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Fomenta la cultura democrática, encuentro entre periodismo, academia y TEPJF : CCD

17/enero /2009 / Sala Regional Toluca 17/2009

Toluca, México.,

• El avance de la democracia en México es una tarea de la sociedad, de instituciones y tribunales electorales y medios de comunicación, señaló la magistrada Adriana Favela durante su exposición.


No existe mejor posibilidad de fomento a la democracia o a la cultura democrática, fuera de cualquier posición demagógica, que en el encuentro entre el periodismo, la academia y la última instancia para resolver conflictos electorales, señaló el magistrado de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Constancio Carrasco Daza, al inaugurar los trabajos del curso “Periodismo especializado en materia jurídico-político-electoral&r

En el evento, el magistrado presidente de la Sala Regional Toluca del TEPJF, Santiago Nieto Castillo señaló que los jueces no sólo hablan por sus sentencias sino por actividades relacionadas con la impartición de justicia, como este encuentro académico, pues el objetivo principal es que de manera conjunta se pueda reflexionar sobre los temas que vinculan a la reforma electoral con los medios de comunicación, como el derecho de réplica, libertad de expresión, nuevas reglas de competencia electoral y sobre todo la relación entre prensa y democracia en un Estado Constitucional de Derecho como el que hoy se tiene.

Nieto Castillo, agregó que lo que se busca es trasladar el lenguaje técnico jurídico a un lenguaje ciudadano, al que todos tengan acceso y se valoren los principios pilares de un Estado constitucional y democrático.


En la conferencia magistral que ofreció el Magistrado Constancio Carrasco denominada “Reforma constitucional de 2007 y legal de 2008”, señaló que si al ciudadano se le dan elementos reales, objetivos acerca de cada una de la opciones políticas que contienden en las elecciones, esto generará, además de una opinión pública mejor informada, que no se emitan votos mecánicos en las urnas.

Ante periodistas que acudieron de los estados que conforman la V Circunscripción plurinominal, Estado de México, Michoacán, Hidalgo y Colima, el magistrado Carrasco Daza señaló que el debate político en México debe tener tres componentes: plataformas políticas de los partidos, que el ciudadano esté mejor informado a partir de dichas plataformas y que conozca las características sobre el candidato a un cargo de elección pública.

Agregó que lo que requiere el debate es retórica, energía, claridad de conceptos, un debate ideológico que pueda darse sin que sea difamante, injurioso o que utilice la calumnia, situación que dijo también fue regulada por las reformas electorales, al no permitir que las campañas se utilicen términos que denigren la imagen o la honra de los contendientes.

Por su parte la magistrada Adriana Favela Herrera, en la ponencia denominada “Nuevas reglas de la justicia electoral”, destacó la permanencia de las Salas Regionales y la redistribución de competencias entre las distintas Salas del Tribunal Electoral; también señaló que el legislador ahora sí prevé causales de nulidad de la elección presidencial, así como la posibilidad de que el Tribunal Electoral revise la vida interna de los partidos políticos y la inaplicación de leyes electorales que sean contrarias a la Constitución federal.

Enfatizó que las Salas del Tribunal Electoral tienen la tarea de resolver todos los medios de impugnación que se presenten en un plazo muy breve, y realizar esta labor con responsabilidad y exhaustividad.

La magistrada de la Sala Toluca resaltó que el avance de la democracia en México es una tarea que corresponde a todos, a las instituciones y tribunales electorales, a la sociedad en su conjunto y a los medios de comunicación, estos últimos a través de la importante actividad que desempeñan de informar a la ciudadanía y divulgar el conocimiento electoral.

El curso “Periodismo especializado en materia jurídico-político electoral”, consta de tres sesiones, y en la próxima, que se realizará el 24 de enero, se espera la participación del magistrado Carlos Morales Paulín con el tema “Medios de comunicación en la contienda electoral y libertad de expresión. Derecho de réplica elevado al marco constitucional federal.”








EL TRIBUNAL ELECTORAL CONFIRMA LA AMONESTACIÓN AL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL POR PROPAGANDA ELECTORAL EN CHIHUAHUA.

9 /septiembre/2009 / Sala Superior 93/2009

México, Distrito Federal a

• Se difirió el caso sobre la elección de gobernador en Sonora, para el próximo viernes 11 de septiembre.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó la resolución del Consejo General del Instituto Federal Electoral (CGIFE), que declaró fundada una queja en contra el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional (PAN) en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, por la utilización de recursos públicos en la contratación de un desplegado a favor de su candidato a diputado federal por el 06 distrito electoral en Chihuahua, publicado en un periódico de circulación nacional.

Durante el pasado proceso electoral, un grupo de diputados federales panista publicó un desplegado en el que denunció la responsabilidad del gobierno del estado de llevar a cabo supuestos actos de persecución y hostigamiento en contra de uno de los candidatos de ese partido. El Partido Revolucionario Institucional (PRI) denunció la violación de las normas electorales con esta publicación, y en su momento el IFE le dio la razón al demandante, por lo que amonestó públicamente a los legisladores y al PAN.

Este último partido, inconforme con la sanción, se quejó ante la Sala Superior argumentando en su defensa que el desplegado no era propaganda electoral sino un apoyo a Juan Blanco Zaldívar, que como ciudadano tiene derecho a ser votado. En el proyecto de resolución, presentado por la magistrada María del Carmen Alanis Figueroa, presidenta del Tribunal Electoral, se sostiene que el desplegado contenía características de propaganda como el logotipo del partido y expresiones de apoyo a un candidato específico.

Al intervenir en el caso, el magistrado Manuel González Oropeza reflexionó sobre los vacíos que existen en la ley cuando los candidatos a un puesto de elección popular sufren acusaciones penales en tiempos de su campaña. El hecho es que no existe el fuero de los candidatos, sólo el de los representantes populares. En este sentido, el magistrado sugirió que debe haber una resolución legislativa, a corto plazo, sobre el tema. El caso es ilustrativo, porque una fracción parlamentaria protestó a través de un medio de comunicación, porque no existe otro recurso. Si el candidato tuviera fuero, existiría una vía institucional para resolver estos casos.

Por su parte, el magistrado Pedro Penagos López relató que en la publicación aludida los legisladores del PAN rechazaron una supuesta persecución del gobernador de Chihuahua contra un candidato. Sin embargo, en el desplegado no sólo hay una denuncia, sino que se apoya al candidato, y esto es lo que se considera ilícito.

A su vez, el magistrado Constancio Carrasco Daza afirmó que el tema contempla la disyuntiva de si se trata de propaganda electoral o no. El hecho es que en la publicación aparece un logotipo del partido político, y hay una defensa a favor de Juan Blanco Zaldívar, pero no como ciudadano, sino como candidato. Por ello, al analizar los temas sobre propaganda electoral, la Sala Superior está obligada a analizar cada caso en particular para emitir sus sentencias.

En su intervención, el magistrado Salvador Nava Gomar dijo que la Sala Superior aborda el tema en materia del derecho electoral, y pondera que existe una violación a la norma por los tiempos electorales; por ello resuelve que existe una falta, independientemente de que los sujetos son integrantes de otro poder del Estado.

Finalmente, la magistrada presidenta María del Carmen Alanis afirmó que en este asunto no existe ningún límite a la libertad de los legisladores, ya que con la publicación de su protesta incurren en un acto de proselitismo electoral, dado el apoyo al candidato del partido en tiempos no permitidos. Con ello, sin embargo, no se vulnera la posibilidad de hacer denuncias por otros medios.

Por otro lado, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación recibió el día de ayer cuatro incidentes de inejecución de sentencia relacionados con la elección de gobernador del estado de Sonora. En consecuencia, se difirió para el próximo viernes 11 de septiembre la discusión de los recursos de apelación en contra del cómputo y declaración de validez de dicha elección, así como el otorgamiento de la constancia de mayoría a favor del candidato postulado por el Partido Acción Nacional.

En otro asunto, el Tribunal Electoral modificó la resolución del CGIFE mediante la que desechó una queja en contra del Gobernador del Estado de México, Enrique Peña Nieto, por una supuesta infracción a la normativa electoral, con motivo de su participación en diversos actos de campaña del candidato a gobernador por el Partido Revolucionario Institucional, para el estado de Querétaro.

Al respecto, se ordenó al IFE remitir el expediente del caso a la autoridad local que considere competente para que ésta, en ejercicio de sus atribuciones, resuelva lo que legalmente estime pertinente.


Al tratar otros asuntos, la Sala Superior del Tribunal Electoral confirmó la resolución del IFE relativa a las sanción impuesta a la Asociación Civil "Unidad Familiar Quintanarroense por un Mejor Cancún", por la presunta contratación de spots televisivos en favor de la candidata panista a diputada federal de mayoría relativa, en el distrito electoral 03, con cabecera en Benito Juárez, Quintana Roo.

Al analizar otro caso, se revocó el desechamiento dictado por el Secretario Ejecutivo del IFE a la queja presentada contra del Partido de la Revolución Democrática y su presidenta estatal en Michoacán, por actos que presuntamente denigraban y calumniaban a una integrante del Comité Directivo Estatal del PAN en ese estado.

En sesión pública de este día, la Sala Superior resolvió cuatro juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, tres juicios de revisión constitucional electoral, seis recursos de apelación y un recurso de reconsideración, que en total suman 14 medios de impugnación.

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