header

LA SALA REGIONAL VALIDA ELECCIONES INTERNAS PARA CANDIDATOS A DIPUTADOS Y SENADORES

23/marzo /2012 / Sala Regional Xalapa 13/2012

Xalapa de Enríquez, Veracruz

Por unanimidad de votos, el Pleno de la Sala Regional Xalapa confirmó la resolución emitida por el Consejo Local del Instituto Federal Electoral en Quintana Roo, en el recurso de apelación 13/2012, presentado por el Partido de la Revolución Democrática (PRD), para contravertir la designación de capacitadores-asistentes electorales del Distrito Electoral Federal número 3.

Ello, en virtud de que contrario a lo sostenido por el actor, la autoridad sí verifico la no pertenencia de los aspirantes a alguna filiación política, y además, porque el PRD, estuvo en posibilidad de ejercer su prerrogativa de vigilancia, por lo que no se consideró violado su derecho de acceso a la información o de audiencia.

Con respecto al Juicio Ciudadano 921/2012, promovido por Jaime Arturo Larrazábal Bretón, contra la omisión de la Comisión Nacional de Procesos Internos del Partido Revolucionario Institucional (PRI), se estima fundado, pues quedó demostrado que a la fecha de la resolución del asunto, el órgano responsable no había dado respuesta alguna a su solicitud de expedición de documentación.

En ese sentido, el pleno ordenó a la responsable dar respuesta al demandante en un plazo de 24 horas. El proyecto se aprobó por mayoría de votos.

Para el recurso 924/2012, interpuesto por Augusto Osmar Castellanos Estrada, en su carácter de precandidato a Diputado Federal propietario por el principio de mayoría relativa del PRI en el Distrito Electoral Federal 05 en Chiapas, en el que impugna la convención de delegados celebrada el mes pasado, se consideraron infundados los agravios, ya que en concepto de la Sala Regional, la elección combatida se realizó conforme con lo dispuesto por la convocatoria.

Los Juicios Ciudadanos 929 y 930, presentados para contravertir la omisión de resolver los juicios de inconformidad intrapartidistas presentados ante la Comisión Nacional de Elecciones del Partido Acción Nacional (PAN), por Víctor Alejandro Vázquez Cuevas, relacionados con la elección interna de candidatos al Senado de la República por mayoría relativa en Veracruz, las magistradas Judith Yolanda Muñoz Tagle, Yolli García Álvarez y el magistrado por Ministerio de Ley, Francisco Alejandro Croker Pérez, determinaron desechar de plano los recursos.

En el primero de ellos, porque el acto reclamado quedo sin materia, ya que la instancia responsable emitió la resolución cuya falta de pronunciamiento se controvirtió. El segundo, obedeció a que el actor agotó su derecho de acción, al haber presentado el diverso juicio ciudadano 929 antes citado.

Finalmente, en el juicio 919, en el que se objetó la omisión de resolver un recurso de reconsideración por la Comisión Nacional de Elecciones del PAN, la sala determinó desecharlo porque el órgano partidista resolvió el medio de impugnación cuya falta de resolución se reclamó, sin embargo, ante la ausencia de certeza de que esa decisión le hubiese sido notificada al actor, se ordenó comunicarle al accionante los acuerdos intrapartidistas.

Durante la sesión, el pleno resolvió 5 Juicios para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano y 1 Recurso de Apelación.