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ORDENA TEPJF AL IEEM CELERIDAD PARA RESOLVER QUEJA CONTRA LA COALICIÓN "UNIDOS POR TI"

10/agosto /2011 / Sala Superior 74/2011

México, D. F., a

  • Deben resolver denuncia antes de emitir validez de la elección de gobernador
La Sala Superior del TEPJF ordenó al Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) elaborar el proyecto de resolución y resolver el procedimiento administrativo sancionador presentado en contra Eruviel Ávila Villegas, candidato de la coalición "Unidos Por Ti" (PRI, PVEM y Panal) a gobernador de esa entidad, por la presunta realización de actos anticipados de campaña.

Lo anterior, luego de revocar la sentencia del Tribunal Electoral mexiquense que declaró infundada la denuncia de la coalición "Unidos Podemos Más" (PRD, PT, Convergencia), en el sentido de que el IEEM no se ha pronunciado al respecto.

En el proyecto de resolución se establece que la naturaleza del procedimiento administrativo sancionador electoral es de urgente resolución, por lo que el IEEM no debe esperar a que se cumplan los plazos para resolverlo.

Así lo determinaron, porque podrían rebasar la fecha en que debe hacer el cómputo general de la elección de gobernador y, en su caso, emitir la declaración de validez y expedir la constancia de mayoría correspondiente de la elección citada, que deberá ser, a más tardar, el próximo 16 de agosto.

En consecuencia, y por unanimidad, se otorgó un plazo de 3 días a partir de recibir la notificación de la sentencia, para que el IEEM se pronuncie al respecto.

Por otra parte, se confirmó una sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León mediante la cual se confirmó, a su vez, la resolución dictada por la Comisión Estatal Electoral de la aludida entidad federativa, a un procedimiento de fincamiento de responsabilidad iniciado en contra del gobernador, la Secretaria de Desarrollo Social y el Secretario del Trabajo del referido estado, por la presunta promoción personalizada de su imagen como servidores públicos.

Al resolver otro caso, se revocó el requerimiento formulado por el Secretario Ejecutivo en su carácter de Secretario del Consejo General del Instituto Federal Electoral a “Demos, Desarrollo de Medios S.A. de C.V”, empresa editora del diario “La Jornada”, para que entregara información relativa a dos notas periodísticas publicadas en ese medio los días 31 de mayo y 4 de junio de este año.

Lo anterior, porque se determinó que el funcionario del IFE no expuso las razones para argumentar que fuera proporcionalmente correcto menoscabar la libertad de expresión para imponer su facultad investigadora.

En otro caso, se revocó la resolución emitida por la Comisión Nacional de Garantías del PRD que determinó amonestar públicamente a diversos militantes de ese partido, y se ordenó a dicha instancia partidista reponer el procedimiento para el efecto de que emita una nueva resolución.

En sesión pública de este día la Sala Superior resolvió cuatro juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, cinco juicios de revisión constitucional electoral y un recurso de apelación, que en total suman 10 medios de impugnación.

RESUELVEN MAGISTRADOS DIVERSAS DEMANDAS CIUDADANAS Y PARTIDISTAS

19/junio /2012 / Sala Regional Toluca 21/2012

Toluca de Lerdo, Estado de México

Los Magistrados se dicen respetuosos de la libertad de auto-organización y autodeterminación de los partidos políticos.
El Pleno de la Sala Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Comité Ejecutivo Nacional del Partido Acción Nacional (PAN) dejar sin efectos el registro de Isabel Buendía Delgado como candidata propietaria al cargo de segunda regidora al ayuntamiento de Chimalhuacán, Estado de México y, en su lugar, registrar a Leonor Avendaño García.

Por otro lado, los magistrados Carlos A. Morales Paulín, Adriana Margarita Favela Herrera y Santiago Castillo Nieto revocaron la nulidad del proceso interno de elección para postular candidatos a diputados locales por el principio de mayoría relativa por el distrito 04, con cabecera en Lerma, Estado de México y ordenaron el registro de Sergio Fuentes Vázquez (propietario) y Julieta Gómez Sánchez (suplente).

En el juicio presentado por Juan Carlos Hernández Sánchez y Alfonso Vázquez Romero, en contra de la anulación del proceso interno de elección para postular candidatos al Ayuntamiento de Teoloyucan, así como en contra de la omisión del Comité Ejecutivo Nacional al designar a personas distintas de las que promueven este juicio, y no ordenar su registro como candidatos a miembros del ayuntamiento, en relación con el proceso de designación de candidaturas, el Pleno de la Sala Toluca reconoció la validez de los resultados obtenidos en la jornada electoral interna del 15 de abril de 2012 en la que resultó ganadora la planilla encabezada por Daniel Mariano García, y se deja sin efecto el registro de la planilla encabezada por Petra Martínez García.

En otro asunto, con base en una Jurisprudencia de la Sala Superior que señala que través de una fe de erratas no se puede sustituir una candidatura, los Magistrados de la Sala Regional ordenaron al Comité Directivo Estatal del PAN en el Estado de México registrar a Rosa María Morales Hernández como candidata propietaria al cargo de primera regidora en el ayuntamiento de Nezahualcóyotl, Estado de México por Acción Nacional, quedando sin efecto la designación de Susana Gabriela Meza Váldez, como candidata al citado cargo de elección popular.

En el recurso de apelación 44, los Magistrados revocaron la resolución emitida por el Consejo Local del Instituto Federal Electoral en el Estado de México, al considerarse incorrecto el proceder del XXX Consejo Distrital y la falta de exhaustividad de la autoridad responsable en su dictamen.
Y, en el recurso 36, presentado por el Partido Revolucionario Institucional en contra de resolución del Consejo Local del Instituto Federal Electoral en el Estado de México, relacionada con una amonestación pública aplicada al candidato presidencial de las izquierdas, Andrés Manuel López Obrador, a la coalición Movimiento Progresista y a Morena A.C. por la aparición de propaganda electoral en una barda, los Magistrados confirmaron la resolución de la responsable, al señalar que no se transgredió la legislación electoral.

Atienden Magistrados demandas en estados de la Quinta Circunscripción Plurinominal

Por otra parte, los magistrados confirmaron diversas resoluciones emitidas por autoridades de los Partidos de la Revolución Democrática, Acción Nacional y Movimiento Ciudadano, relacionadas con la designación de candidatos en Tultitlán, Lerma, Ecatepec, en el Estado de México, y el municipio de Armería, en el Estado de Colima.

Asimismo, se confirmó la resolución dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán, relativo al recurso de apelación interpuesto en contra del acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán, sobre la solicitud de registro de planilla de candidatos a integrar el Ayuntamiento del municipio de Morelia, Michoacán, presentada por la coalición “Comprometidos con Morelia”, integrada por los partidos Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de México.

En los recursos de apelación 36 y 41, se confirmaron las resoluciones dictadas por el Consejo Local del Instituto Federal Electoral en el Estado de México y el Consejo Local del Instituto Federal Electoral en el Estado de Colima, respectivamente.

Respecto a nueve juicios para la protección de los derechos político-electorales presentados por Liborio Jorge González Hernández y otros, para impugnar el acuerdo 178, así como la documentación presentada para el efecto del cambio de la candidatura al cargo con el que se ostenta, en la planilla propuesta para el municipio de San Antonio la Isla, Estado de México, actos que atribuye al Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México y al representante propietario del Partido Movimiento Ciudadano ante dicho Consejo, también se confirmó la resolución de la responsable.

En los recursos de apelación 41 y 43, los Magistrados confirmaron las resoluciones emitidas por el Consejo Distrital 06 con cabecera en Pachuca de Soto, Estado de Hidalgo y el Consejo Local del IFE, relacionados con la colocación y retiro de propaganda.

Ordenan magistrados expedición de credenciales para votar con fotografía

Al resultar fundados los agravios presentados por diversos ciudadanos, los magistrados Carlos A. Morales Paulín, Adriana Margarita Favela Herrera y Santiago Castillo Nieto ordenaron a los vocales de las direcciones ejecutivas del Registro Federal de Electores de las Juntas Distritales Ejecutivas del IFE en los estados de Colima Hidalgo, Estado de México y Michoacán, expedir a los ciudadanos que obtuvieron una resolución favorable, sus credenciales para votar con fotografía, o bien, copia certificada de la sentencia emitida por la Sala Regional, con el fin de que pueden ejercer su voto en la jornada comicial del 1º de julio.

En total, los Magistrados de la Sala Regional Toluca resolvieron 187 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, seis recursos de apelación y un juicio de revisión constitucional.