EL TEPJF, organismo jurídico que resuelve conforme a derecho
15/junio /2008 / Sala Superior 82/2008
México, D.F.
Los derechos de mas minorías, avance de la democracia mexicana
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) es un organismo jurídico que emite sus sentencias con estricto apego al derecho y no para dar gusto a complacencias; asimismo, la actual legislación mexicana reconoce los derechos de las minorías, en particular de los indígenas; coincidieron los magistrados Manuel González Oropeza y Salvador Olimpo Nava Gomar, integrantes de la Sala Superior de la máxima autoridad electoral del país.
Lo anterior fue declarado por los funcionarios judiciales luego de su participación en la 25 sesión plenaria de la Comisión de Venecia (CV), integrante del Consejo de Europa (CE).
Para González Oropeza un tribunal no es un órgano complaciente que le va a dar gusto a todos, sino que resuelve conforme a derecho; y agregó que el Tribunal Electoral respeta la libertad de quienes puedan declararse en contra de sus decisiones.
Señaló que el Tribunal Electoral enfrenta el reto de las insuficiencias y falta de claridad de la ley, pero aseguró que en México se ha descubierto que los problemas políticos no pueden resolverse exclusivamente por los medios políticos, sino que necesariamente deben contar con un juez imparcial que se pronuncie sobre las controversias internas de los partidos, prerrogativa constitucional del TEPJF.
Señaló que, aún cuando el Tribunal cuenta con legitimación a partir de la imparcialidad de sus resoluciones, hecho que de alguna manera garantiza que todos acudan a éste, todavía es difícil para un juez mexicano hacer interpretaciones amplias de los textos deficientes de la ley.
Por su parte, Nava Gomar indicó que alrededor del 10 por ciento de la población de México es indígena identificada con diversas etnias; por ello, el artículo 2 de la Constitución mexicana está dedicado a las minorías étnicas, pues reconoce a la nación como multicultural, este hecho contribuye para igualar las condiciones en el
terreno de los derechos político-electorales.
En ese sentido, destacó que en los últimos veinte año la democracia mexicana ha avanzado enormemente, y uno de los mayores logros es la defensa de los derechos de las minorías.
Por ello, el respeto a las minorías fortalece a la democracia, y en el caso específico de México añadió que la Constitución mexicana reconoce los usos y costumbres de las comunidades indígenas, mientras no violen las garantías individuales, inclusive para elegir a sus gobernantes; sistema que al reconocer la autonomía de esas comunidades establece su derecho a ser consultadas y a participar en la vida político-electoral del país.
El CE fue creado en 1949 y agrupa a 47 países de ese continente y a cinco observadores: Canadá, Estados Unidos, Japón, El Vaticano y México; algunos de sus objetivos son defender los derechos humanos, la democracia pluralista y la preeminencia del derecho; tras 19 años de funcionamiento este organismo internacional ha ganado reputación a nivel mundial.
Durante la participación de los magistrados González Oropeza y Nava Gomar en la CV impartieron conferencias sobre la conformación actual de la justicia electoral mexicana, resultado de la reforma constitucional de 2007, cambios legislativos que dieron paso a la tercera generación de reformas electorales en el país.
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Revoca Sala Xalapa sentencia del Tribunal Estatal Electoral de Oaxaca
4 /marzo /2011 / Sala Regional Xalapa 13/2011
Xalapa, Ver.
La Sala Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la sentencia del Tribunal Estatal Electoral de Oaxaca que sobreseyó, por haberse consumado el acto impugnado, un recurso promovido por Ricardo Morelia León y otros en contra del acuerdo del Consejo General del Instituto Estatal Electoral, relativo a la validación de la elección, por usos y costumbres, de Concejales de la agencia municipal de San Martín Sabinillo, del municipio de San Miguel Tlacotepec, Juxtlahuaca.
Morelia León y otros acudieron a la Sala Xalapa con la pretensión de que se revocara la sentencia del Tribunal local, lo cual fue fundado y el expediente fue remitido a esa instancia para que conozca de fondo el asunto y emita una nueva resolución conforme a derecho.
En la sesión pública, la Magistrada Presidente por Ministerio de Ley, Judith Yolanda Muñoz Tagle, señaló que jurídicamente no se podía sostener la irreparabilidad del acto, relativo a la toma de protesta de las nuevas autoridades, al existir diversas anomalías contrarias a la Ley Orgánica de esa entidad.
Consideró ilegal el acta de instalación solemne del ayuntamiento de San Miguel Tlacotepec, elaborada por la jefa del Departamento de Acreditación de Autoridades Municipales y el subsecretario de Fortalecimiento Municipal, ambos órganos dependientes de la Secretaría de Gobernación de Oaxaca, pues, contrario a la ley, no cuenta con la firma del presidente municipal saliente, quien, además, no intervino en ese acto y se carece de expresión alguna que justifique su ausencia.
Es decir, fueron los propios candidatos electos los que se tomaron posesión de forma unilateral. Además, en dicha acta tampoco existe manifestación o precisión alguna en la que se indique que el lugar donde se llevó a cabo el acto de toma de protesta corresponde al acostumbrado por la población.
La Sala Xalapa resolvió este viernes un juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y dos juicios de revisión constitucional.
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