los magistrados explicaron durante la sesión que, a pesar de haber recibido algunos asuntos unas horas antes del inicio de la misma, se llevó a cabo una extraordinaria labor jurisdiccional para concretar los proyectos y así eliminar cualquier posible incertidumbre.

De igual forma el pleno de la Sala Regional Distrito Federal ordenó al IEDF la realización de dos procesos extraordinarios de elección ciudadana en las colonias Vista del Pedregal, delegación de Tlalpan, y Salvador Díaz Mirón de la delegación Gustavo A. Madero.

E la sesión de este día la Sala Regional Distrito federal resolvió un total de 17 Juicios para la protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano.
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Debe Consejo General del IEDF analizar solicitudes para nuevos partidos en DF

30/abril /2008 / Sala Superior 52/2008

México, D.F.

• El Secretario Ejecutivo es incompetente para resolver al respecto.
• Excedida resolución del TEDF al respecto.

El registro de nuevos partidos políticos en el Distrito Federal es tema que deberá ser analizado, en primera instancia, por el Consejo General del Instituto Electoral local (IEDF) y no por el Tribunal Electoral capitalino (TEDF), determinó el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), al resolver hoy diversos juicios de revisión constitucional electoral promovidos por los partidos Convergencia y de la Revolución Democrática (PRD).

El Secretario Ejecutivo del IEDF, mediante oficios del 29 de febrero, notificó a las organizaciones políticas Vanguardia Juvenil México, Movimiento Social Democrático, Fuerza Democrática, Patria Nueva y Parnaso Distrito Federal, que no era posible atender sus peticiones de registrase como partidos políticos hasta ser modificado el Estatuto de Gobierno del DF, de acuerdo a la reforma constitucional en materia electoral.

El TEDF en su sentencia del 10 de abril, estimó que dichos oficios fueron emitidos por una autoridad incompetente y confirmó la vigencia de las disposiciones normativas del Código Electoral del Distrito Federal (CEDF), relativas al registro de los partidos políticos locales.

Este último resolutivo del TEDF fue combatido por convergencia y el PRD, por considerar que este organismo jurisdiccional se excedió en la sentencia emitida, pues sólo debió pronunciarse sobre las facultades del Secretario Ejecutivo del IEDF, para tomar una resolución al respecto.

Los magistrados proponentes de los proyectos de sentencia, Flavio Galván Rivera, Manuel González Oropeza y José Alejandro Luna Ramos coincidieron en que el TEDF se excedió en su resolución al analizar el fondo del asunto, cuando sólo debió resolver si el Secretario Ejecutivo del IEDF tiene facultades para pronunciarse y notificar sobre la procedencia del registro de nuevos partidos en la ciudad.

El TEPJF resolvió por unanimidad de votos que sólo el Consejo General del IEDF es competente para resolver la procedencia del registro de nuevos partidos políticos en la ciudad y no el Secretario Ejecutivo de éste, pues de acuerdo con varios artículos del CEDF, aquel es el único que puede recibir las solicitudes y resolver el otorgamiento o negativa del registro de tales agrupaciones políticas.

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