RECONOCE UNIORE IMPORTANCIA DE ESTABLECER LÍMITES A GASTOS DE CAMPAÑAS
12/noviembre /2010 / Sala Superior 115/2010
Mérida, Yucatán., a
- Clausuran Alanis Figueroa y Valdés Zurita los trabajos de la X Conferencia
- Analizarán el desarrollo de plataforma común para el uso de nuevas tecnologías en materia electoral
Al suscribir el acta de la X Conferencia del organismo, que se llevó a cabo del 10 al 12 de noviembre en esta ciudad, representantes de organismos electorales de 21 naciones acordaron también considerar el establecimiento de medidas coercitivas en caso de que no se cumpla con lo estipulado por la ley en la materia.
La ceremonia de clausura fue encabezada por María del Carmen Alanis Figueroa, magistrada presidenta del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Leonardo Valdés Zurita, consejero presidente del Instituto Federal Electoral (IFE) y Roberto Cuellar, director del Instituto Interamericano de Derechos Humanos (IIDH).
Como parte de los acuerdos alcanzados está la cooperación entre organismos electorales que han construido, desarrollado o adquirido sistemas tecnológicos de votación y escrutinio electrónico, con el fin de desarrollar una plataforma que pueda ser adoptada por los distintos sistemas de la región y así disminuir costos.
También se acordó convocar a una reunión extraordinaria en el marco de la conmemoración del XX aniversario de la UNIORE que se realizará en México, durante el segundo semestre del 2011, con el objetivo de informar sobre el avance y resultados de la Presidencia de la Unión.
Las discusiones de esta Conferencia se centraron en cinco ejes temáticos:
• origen del financiamiento público y privado
• pertinencia y efectividad de imponer límites a los gastos de campaña
• concepto de fiscalización
• adjudicación de responsabilidad partidos y candidatos
• sanciones previstas en caso de incumplimiento
• reformas recientes en la materia
Desecha Sala Guadalajara juicios de Jalisco, Durango y Chihuahua
7 /noviembre /2008 / Sala Regional Guadalajara 6/2008
Guadalajara, Jalisco
En el primero de ellos, promovido por Tomás Orendain Carrillo, en contra de los actos realizados en el proceso interno para la lección de consejeros políticos municipales por el Comité y Comisión Municipal de Procesos Internos del Municipio de Zapotlán el Grande, Jalisco, hechos por los que consideró que la elección de Consejeros Políticos Municipales fue ilegal.
Del estudio del juicio, se advirtió que Orendain Castillo no participó en ninguna de las planillas de candidatos aspirantes a Consejeros Políticos Municipales y que él sólo intervino en el proceso presentando tres hojas con propuestas a consejeros, propietarios y suplentes, circunstancia que no le da el carácter de representante legal de los ciudadanos aspirantes a ocupar el cargo de Consejero Político Municipal, motivo por el cual, fue desechado su medio de impugnación interpuesto.
En el segundo juicio, promovido por Patricia Paniagua López, en su carácter de Síndico Municipal propietario del Ayuntamiento de San Dimas, Durango, en contra del dictamen de la Comisión de Responsabilidades de la LXIV Legislatura del Estado de Durango, mediante el cual se revocó su mandato como Síndico propietario de dicho Ayuntamiento.
Del análisis del caso, se desprende que su medio de impugnación no es violatorio de los derechos político-electorales del ciudadano, sino una medida político-administrativa implementada para llevar a cabo un procedimiento legislativo del Congreso del Estado de Durango, motivo por el cual se desechó la demanda por unanimidad.
Para finalizar la Sesión, se dio cuenta del juicio promovido por Héctor Ruiz Morales y María Estela Barrera Guerrero, en contra de la omisión de la Comisión Nacional de Garantías del Partido de la Revolución Democrática (PRD) de dar trámite y resolver la queja presentada el 30 de septiembre del presente año, con el fin de impugnar la Asamblea extraordinaria del Consejo Municipal de ese instituto político en Ciudad Juárez, Chihuahua, el Pleno conformado por los Magistrados José de Jesús Covarrubias Dueñas como Presidente, Noé Corzo Corral y Jacinto Silva Rodríguez, desechó el juicio, ya que su queja fue resuelta con anterioridad por autoridad interna del propio partido quedando sin materia el juicio ciudadano.