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Se confirmó la designación de José del Carmen Herrera Sánchez y Luis Rodrigo Marín Figueroa, como candidatos a diputados locales de representación proporcional por el PRI en el estado de Tabasco

13/julio /2012 / Sala Regional Xalapa 34/2012

Xalapa- Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave

 • Se resuelven 21 juicios ciudadanos.

 Por mayoría relativa, se confirmó en el juicio ciudadano 2804/12, la designación de José del Carmen Herrera Sánchez y Luis Rodrigo Marín Figueroa, como candidatos a diputados locales de representación proporcional por el Partido Revolucionario Institucional en el estado de Tabasco, en la primera y tercera posiciones de la lista correspondiente a la segunda circunscripción plurinominal loca, lo anterior porque se consideró suficiente los argumentos del partido político antes mencionado, para efectuar la postulación, toda vez que este hizo uso de su facultad de designación directa expuesta en los estatutos del mismo partido, después de que la Sala Regional ordenara, el 27 de junio pasado, dejar sin efecto las postulaciones que el partido había hecho con anterioridad.

Por otra parte se desecharon de plano 19 juicios ciudadanos de este año, promovidos por igual número de actores, relacionados con la negativa de expedición de credencial para votar con fotografía, porque el acto reclamado se consumó de forma irreparable, al ya haber transcurrido la jornada electoral en la cual pretendían ejercer ese derecho, por tanto existió imposibilidad material para acoger su pretensión. A fin de dejar a salvo los derechos de los promoventes, las Magistradas indicaron que estos pueden acudir a la oficina del Registro Federal de Electores correspondiente a su domicilio, a realizar un nuevo trámite de reposición de credencial.

Por último, se desechó el juicio ciudadano 3232/12, promovido por Roger Armando Peraza Tamayo, en su calidad de militante del Partido de la Revolución Democrática en Quintana Roo, en contra de la resolución incidental de 26 de junio emitida por el tribunal local de esa entidad, debido a que la Comisión Nacional de Garantías resolvió el 13 de junio del año en curso, la queja planteada por el promovente en la que revocó el acuerdo impugnado del 8 de diciembre pasado, por lo que el tribunal local no podó resolver en otra forma el incidente planteado, con esto, se actualizó la causal de improcedencia relativa a la falta de interés jurídico del actor, en virtud de que su pretensión inicial ya fue colmada.