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SALA REGIONAL DISTRITO FEDERAL CONFIRMA REQUISITOS PARA FORMAR PARTIDOS POLÍTICOS LOCALES EN LA CAPITAL

26/mayo /2011 / Sala Regional Ciudad de México 13/2011

México D.F.

• En la misma sesión se confirma sanción al PRD capitalino por irregularidades en la contratación de proveedores
• Por primera vez se aplica la tesis de jurisprudencia que otorga validez oficial a la carta de naturalización como documento válido para solicitar la credencial para votar con fotografía

La Sala Regional Distrito Federal del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó; durante la sesión pública llevada a cabo el día de hoy, los requisitos para que las asociaciones políticas puedan aspirar a ser reconocidas como partidos políticos locales en la capital de la república.

La resolución, aprobada por mayoría de votos, rechazó la solicitud presentada ante este órgano jurisdiccional por parte de la agrupación política local “Movimiento Libertad”, la cual solicitaba la inaplicación del artículo 214 del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Distrito Federal por considerarlo contrario a la Constitución Política de nuestro país. Las Asociaciones Políticas Locales, se razonó por parte de los colegiados, no son partidos políticos, por lo que no existe razón legal para que se les trate de la misma forma al momento de establecer sus obligaciones legales, como argumentaba el impugnante.

Durante la discusión del proyecto de resolución, se explicó que es una facultad exclusiva de las Salas que conforman el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinar si las normas electorales locales se encuentran o no en concordancia con la Constitución, con lo cual se garantiza la coherencia de las reglas de competencia democrática en todas las elecciones de las distintas entidades federativas.

Confirman sanción al PRD
De igual forma, en otro asunto tratado durante la sesión, los magistrados de esta Sala resolvieron confirmar la sentencia del Tribunal Electoral del Distrito Federal al Partido de la Revolución Democrática (PRD) por irregularidades en la contratación de proveedores durante el proceso electoral realizado en 2009. Lo anterior debido a la extemporaneidad de la impugnación del catálogo de proveedores de dicho proceso comicial por parte de mencionado instituto político, del que tenía conocimiento desde su publicación hace dos años y el cual no fue impugnado sino hasta que se impuso una sanción por parte del Tribunal local.

Sumado a esto, los magistrados expusieron que, al contrario de los argumentos presentados por el Partido de la Revolución Democrática, la publicación de dicho catálogo de proveedores, basado en el artículo 56 del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Distrito Federal vigente en dicho proceso electoral, no contravenía el artículo 28 constitucional que prohíbe los monopolios. Esto debido a que, al momento de su publicación, se convocó a todos los actores políticos de dicha contienda electoral a revisarlo y, de considerarlo necesario, proponer adiciones o modificaciones al mismo.

Resuelven por primera vez con base en nueva jurisprudencia
En la sesión del día de hoy, el pleno de la Sala Distrito Federal resolvió por primera vez un Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano con base en la nueva Tesis de Jurisprudencia titulada “Credencial para votar con fotografía. La declaratoria de nacionalidad mexicana por naturalización es documento idóneo para tramitar su obtención ante el Instituto Federal Electoral”.

Por este motivo los magistrados ordenaron, tras la realización de todos los trámites conducentes por parte de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores perteneciente al IFE la expedición de la credencial para votar con fotografía correspondiente al ciudadano mexicano naturalizado Carlos Alberto Carpena Ginies.

Cabe destacar que esta Tesis de Jurisprudencia, aprobada el pasado 25 de mayo por unanimidad de votos por la Sala Superior de este órgano jurisdiccional, es la primera propuesta aprobada este año a partir del ejercicio por parte de una Sala Regional de sus facultades constitucionales y legales para proponer una jurisprudencia. La propuesta de Tesis se realizó tras aprobar cinco sentencias en el mismo sentido y en las que se validó el criterio de que la declaratoria de nacionalidad mexicana por naturalización, expedida por la Secretaría de Relaciones Exteriores hasta el año 1993, y válida de acuerdo a las leyes vigentes, constituye un documento legal idóneo para trámites ante el Registro Federal de Electoral del IFE.

Confirmadas juntas Auxiliares en Puebla
En otros asuntos resueltos el día de hoy se resolvió el desechamiento de las impugnaciones surgidas de las elecciones de juntas auxiliares municipales de La Libertad, Ocomantla y Santo Domingo Tonahuixtla, localidades ubicadas todas en el Estado de Puebla.

Lo anterior debido a que la toma de posesión de las juntas auxiliares se realizó el pasado día 15 de mayo por lo que son irreparables los actos impugnados en todos los casos. Cabe señalar que la elección de dichas autoridades auxiliares se llevó a cabo el pasado 24 de abril.

La Sala Regional Distrito Federal, resolvió en la sesión pública del día de hoy 8 Juicios para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano y 2 Juicios de Revisión Constitucional Electoral, sumando así un total de diez recursos de impugnación.

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