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Revoca Sala Xalapa validez de la elección extraordinaria de concejales en el Ayuntamiento de Santa María Peñoles, Villa de Etla, Oaxaca

30/marzo /2011 / Sala Regional Xalapa 16/2011

Xalapa, Ver.

La Sala Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó el acuerdo de 7 de marzo del Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Oaxaca (IEEO), que validó la elección extraordinaria de concejales, por usos y costumbres, del Ayuntamiento de Santa María Peñoles, Villa de Etla.

Lo anterior, porque la mayoría del pleno consideró fundados los argumentos presentados por Alfonso Hernández López y otros, quienes plantearon, esencialmente, que se violentó la universalidad del sufragio durante la elección extraordinaria, porque todas las casillas se instalaron en la cabecera municipal y muchas comunidades no pudieron votar, pues se encuentran alejadas de ella.

Se consideró que el principio de la universalidad del voto exige que se hagan accesibles las condiciones para ejercer el derecho al sufragio, por ejemplo, ubicar las casillas de forma que los grupos sociales puedan ejercer de manera fácil y libre ese derecho.

En este asunto, se sostuvo que el hecho de instalar todas las casillas en la cabecera municipal no contribuyó al fácil y libre acceso de otras comunidades del municipio, pues no hay suficientes y adecuadas vías de comunicación para acceder a dicha cabecera municipal.

Por lo anterior, se revocó el acuerdo del instituto electoral y se le ordenó realizar las gestiones necesarias para lograr la integración de una planilla que contemple todas las opciones políticas o cualquiera otra que abone a la autocomposición, que privilegie la unidad de la comunidad y la verdadera autonomía de los municipios que se rigen por principios del derecho consuetudinario.

En caso de no lograr la conciliación del conflicto, el IEEO deberá realizar las gestiones necesarias para nuevos comicios, en un plazo de 60 días a partir de la notificación de la sentencia.

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