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Confirma Sala Toluca cancelación de acreditaciones de 708 observadores electorales en Hidalgo.

4 /noviembre /2008 / Sala Regional Toluca 8/2008

Toluca, México.

Se integra Santiago Nieto Castillo como magistrado de esta Sala.

La Sala Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó la resolución del Tribunal Estatal Electoral del Estado de Hidalgo, por virtud de la cual llegó a la determinación de que el registro de los observadores electorales estaba viciado; sin embargo, dicho Tribunal había otorgado un plazo de 5 días para que de nueva cuenta se llevara a cabo el registro; empero, dicha determinación es contraria a la Ley Electoral de la Entidad, pues ésta establece que el plazo para el registro debe constar sólo en la Convocatoria, cuya emisión es facultad privativa del Consejo General del Instituto Electoral del

Así mismo en los juicios promovidos por Mario Alberto Viornery Mendoza, Presidente del Consejo Consultivo Ciudadano del Estado de Hidalgo, así como por Elvia Rangel Falcón, Blanca Guadalupe Martínez López, María de Lourdes Aldana Hernández, Roberto Carlos Olvera Baños, María Nelly Arteaga López, Ángel Chávez Mejía, Carmen López Martínez, María de la Luz López Martínez, Francisco Javier Rodríguez Pérez, Hilda Hernández Isidro, Alfonso Briones López, Luis Armando Aguirre Alvarado, Robelín Gómez Vázquez, Gabina Vázquez Orozco, Judith Cecilia Cueto Rodríguez, Alma Viamney Falcón Rojo y Cecilia de Jesús Alvarado Téllez, en contra de la resolución del Tribunal Electoral de Hidalgo, en la que se revocó el registro de los 708 observadores electorales.

En dichos juicios, los magistrados Carlos Morales Paulín, Adriana Margarita Favela Herrera y Santiago Nieto Castillo, consideraron inoperantes los agravios, ya que los demandantes aceptan que hubo irregularidades graves en el procedimiento de registro de observadores electorales, ante el Instituto Electoral de Hidalgo; así mismo los magistrados de esta Sala consideraron que luego de dichas irregularidades, los actos posteriores, como el registro y aprobación de los observadores electorales, estaban viciados, por lo que confirmaron la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo.

En la sesión de este día, también se resolvió ordenar al Instituto Federal Electoral (IFE) que en un plazo de 48 horas proceda a reponer y entregar a los ciudadanos Jaime Ricardo Rivas Gómez y Darío Pérez González, su credencial para votar con fotografía y los incluya en el listado nominal de electores correspondientes a su domicilio; de igual forma, se ordenó expedir a los interesados copia certificada de los puntos resolutivos de las sentencias para que, en el supuesto de que no les sea entregada su credencial para votar con fotografía, con dicha copia puedan sufragar exclusivamente en las elecciones que tendrán verificativo el 9 de noviembre del año en curso, en el Estado de Hidalgo, previa presentación de una identificación oficial, con lo que se garantiza el voto de los ciudadanos hidalguenses en los comicios municipales del próximo domingo.

Respecto al juicio de revisión constitucional promovido por la Coalición “Más por Hidalgo” mediante el cual impugnaban la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo que canceló el registro de Carlos Muñiz Rodríguez como candidato a cuarto regidor propietario al ayuntamiento de Pachuca de Soto por el Partido Acción Nacional, los magistrados de la Sala Toluca revocaron la resolución del Tribunal Estatal, por lo que Muñiz Rodríguez mantiene su candidatura.

En el juicio promovido por Bernardo Oscar Basilio Sánchez y Martha Mónica Vázquez Padrón, la Sala Toluca en una parte lo sobreseyó y por otra confirmó la resolución del Presidente del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Acción Nacional, que otorgó a Alejandro Martínez Tinoco el cargo de Presidente del Comité Directivo Municipal del PAN en Cuautitlán Izcalli, Estado de México.

En la sesión de este día también se desecharon dos juicios ciudadanos promovido por Delfina Cantera Hernández y Lucina Villeda Hernández en contra del Consejo General del Instituto Electoral de Hidalgo, así como el promovido por Lázaro Pérez Bernardino en contra de la Comisión Nacional de Garantías del Partido de la Revolución Democrática.

En la sesión de este día, se integró como magistrado de esta Sala Regional, Santiago Nieto Castillo, una vez designado por el Senado de la República.

En total, la Sala Toluca resolvió dos juicios de revisión constitucional y 24 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano.

INFUNDADA QUEJA DE REYNOSO FEMAT: TEPJF

9 /noviembre /2010 / Sala Superior 112/2010

México, Distrito Federal a

• El PAN notificó en tiempo y forma el procedimiento de expulsión
• Está dentro de los plazos estatutarios

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró infundada la queja que presentó Luis Armando Reynoso Femat, actual gobernador de Aguascalientes, en contra del procedimiento de expulsión como militante del PAN, tras declarar infundado su argumento de que la Comisión de Orden del Consejo Nacional panista omitió dar entrada a su impugnación de ese procedimiento sancionador.

En la sentencia se establece que el Partido Acción Nacional (PAN) acordó el 13 de octubre pasado abrir el expediente correspondiente a dicho caso, mismo que fue notificado personalmente a Reynoso Femat el día 27 de ese mismo mes.

Por lo que el asunto está en etapa de sustanciación y análisis, según los plazos estatutarios del blanquiazul: 10 días para que los involucrados comparezcan y 40, como máximo, para que la Comisión de Orden se pronuncie al respecto.

Válidos cómputos distritales en Aguascalientes
Por otra parte, al declarar infundadas e inoperantes las quejas del PAN, la Sala Superior del TEPJF confirmó las sentencias del Tribunal Electoral del Poder Judicial de Aguascalientes, mediante las cuales, por una parte modificó los resultados consignados en las actas de cómputo distritales para la elección a gobernador en ese estado correspondientes a los distritos electorales VII, XI y XVIII, y por otra confirmó los relativos al I.

Tribunal ordenó al IFE fundamentar sanciones a Tv Azteca
La Sala Superior del TEPJF ordenó al Consejo General del Instituto Federal Electoral (CGIFE), motivar y fundar debidamente las diferentes multas impuestas a Televisión Azteca, por la omisión de transmitir los promocionales de partidos políticos y autoridades electorales en Chihuahua, Durango, Puebla, Yucatán y Zacatecas, durante los comicios locales de este año en dichas entidades.

En distintas impugnaciones anteriormente presentadas por esa televisora, el TEPJF confirmó las infracciones cometidas por esa empresa, y le dio la razón en el sentido de que, al determinar las multas, el CGIFE no tomó en cuenta las coberturas de las distintas estaciones de televisión de esa concesionaria en cada estado.

Los magistrados María del Carmen Alanis, presidenta del TEPJF; Pedro Esteban Penagos y Manuel González, enfatizaron que este organismo ratificó las infracciones cometidas por TV Azteca, que el IFE no tomó en cuenta la proporcionalidad de éstas ni la cobertura de las señales televisivas a la hora de determinar las sanciones.

Por su parte, los magistrados Constancio Carrasco, José Alejandro Luna y Salvador Nava, apoyaron el proyecto en el sentido de exigirle al IFE exponga las razones que lo llevaron a imponer los montos impugnados conforme lo establece la Constitución.

Se confirmaron sanciones al PAN y registro de "Guerrero Nos Une"
La Sala Superior del TEPJF confirmó las sanciones que el CGIFE impuso al PAN por las irregularidades encontradas en la revisión de su Informe Anual de Ingresos y Egresos correspondiente al ejercicio 2009, y establecidas en el acuerdo 311 de 2010 de dicho instituto, por un monto acumulado de 2 millones 300 mil 468 pesos.

Al resolver otros juicios, el TEPJF confirmó dos sentencias de la Sala de Segunda Instancia del Tribunal Electoral de Guerrero (SSI-TEG).

Una, mediante la que a su vez la SSI-TEG confirmó una resolución del Consejo General del Instituto Electoral guerrerense (CGIEG), que declaró infundada una queja en contra de Armando Ríos Piter y el Partido de la Revolución Democrática (PRD), por presuntos actos anticipados de precampaña, para la elección de gobernador de esa entidad federativa durante el proceso electoral local 2010-2011.

Otra, que confirmó la resolución de la SSI-TEG con la cual confirmó una resolución del CGIEG, por la que aprobó el registró del convenio de la coalición "Guerrero Nos Une", conformada por los partidos políticos de la Revolución Democrática, Convergencia y del Trabajo.

En sesión pública de este día, la Sala Superior también resolvió diversos juicios de revisión constitucional relativos a los cómputos distritales para la elección de gobernador de Oaxaca, y confirmó los resultados determinados por el Tribunal Electoral oaxaqueño.

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