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CONFIRMA SALA MONTERREY CANDIDATURA DE LUIS FERNANDO SALAZAR EN COAHUILA

12/junio /2012 / Sala Regional Monterrey 29/2012

Monterrey, Nuevo León

 El Pleno de la Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), confirmó la candidatura de Luis Fernando Salazar Fernández al Senado de la República por el Partido Acción Nacional (PAN), al considerar  infundada la impugnación promovida p

CONFIRMA SALA MONTERREY CANDIDATURA DE LUIS FERNANDO SALAZAR EN COAHUILA

 

·        Salvaguardan Magistrados derecho fundamental al sufragio

 

El Pleno de la Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), confirmó la candidatura de Luis Fernando Salazar Fernández al Senado de la República por el Partido Acción Nacional (PAN), al considerar  infundada la impugnación promovida por Jorge Zermeño Infante, precandidato al mismo cargo de elección popular por el Estado de Coahuila, pues su recurso intrapartidista lo presentó de manera extemporánea.

 

Por otro lado, el Pleno revocó la resolución emitida por el Consejo Local del Instituto Federal Electoral (IFE) en Zacatecas en el cual se impuso una multa a David Monreal Ávila, al no existir en autos los elementos necesarios para constatar la capacidad económica del apelante.

 

En consecuencia, se ordenó a la autoridad responsable recabar la información necesaria para resolver lo conducente y reindividualizar la sanción impuesta a Monreal Ávila, candidato a senador por la coalición Movimiento Progresista.

 

Ordenan magistrados expedición de credenciales para votar con fotografía

 

Al resultar procedentes las pretensiones planteadas por diversos ciudadanos, los magistrados Rubén Enrique Becerra Rojasvértiz, Beatriz Eugenia Galindo Centeno y Georgina Reyes Escalera, ordenaron a los vocales de las Juntas Distritales Ejecutivas del IFE en los Estados de Coahuila, Guanajuato y Nuevo León, expedir a los ciudadanos Fernando López Pérez, Yolanda Josefina Cortés Treviño, José Rolando Aguilar Tamez e Isabel Sagrario Gutiérrez Luna, sus credenciales para votar con fotografía.

 

Los magistrados de la Sala Regional señalaron que debe salvaguardarse el derecho fundamental de los ciudadanos al sufragio, para ello, las autoridades competentes deberán realizar las acciones pertinentes para garantizar a los demandantes su participación en la jornada electoral del próximo 1 de julio.

 

Resuelven magistrados quejas contra resoluciones de autoridades electorales y partidistas

 

Por otra parte se confirmo la resolución por la que se determina que David Monreal Ávila ocupara el primer lugar de la formula de candidatos al Senado por el Estado de Zacatecas, y en segundo sitio Claudia Edith Anaya Mota, quien impugno ante el Tribunal sin que procediera su queja.

 

Asimismo, confirmaron la resolución dictada por la Comisión Nacional de Garantías del Partido de la Revolución Democrática que declaró la nulidad de la instalación del VIII Consejo Estatal del aludido partido político en San Luis Potosí, al resultar inoperantes e infundados los agravios presentados por Paula del Rocío Mayo Castillo, Pedro de Jesús Olvera Vázquez y Martha Alicia Martínez.

 

En el juicio presentado por Felipe de Jesús García Olvera, los magistrados confirmaron la resolución emitida por el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Guanajuato, respecto a la elección interna del PAN para integrar el ayuntamiento de Dolores.

 

Respecto a los juicios presentados por la Agrupación Política Estatal “Defensa Permanente de los Derechos Sociales” en contra de la Sala de Segunda Instancia del Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado de San Luis Potosí, y por María Amalia Ramírez Hernández en contra de la resolución del Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Guanajuato, los magistrados confirmaron las resoluciones emitidas por las autoridades responsables.

 

 

La Sala Regional Monterrey resolvió 20 juicios para la protección de los derechos político electorales del ciudadano y 2 recursos de apelación. 

TEPJF CONFIRMA ASIGNACIÓN DE DIPUTACIONES LOCALES EN BCS

14/marzo /2011 / Sala Superior 20/2011

México D.F., a

  • El Colmex y el TEPJF analizarán durante dos días los alcances de la reforma electoral de cara a los próximos comicios

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la sentencia de la Sala Guadalajara de este organismo jurisdiccional, mediante la cual modificó la asignación de diputados por el principio de representación proporcional llevado a cabo por el Consejo General del Instituto Electoral de Baja California Sur, correspondientes al proceso electoral de esa entidad de 2010-2011.

Lo anterior, tras de declarar, por mayoría de cinco votos contra dos, fundados los agravios presentados por la coalición “Unidos por Baja California Sur” (PRI, PVEM), en el sentido de que por ley le correspondía una diputación plurinominal retirada por Sala Guadalajara.

Dicha Sala Regional del TEPJF consideró que el Instituto Electoral de Baja California Sur (IEBCS) asignó indebidamente la diputación plurinominal a la coalición “Unidos por Baja California Sur”, con base en el marco constitucional y legal local correspondiente a la asignación de escaños por el principio de representación proporcional.

De acuerdo al marco legal sudcaliforniano, las diputaciones plurinominales se asignan: Primero: a los partidos que no ganaron ninguna de mayoría; en este caso Panal y Convergencia; y Segundo: a los partidos que obtuvieron entre 1 y 5 diputados de mayoría, en este caso, “Unidos por Baja California Sur”. Y no asignó ninguna a La “Alianza es Contigo” (PAN y Partido Renovación Sudcaliforniana).

Legal asignación de curules hecha por el IEBCS
María del Carmen Alanis, presidenta del TEPJF, Flavio Galván Rivera, Pedro Esteban Penagos, Salvador Nava Gomar y Alejandro Luna Ramos votaron en favor del acuerdo del IEBSC y de la asignación que éste realizó para la integración de los 21 diputados del Congreso del estado.

La conformación del Congreso de aquella entidad se confirmó de la siguiente manera:

 La “Alianza es Contigo”, integrada por los partidos PAN y Renovación Sudcaliforniana nueve diputados por el principio de mayoría relativa.
 La alianza “Unidos por Baja California Sur”, integrada por el PRI y PVEM, cuatro diputados de mayoría relativa y dos por el principio de representación proporcional.
 “Sudcalifornia para Todos”, integrada por el PRD y PT, tres diputados de mayoría relativa, y una por el principio de representación proporcional.
 Convergencia, un diputado de representación proporcional y
 Nueva Alianza, un diputado por el principio de representación proporcional.

El magistrado Manuel González Oropeza, ponente del caso, explicó que la Constitución Local no ha establecido las bases claras para la designación de las curules de Representación Proporcional en el Congreso de Baja California Sur y la resolución del IEBCS está castigando y afectando al partido que ganó el mayor número de distritos uninominales.

Agregó que la representación proporcional debe ser independiente y adicional a la de mayoría, por lo que la coalición “Alianza es contigo”, por el sólo hecho de tener más de cinco diputados de mayoría relativa, no puede excluírsele de los de representación proporcional.

A favor del proyecto, el magistrado Constancio Carrasco Daza, consideró que debe privilegiarse la votación obtenida por cada partido político o coalición, ya que es la voluntad popular, por lo que fue correcto inaplicar estos preceptos locales por ser contrarios a la Constitución.