Sala Regional Toluca ordena al Consejo General del IEEH que vuelva a imprimir boletas electorales.
16/junio /2011 / Sala Regional Toluca 36/2011
Toluca, México
• Ordenan al PAN restituir a Tesorera Municipal en la Delegación Municipal de Zinacantepec, Estado de México, en su cargo partidista.
El pleno de la Sala Regional Toluca resolvió el juicio de revisión constitucional electoral quince, promovido por la Coalición “Hidalgo Nos Une” en contra del acuerdo que aprobó el dictamen relacionado con las boletas electorales que se utilizarán en la jornada electoral del tres de julio.
El magistrado Carlos A. Morales Paulín, ponente en el asunto junto con sus pares, establecieron que era ilegal la inclusión del emblema de un partido político o coalición que no registró candidato para contender en la elección; traduciéndose esto en una confusión para el elector al momento de sufragar; por lo que ante tal situación se revocó el acuerdo y se ordenó volver a imprimir las boletas electorales.
La Sala Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió el juicio de revisión constitucional electoral presentado por el PRI en contra de la resolución de 30 de mayo del año en curso, emitida por el Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado de Hidalgo, el cual confirmó la modificación al convenio de la coalición “Hidalgo Nos Une”.
Al respecto, la magistrada Adriana Favela Herrera ponente en el asunto, Santiago Nieto Castillo y Carlos Morales Paulín, determinaron que sí es posible realizar modificaciones a los convenios de coalición con posterioridad a la fecha de su registro, y a efecto de no provocar confusión en los electores o en los institutos políticos contendientes sobre los candidatos que habrían de postular, dichas modificaciones podrían realizarse, válidamente, hasta antes del periodo de registro de candidatos.
La Sala Regional Toluca confirmó candidaturas en Atotonilco de Tula, Huhuetla e Ixmiquilpan.
También, a propuesta del magistrado ponente Santiago Nieto Castillo, se resolvió un juicio ciudadano presentado por Santa Nely Ramírez Hernández contra de la resolución de 14 de abril del año en curso, dictada por la Delegación Municipal del PAN en Zinacantepec, Estado de México, en el recurso de revocación DEL/ZIN//REV/001/2011; al resultar fundado el agravio relacionado con la indebida motivación de la resolución impugnada y la valoración de las pruebas aportadas en el recurso de revocación intrapartidario, la Sala resolvió revocar la resolución impugnada y ordenar al órgano partidista responsable para que restituya a la actora en el uso y goce del derecho político electoral violado, reincorporándola a su cargo partidista en la Delegación de Municipal del Partido Acción Nacional en Zinacantepec, Estado de México, en virtud de que se sancionó a la militante sin contar con pruebas suficientes.
En esta sesión, en total se resolvieron 16 juicios ciudadanos y dos juicios de revisión constitucional.
México Avanza en la Defensa de los Derechos de los Militantes de los Partidos Políticos: Magdo Leonel Castillo González
24/noviembre /2005 / Sala Superior 79/2005
México, D.F.
El presidente del TEPJF reveló que en lo que va del presente año, se han promovido, en la Sala Superior del Tribunal 844 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, de los cuales 658 se promovieron para combatir actos o resoluciones de órganos o funcionarios de los diversos partidos políticos, y los restantes para impugnar actos o resoluciones de autoridades gubernamentales. Cifra que, dijo, refleja un incremento con relación a años anteriores.
Resaltó que tal incremento “no ha alterado el funcionamiento regular de los partidos. Por el contrario, se han superado confrontaciones importantes que, de no haber encontrado abierto el camino jurisdiccional, con la fuerza del derecho, pudieron derivar en conflictos sin solución –en perjuicio del sistema de partidos y de la sociedad en general-, en los que los contendientes se vieran tentados a acudir al derecho de la fuerza, después de agotar, sin éxito, la vía política”.
Al participar en el Seminario Nuevos Retos de la Democracia en México con el tema Democracia interna de los partidos políticos, el magistrado Castillo González estableció que el derecho a la jurisdicción contra actos de partidos ha superado las iniciales visiones pesimistas y alarmistas de distintos dirigentes partidistas. Consideró que “estamos en el camino correcto para lograr el fin establecido constitucionalmente, y que se ha abandonado la iniciativa de frenar el conocimiento de estos conflictos internos, por medio del juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, lo cual refleja una conciencia respecto de la utilidad que ha representado este medio de control jurisdiccional para la vida interna de los partidos políticos”.
El magistrado presidente del TEPJF, también autor del libro Los Derechos de la Militancia Partidista y la Jurisdicción, reafirmó la tesis de que por mandato constitucional y legal los partidos políticos mexicanos se encuentran obligados a conducir su organización y funcionamiento sobre la base de un régimen de democracia interna. Y aunque resaltó el incremento de los juicios promovidos contra actos de partidos sostuvo que “aún es insuficiente el conocimiento que los integrantes de los partidos tienen sobre los procedimientos legales y los criterios jurisprudenciales con base en los cuales es posible emprender la defensa de sus derechos ante los tribunales”.
Junto con la falta de difusión de los procedimientos legales y los criterios jurisprudenciales, también consideró que la regulación interna de los partidos sigue mostrando defectos que reducen la posibilidad de que el ejercicio efectivo de los derechos fundamentales de los militantes sea garantizado, como por ejemplo, la existencia de largas y tortuosas cadenas impugnativas, la normatividad genérica y difusa respecto a los medios internos de impugnación y sus procedimientos, que esconden los caminos de la defensa o los convierten en veredas de herradura difíciles de transitar, al encontrarse llenos de piedras y abrojos y de cañones sin puentes, que tienen que ir despejando los justiciables y el tribunal, de modo paulatino y gradual, caso por caso; de órganos resolutotes de conflictos que no acaban de deslindarse de las dirigencias políticas, para alcanzar su plena autonomía e independencia; de falta de estabilidad y suficiente permanencia en las integraciones, que echa por la borda frecuentemente la experiencia adquirida, para retomar al mismo, y de otras deficiencias propias de una justicia intrapartidista en formación.
Las situaciones anteriores resultan evidentes al momento de observar que del universo de juicios promovidos, por diversas razones se han desechado 271, expresó el presidente del Tribunal Electoral durante la ponencia titulada Principio de Legalidad y Democracia en la Vida Interna de los Partidos.