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DESECHA SALA GUADALAJARA IMPUGNACIÓN A CANDIDATURA DE ROSAS AISPURO

4 /abril /2012 / Sala Regional Guadalajara 12/2012

Guadalajara, Jalisco

La Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación desechó hoy siete juicios para la protección de los derechos político- electorales del ciudadano (JDC), interpuestos contra la candidatura de José Rosas Aispuro Torres al Senado de la República por el Partido Acción Nacional (PAN) en Durango.

Identificados bajo los juicios consecutivos SG-JDC-2137 al 2143 de este 2012, los ciudadanos impugnaban específicamente la declaración de validez de la elección en la que resultó ganador Aispuro Torres, emitida por la Comisión Nacional de Elecciones del mismo partido.

El proyecto de sentencia, elaborado por el Magistrado Presidente Noé Corzo Corral, desechó las demandas debido a que son improcedentes conforme a la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral; expone que para que un JDC sea procedente debe existir un acto o resolución al cual se le atribuya la violación de un derecho o una prerrogativa político-electoral.

De las constancias requeridas al PAN, se advirtió que fue hasta el 16 de marzo cuando la Comisión Nacional de Elecciones emitió el acuerdo CNE/013/2012, que declaró la validez de la elección de las candidaturas; a su vez, los actores presentaron sus demandas ante este tribunal el pasado 14 de marzo, dos días antes de su emisión, por tanto quedó manifiesta la inexistencia entonces del acto impugnado.

“Los militantes desconocen no sólo la Constitución, sino sus propios estatutos, de lo cual se deriva que siete escritos de demanda no pueden ser estudiados (…) Si los partidos políticos deben ser escuelas democráticas de ciudadanos, de gobernantes, se advierte una incapacidad de la autotutela judicial efectiva, lo cual me parece delicado.”, opinó el Magistrado José de Jesús Covarrubias Dueñas al discutir el caso.

DESECHAN IMPUGNACIÓN A INTERNA DEL PRI ZAPOPAN

En otro tema, los magistrados regionales confirmaron resolutivos del Tribunal Electoral de Jalisco (TRIEJAL) y declararon extemporáneos diversos recursos que promovió José Manuel Villegas Maldonado en contra de distintos actos y autoridades del Partido Revolucionario Institucional (PRI) en Jalisco, en la elección de su candidato a presidente municipal de Zapopan.

En primer término, declararon como extemporánea la demanda ciudadana que combatía la negativa a registrarlo como a candidato a presidente municipal de la ex Villa Maicera, por no haber cumplido con los requisitos del PRI en esa convocatoria.

También, la Sala Regional Guadalajara confirmó una resolución previa del TRIEJAL donde consideraron que sí eran constitucionales los requisitos exigidos por el PRI en esa elección interna.

Por último, los magistrados Noé Corzo Corral, Jacinto Silva Rodríguez y José de Jesús Covarrubias Dueñas confirmaron por unanimidad la validez de la toma de protesta del Comité Municipal, del Consejo Político Municipal y de los presidentes de comités seccionales del PRI en Zapopan, tema también de la impugnación de Villegas Maldonado.

En su décimo tercera sesión pública de 2012, la Sala Regional Guadalajara resolvió 27 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y 11 recursos de apelación.

GARANTIZAR DERECHOS DE VOTAR, SER VOTADO Y ASOCIARSE, TAREA DEL TRIBUNAL: ALANIS

7 /octubre /2010 / Sala Superior 105/2010

México, D. F. a

  • Concluye el III Seminario Internacional del Observatorio Judicial Electoral
Los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación tienen la responsabilidad de garantizar a todos los ciudadanos sus derechos político–electorales de votar, ser votado y de asociarse, reiteró la magistrada María del Carmen Alanis Figueroa, presidenta de la Sala Superior de este organismo, al finalizar el III Seminario Internacional del Observatorio Judicial Electoral.

Agregó que los juzgadores tienen la responsabilidad de aplicar estrictamente la ley y la Constitución al emitir sus sentencias, al participar en la mesa “La suspensión del sufragio pasivo por auto de formal prisión y sentencia”.

Enfatizó que este tema es un aspecto fundamental de la organización y la calificación electorales en nuestro país, por tratarse del ejercicio de los derechos políticos y del acceso a cargos públicos a través de comicios.

Por su parte, el Dr. Miguel Carbonell, del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, se pronunció por darle prioridad al principio de la presunción de inocencia antes de restringir estos derechos.

A su vez, el investigador Marco Olivetti, de la universidad de Foggia, Italia, coincidió con los beneficios de anteponer la presunción de inocencia por encima de la suspensión de derechos, aunque reconoció que los jueces deben resolver problemas prácticos y se ajustan a situaciones precisas al emitir sus sentencias.

La Dr. Virginia Pujadas, de la Universidad Abierta de Cataluña, cuestionó la suspensión de derechos políticos si aún no hay condena penal y subrayó que no observó en el sistema legal mexicano un fundamento legal para ello.

Autonomía de partidos debe apegarse a derecho
Durante la mesa “La democracia interna de los partidos políticos”, el magistrado Pedro Esteban Penagos comentó que en México se ha privilegiado la autonomía de los partidos y su libertad de organización política, aun cuando exista una intervención jurisdiccional que supervise los principios democráticos de sus estatutos y la legalidad de las funciones intrapartidistas.

“No hay una democracia acabada ni perfecta, las democracias evolucionan siempre al margen de los principios de libertad e igualdad” señaló Penagos. En esta mesa en la que también participaron Eleonora Ceccherini de la Universidad de Génova, Italia; María del Pilar Hernández Martínez del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM y Óscar Sánchez Muñoz del Parlamento de Castilla y León de España.

Tribunales, garantes de legalidad y libertad de expresión
Al abordarse el panel “Medios de comunicación y campañas políticas: neutralidad y equidad”, el magistrado Manuel González señaló que “los tribunales constitucionales son los que tienen que pronunciarse sobre la interpretación de las disposiciones de la Constitución y de la ley” en esta materia; teniendo presente la libertad de expresión, la primera de las libertades en regímenes constitucionales.

Participaron en esta mesa Saúl López Noriega, licenciado en Derecho por el ITAM; Rodrigo Morales Manzanares, experto electoral; y Sergio Muñoz Gajardo, Presidente del Tribunal Calificador de Elecciones en Chile; quienes abordaron el tema de la Reforma Constitucional y Legal del 2007 y 2008, relacionada con los tiempos de radio y televisión de los partidos políticos.

En la mesa “Medios de comunicación y campañas políticas. El caso comparado anglosajón”, los expertos Samuel Issacharoff, Universidad de Nueva York; Julio Juárez Gámiz, del Centro de Investigaciones Interdisciplinarias en Ciencias y Humanidades, UNAM; y Jacob Rowbottom, de la Universidad de Cambridge; expusieron ejemplos de campañas políticas, financiamiento y difusión de propaganda electoral contratada por particulares en beneficio de algún candidato.

Tras dos días de trabajos, 387 asistentes -65% mujeres- compartieron con 29 especialistas de Canadá, El Salvador, España, Italia, Argentina, Chile, Suiza, Estados Unidos, Reino Unido y México, que debatieron entorno a 30 sentencias del TEPJF relativas a:

• La nulidad de la elección por principios constitucionales
• El derecho a ejercer el cargo popular: cuestiones parlamentarias y municipales
• La democracia directa
• La democracia interna de los partidos
• Medios de comunicación y campañas políticas: neutralidad y equidad
• La suspensión del sufragio pasivo por auto de formal prisión y sentencia

En la clausura participaron la magistrada Alanis Figueroa; Eugenio Chicas Martínez, presidente del Tribunal Supremo Electoral de El Salvador; y Enrique Ochoa Reza, Director del Centro de Capacitación Judicial Electoral del TEPJF.