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Sala Monterrey presenta libro en la XXI Feria Internacional del Libro Monterrey 2011

10/octubre /2011 / Sala Regional Monterrey 29/2011

Monterrey, Nuevo León.

Temas como el populismo, la equidad en las elecciones y la diferencia entre el voto razonado y el voto cooptado como consecuencia de la promoción de obras gubernamentales en época electoral fueron analizados durante la presentación del libro “La propaganda sobre programas sociales como actos de campaña”, dentro de la XXI Feria Internacional del Libro Monterrey 2011.

La Sala Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) presentó, el 10 de octubre, esta obra que forma parte de la Serie Comentarios a las Sentencias de este organismo jurisdiccional federal.

Miguel Rábago Dorbecker, autor del libro; y Leopoldo Gama Leyva, asesor de la Sala Monterrey, fueron los encargados de exponer a los presentes el análisis de la obra, que aborda dos sentencias de la Sala Superior a los recursos de apelación 15 y 16 acumulados, y 156 y acumulados, presentados en contra de propaganda del Partido Acción Nacional (PAN) con referencias a programas sociales del Gobierno federal.

Rábago Dorbecker comentó que el populismo, en una forma de hacer política, es parte de la democracia, y con éste se crea una relación de dependencia entre quienes otorgan los servicios y quienes son beneficiados.

La Sala Monterrey presentará otros dos títulos de la Línea Editorial del TEPJF dentro de la Feria del Libro, organizada del 8 al 16 de octubre por el Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey en Cintermex.

El jueves 13, Luis Raigosa Sotelo presentará su libro “El derecho electoral y el derecho parlamentarios. Los límites de la competencia del TEPJF”, de la Serie Temas Selectos de Derecho Electoral.

El libro “Libertad de expresión y equidad. ¿La Constitución contra sí misma?”, de la Serie Temas Selectos de Derecho Electoral, será presentado por su autor, José Roldán Xopa, el viernes 14 de octubre.

La Sala Monterrey también participa con el taller infantil “Gran Feria LlénaTE de valores”, en el que a través de actividades lúdicas se promueve la cultura de la legalidad, la justicia y la equidad.


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CONFIRMA SALA SUPERIOR SENTENCIA DEL TRIBUNAL ELECTORAL DE DURANGO SOBRE EL REGLAMENTO DE PRECAMPAÑA

24/diciembre /2009 / Sala Superior 135/2009

México, DF

• Se ordenó al Consejo Electoral estatal publicar de inmediato las modificaciones a dicho reglamento.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó, por unanimidad, la sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de Durango, que a su vez modificó el acuerdo número 22 del Consejo Estatal del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de ese estado por el que estableció las normas reglamentarias sobre actos de precampaña.

Dicho acuerdo establece los lineamientos para el desarrollo de precampañas y colocación de propaganda por parte de los contendientes al interior de cada instituto político, y fue modificado por el Tribunal estatal a partir de diversas quejas partidistas.

Inconformes con esta determinación los partidos Acción Nacional (PAN), de la Revolución Democrática (PRD), Convergencia y del Trabajo (PT) acudieron ante la Sala Superior del Tribunal Electoral con los argumentos de que el reglamento contiene diversas irregularidades.

En el proyecto de resolución, el magistrado Constancio Carraco Daza destacó que el PAN y PT impugnaron la totalidad del reglamento con argumentos genéricos y sin aportar razones de la supuesta ilegalidad del mismo, y Convergencia denunció la ausencia de facultades de la autoridad electoral para expedirlo; en tanto que el juicio promovido por el PRD se tuvo por no presentado porque la persona que se ostentó como representante no acreditó esta circunstancia, pese a que le fue requerido que lo hiciera.

Los magistrados declararon inoperantes estos agravios, por lo que confirmaron la sentencia del Tribunal estatal, empero, consideraron que asistía la razón a los partidos inconformes en que el Tribunal estatal, como consecuencia de las modificaciones que ordenó, debió igualmente preveer que esos cambios se difundieran conforme a derecho, motivo por el cual se ordenó al Consejo Estatal del Instituto Electoral publique de inmediato en el diario oficial de la entidad las modificaciones hechas al reglamento combatido.

En sesión pública de este día la Sala Superior resolvió cuatro juicios de revisión constitucional electoral.