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TEPJF REVOCÓ LA CANDIDATURA DE YUNES MARQUEZ Y REMENTERÍA DEL PUERTO, ASPIRANTES PANISTAS AL SENADO POR VERACRUZ

3 /abril /2012 / Sala Regional Xalapa 15/2012

Xalapa- Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave

• Magistradas ordenan al PAN que de manera fundada, legal y procedente, seleccionar de entre los aspirantes a la contienda interna a los nuevos candidatos a senadores.

• El Consejo General del Instituto Federal Electoral deberá retirar la candidatura a los ciudadanos, y exigirles la suspensión inmediata de sus actos de campaña

Por unanimidad de votos, la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), revocó la designación directa de la Comisión Nacional de Elecciones del Partido Acción Nacional (PAN), al nombrar candidatos a senadores a la primera y segunda fórmula al senado a Fernando Yunes Márquez y Julen Rementería del Puerto, y ordenó la suspensión de los actos de campaña.

Las magistradas, señalaron necesaria la regularización del procedimiento, pues las decisiones que dieron origen a su postulación, fueron tomadas sin sustento en la justicia, la razón, la norma estatutaria o el mérito de los aspirantes, y en consecuencia, se exige la suspensión inmediata de sus actos de campaña y se ordena a la Comisión Nacional de Elecciones, convoque a los aspirantes para que presenten los documentos que respalden su candidatura y con ellos elija de entre los cuatro precandidatos que participaron en la elección ordinaria, a los nuevos abanderados del PAN.

Aseveraron que si bien, la facultad discrecional supone, por sí misma, que el partido político pueda elegir de entre dos o más alternativas posibles aquella que mejor se adecue a las normas, principios, valores o directrices de la institución, lo cierto, es que el ejercicio de esa potestad debe efectuarse en un marco normativo que lo sustente, ya que de no ser así, se estaría actuando de manera arbitraria.

En este juicio ciudadano, promovido por Víctor Alejandro Vázquez Cuevas, en su carácter de aspirante al referido cargo de elección popular, argumenta que al ser excluido de la candidatura a senador, fue objeto de discriminación, ya que en la sesión no se tomaron en cuenta sus méritos.

Garantiza TEPJF derechos político electorales ciudadanos rehabilitados, 

Para los juicios ciudadanos 941, 944 y 947/2012, toda vez que los demandantes fueron rehabilitados de sus derechos políticos por el Juez Penal que conoció del asunto en cada caso en particular, días antes de que se cerrará el plazo para tramitar la credencial de elector, por lo que el pleno ordenó a las respectivas vocalías de las Juntas Distritales Ejecutivas, la expedición, entrega de la credencial con fotografía y en el momento oportuno su nombre se incluya en la lista nominal, a fin de que puedan votar.

En relación a la impugnación presentada por Armando Noel González Hernández, se tuvo por fundado el agravio, toda vez que la autoridad administrativa electoral, no realizó el trámite y registro consistente en el formato único de actualización y recibo, cuando el ciudadano solicitó la reposición de su credencial de elector, por lo que esta Sala Regional revocó dicha resolución y ordenó al IFE su entrega inmediata, una vez cumplidos los requisitos necesarios para su emisión.

Respecto a los juicios ciudadanos 933, 939 y 946/2012, presentados vía PER SALTUM, el pleno de este tribunal desechó las impugnaciones presentadas por Carlos Cuauhtémoc López Puga, Yenny Magdalena Rodríguez Aguilar y Carlos Martínez Villavicencio, debido a que fueron presentadas de manera extemporánea. Por lo que se refiere a los expediente 925 y 936, promovidos por Ofelia Sánchez Sánchez y Elia Florentina Gerónimo Cruz, en contra de las correspondientes Vocalías del IFE, debido a que no emitieron la credencial de elector a las actoras, la Sala Regional, confirmó la negativa del instituto, dado que los trámites se realizaron fuera de tiempo.

Finalmente, el juicio 934 de este año, promovido vía PER SALTUM por Eduardo Giovanni Coutiño Remy, en contra del acuerdo de la Comisión Política Nacional y el Secretariado Nacional del Partido de la Revolución Democrática (PRD), mediante el cual se nombró a sus delegados financieros en Chiapas, fue desechada de plano, toda vez que las designaciones que el actor controvierte, son de naturaleza administrativa y no de carácter representativo o electoral, que es la materia que atañe este Tribunal.

En este día, las magistradas resolvieron 11 juicios ciudadanos.