REPORTE DE SESIÓN PÚBLICA
13/septiembre/2006 / Sala Superior 83/2006
México, D.F.
Los magistrados resolvieron medios de impugnación relativos a la integración de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y del congreso de San Luis Potosí. En el primer caso para impugnar los resultados en los distritos XX y XXVII y la asignación de legisladores por el principio de representación proporcional. En el mismo sentido, de San Luis Potosí se resolvieron las controversias suscitadas por la asignación de legisladores de representación proporcional.
Los partidos de la Revolución Democrática y Revolucionario Institucional acudieron al TEPJF para cuestionar la asignación de diputados por representación proporcional realizada por la Sala de Segunda Instancia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de San Luis Potosí.
La Sala Superior modificó la asignación realizada por la autoridad estatal de la siguiente forma:
Partido | Asignación Autoridades Estatales |
Asignación definitiva TEPJF |
PAN | 1 | 2 |
PRI | 3 | 4 |
PRD | 2 | 3 |
PT | 2 | 1 |
PVEM | 2 | 1 |
Partido Conciencia Popular | 2 | 1 |
Por unanimidad, la Sala Superior resolvió que el Tribunal de San Luis Potosí realizó una incorrecta interpretación del procedimiento de asignación de legisladores, toda vez que la ley estatal procura la obtención de la mayor proporcionalidad de la votación efectiva recibida por un partido político y las diputaciones a ocupar. La legislatura deberá instalarse en sesión solemne el día de mañana, 14 de septiembre.
Respecto a tres juicios promovidos en el Distrito Federal, la Sala Superior respondió a los alegatos presentados por la coalición por el Bien de Todos en los distritos XX y XXVII. En ambos casos se confirmaron los resultados de la elección, la declaración de validez y el otorgamiento de la constancia de mayoría a favor de las fórmulas postuladas por el Partido Acción Nacional.
En tanto que la asignación de diputados por el principio de representación proporcional se confirmó la resolución del Tribunal Electoral del Distrito Federal. Lo anterior debido a que la distribución realizada se ajusta a la fórmula y procedimiento de asignación establecidos en las leyes electorales
Asignación de Diputados por Representación Proporcional ALDF |
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Partido o coalición | Asignación Confirmada por el TEPJF |
PAN | 13 |
Unidos por la Ciudad | 7 |
PANAL | 4 |
PASC | 2 |