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Revocó Sala Guadalajara registro de candidatos a diputados del Partido Nueva Alianza de BCS

15/diciembre /2010 / Sala Regional Guadalajara 25/2010

Guadalajara, Jalisco

La Sala Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), revocó mediante juicio presentado por Juan Luis Araiza Díaz, el registro de la fórmula integrada por Francisco Javier Carballo Ojeda y Víctor Manuel Holmos Montaño, propietario y suplente respectivamente, como candidatos del Partido Nueva Alianza (PANAL), a diputados por el Séptimo Distrito de Baja California Sur.


En el proyecto del magistrado ponente Jacinto Silva Rodríguez, se desestimó el argumento relativo a la extemporaneidad de la demanda y a que la misma no se presentó en regla. Por otro lado resultó fundado el daño expresado por Araiza Diaz, relativo a que fue indebido el registro de candidatos a diputados por mayoría relativa (MR), propuesto por el Partido Nueva Alianza (PANAL) y aprobado por el Séptimo Comité Distrital Electoral del Instituto Estatal Electoral de Baja California Sur (IEEBCS) el 15 de noviembre anterior.

Quedó demostrado que el 23 de septiembre de 2010, María Leticia Cerón Camacho, en su carácter de Presidenta de la Junta Ejecutiva Estatal y de la Comisión Estatal de Elecciones Internas del Partido Nueva Alianza en el Estado de Baja California Sur, remitió informe al Instituto Estatal Electoral, en relación a que el ahora actor se había registrado en tiempo y forma, y que reunía la totalidad de los requisitos previstos en la convocatoria correspondiente.

De igual manera, quedó constancia de que durante la sesión extraordinaria de la Asamblea del Consejo Estatal del Partido Nueva Alianza, se descubrió que faltaba diversa documentación, y se acordó publicar por estrados un requerimiento en el que se les otorgó un plazo de cuarenta y ocho horas, tanto al actor Juan Luis Araiza Díaz, como a César Anselmo Suárez Ocegueda para presentarla, con la advertencia de que en caso de no cumplirlo en sus términos, se designaría una nueva fórmula de candidatos.

En el estudio del asunto se muestra que con la medida antes mencionada se dejó indefenso a Juan Luis Araiza Díaz, al no estar en posibilidad de cumplir con el requerimiento, además de que se trató de una determinación no prevista en los ordenamientos legales o partidarios aplicables.

Por lo anterior los magistrados José de Jesús Covarrubias Dueñas y Noé Corzo Corral coincidieron con el proyecto del Magistrado Silva y determinaron revocar la formula integrada por Francisco Javier Carballo Ojeda y Víctor Manuel Holmos Montaño, y ordenaron a la Junta Ejecutiva Estatal del PANAL en Baja California Sur, que en 24 horas registre ante el referido Instituto Electoral la formula de candidatos a diputado por MR para el Distrito VII, encabezada por Juan Luis Araiza Díaz.

En la sesión de este día, la Sala Guadalajara resolvió 11 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano. 

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