header

REVOCA SALA REGIONAL MONTERREY DEL TEPJF ASAMBLEA PARA ELEGIR DIRIGENTES DEL PRD EN ZACATECAS

17/enero /2012 / Sala Regional Monterrey 1/2012

Monterrey, Nuevo León, a

  • Ordena reponer procedimiento para designar presidente municipal del PAN en Guadalupe, Nuevo León

La Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó hoy, por unanimidad, la sentencia emitida por la Sala Uniinstancial del Tribunal de Justicia Electoral del Poder Judicial del Estado de Zacatecas (TJEEZ), por la que validó la asamblea para elegir dirigentes estatales del Partido de la Revolución Democrática (PRD).

Al resolver, en sesión pública, un juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano promovido por Francisco Javier Calzada Vázquez, el pleno respaldó el proyecto de sentencia elaborado por la magistrada Beatriz Eugenia Galindo Centeno, en el cual se señala que en su resolución, el TJEEZ vulneró la garantía de acceso a la tutela judicial efectiva en perjuicio del demandante.

Lo anterior, porque el Tribunal local consideró que no le causó agravio la actuación de la Comisión Nacional de Garantías del PRD; al estudiar los agravios de inconformidad presentados por Calzada Vázquez para impugnar la validez de asamblea para elegir a los dirigentes estatales del partido del sol azteca, sólo como inconformidad, y no por la vía de la queja electoral.

La Sala Regional instruyó al TJEEZ a dictar, dentro de las 24 horas siguientes a que surta efecto la notificación, una nueva sentencia en la que revoque la resolución dictada por la Comisión Nacional de Garantías y ordene reponer el procedimiento para que sustancie y resuelva, en la vía de la queja electoral, la parte que corresponde a los planteamientos que se refieren a la ilegalidad del acuerdo AQ-CNE/07/069 /2011 emitido por el órgano interno partidista, y en su caso, resolver la inconformidad en lo relativo a los resultados obtenidos en la asamblea para elegir dirigentes estatales.

Caso Nuevo León

En otro asunto, la Sala Regional Monterrey ordenó reponer el procedimiento para elegir al Presidente del Comité Directivo Municipal del Partido Acción Nacional (PAN) en el municipio de Guadalupe, Nuevo León.

Al resolver un juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano promovido por José Orlando Nevarez Hernández, los magistrados determinaron, por mayoría de 2 votos a favor y 1 en contra, que el Comité Directivo Municipal realizó una indebida notificación de la convocatoria de la Asamblea Municipal del PAN, en la que se habría de elegir al nuevo presidente de ese órgano directivo.


El proyecto de sentencia fue elaborado por Rubén Enrique Becerra Rojasvértiz, magistrado presidente de la Sala Regional Monterrey, quien señaló que la difusión de la convocatoria no fue suficiente en términos de lo que ordena la normatividad interna de ese instituto político, ya que sólo se llevó a cabo por la vía de los estrados y aunque el partido responsable señaló que también se comunicó a través del portal de Internet del Comité, no aportó las constancias que acreditaran de forma plena esto último, pues únicamente presentó tres impresiones de pantalla en copia simple, en las que aparecía una fecha posterior al día en que finalizó la etapa de registro de candidatos.

Más adelante, la Sala Regional desahogó 12 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, promovidos en contra de diversos actos emitidos por la Comisión Nacional de Elecciones y el Registro Nacional de Miembros del PAN, entre ellos, la falta de inclusión de sus nombres en el listado nominal de electores para estrados.

Debido a que no se agotó la cadena impugnativa, el proyecto de sentencia elaborado por la magistrada Georgina Reyes Escalera, que fue aprobado por unanimidad, resolvió reencauzar los medios de impugnación a la autoridad electoral local competente, el Tribunal Electoral del Estado de Guanajuato, para que en plena jurisdicción determine en su caso la procedencia o improcedencia de los mismos, entre al estudio de fondo o resuelva todo aquello que en derecho corresponda atendiendo a los actos y términos de cada uno de ellos.

Durante la sesión pública, la Sala Regional Monterrey del TEPJF resolvió un total de 23 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano.

ORDENA TRIBUNAL AL CONSEJO GENERAL Y A DOS CONSEJOS DISTRITALES DEL INSTITUTO ELECTORAL DE VERACRUZ RESPONDER PETICIONES DEL PAN

26/marzo /2010 / Sala Superior 31/2010

México, D. F. a

• Sala Superior salvaguarda derechos constitucionales de petición e información.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ordenó al Consejo General y a los consejos distritales del Instituto Electoral Veracruzano (IEV) en Coatzacoalcos y Orizaba, Veracruz, en 24 horas a partir de recibir esta sentencia, responder las solicitudes del Partido Acción Nacional (PAN) de expedir copias certificadas de documentación de la designación de capacitadores electorales para los comicios de este año en ese estado.

Como justificación para no atender las solicitudes, dichos consejos argumentaron que la información solicitada era de naturaleza reservada, hasta concluir con el proceso de designación.

Los magistrados María del Carmen Alanis, presidenta del Tribunal, José Alejandro Luna, Salvador Nava y Pedro Esteban Penagos, establecieron inválidas las razones de la autoridad local para no entregar la información, porque los derechos constitucionales de petición e información tienen rango constitucional, y la información solicitada es fundamental para la transparencia y certeza de la organización del proceso electoral.

Flavio Galván se pronunció en contra de los proyectos por considerar que los juicios no denunciaron la violación de los derechos autónomos de petición y acceso a la información, ni consideró urgente la resolución del caso porque pueden ser analizados por las instancias locales. Por su parte, Manuel González se manifestó en contra de la competencia de la Sala Superior.

En su oportunidad, Alanis Figueroa agregó que desde su perspectiva la designación de capacitadores electorales es fundamental en el desarrollo del proceso electoral, y por lo tanto el acceso a esta información.

El Tribunal Electoral revocó la designación de Eva Ortiz Báez como presidenta del Consejo Municipal del IEV en Minatitlán, por no cumplir el requisito de no desempeñar un cargo de mando superior en la administración pública al momento de ser designada, y se ordenó al Instituto se nombre a otra persona que cumpla los requisitos legales.
En otro caso, se ordenó a la Comisión de Orden del Consejo Nacional del PAN, responder a la reclamación interpuesta por David Ulises Guzmán, contra la resolución del órgano partidista en el Estado de México, con la que le suspendieron sus derechos como militante por seis meses, lo que le impide registrarse como candidato al Consejo Estatal o Nacional de ese partido para 2010-2013.

En sesión pública de este día, la Sala Superior resolvió un juicio para la protección de los derechos político electorales del ciudadano y cinco juicios de revisión constitucional electoral, que en total suman seis medios de impugnación; el juicio para la protección de los derechos político electorales del ciudadano 54 de este año fue retirado.