TEPJF REVOCA DOS ARTÍCULOS DEL REGLAMENTO DEL IFE EN MATERIA DE TRANSPARENCIA
17/agosto /2011 / Sala Superior 78/2011
México, D. F.,
- El Consejo General del IFE deberá modificarlos en su próxima sesión
El PRD denunció, por un lado, que se omitió en la nueva norma detallar nombre y entidad federativa de cada militante del padrón de afiliados partidistas que debe publicarse en la página de internet del IFE; y por otro, que los artículos 43, apartado primero, fracción I y 48, apartado uno, fracción VII del nuevo reglamento establecían, entre otros aspectos, como causal de desechamiento de un recurso de revisión por el incumplimiento de requisitos menores al presentarlos.
En el proyecto de sentencia, presentado por el magistrado Pedro Esteban Penagos, se propuso declarar infundado el primero de los agravios del PRD, y darle la razón respecto del segundo. El proyecto fue aprobado por unanimidad.
En consecuencia, se ordenó al Consejo General del IFE, que en su próxima sesión, modifique los artículos revocados, precisando que únicamente puede desecharse un requerimiento cuando el requisito faltante sea indispensable para el proceso jurídico o para emitir una resolución de fondo al respecto, debiendo publicar en el Diario Oficial de la Federación, de nueva cuenta, el aludido reglamento.
Se confirman resoluciones
Por unanimidad, la Sala Superior del TEPJF confirmó la sentencia de Sala Regional Guadalajara de este organismo jurisdiccional, que entre otras cuestiones, revocó la constancia de asignación y validez expedida por el Consejo Electoral del Instituto Electoral de Nayarit a favor de María del Rosario Valdés Flores, candidata a diputada por el principio de representación proporcional de la coalición “Alianza para el Cambio Verdadero” (PT, Convergencia).
En ese misma sentencia, la Sala Regional Guadalajara del TEPJF declaró la inconstitucionalidad del artículo 209, fracción III, inciso e), de la ley electoral nayarita, que facultaba a la autoridad electoral estatal a no expedir la constancia de mayoría a un candidato electo al cargo referido, por considerarlo inelegible, inclusive después de concluido el cómputo y la declaratoria de validez de los comicios.
Inconforme, Valdés Flores interpuso un recurso de reconsideración ante la Sala Superior por la supuesta la violación a sus derechos políticos y electorales con esa decisión. A propuesta del magistrado presidente, Luna Ramos, se consideraron inoperantes e infundados sus agravios, porque las reformas constitucional y legales de 2007-2008 facultaron a las seis Salas del TEPJF a pronunciase sobre la inconstitucionalidad de las normas electorales.
En otro caso, se confirmó la sentencia del Tribunal Electoral de Guanajuato por la que, entre otras cuestiones, confirmó el acuerdo del Pleno de la Sexagésima Primera Legislatura del Congreso de esa entidad, en el que se designó a Víctor Manuel Domínguez Aguilar como Consejero Ciudadano Propietario para integrar el Consejo General del Instituto Electoral local.
Al analizar otro juicio, se confirmó la sentencia de la Sala Electoral del Tribunal Superior de Justicia de Querétaro por la que, entre otras cuestiones, confirmó un acuerdo de la Secretaria Ejecutiva del Consejo General del Instituto Electoral queretano, relacionado con el reconocimiento de Ulises Gómez de la Rosa como Secretario General del Secretariado Estatal del PRD y la entrega de las ministraciones mensuales correspondientes al financiamiento público ordinario de los meses de septiembre a noviembre de 2010.
En sesión pública de este día, la Sala Superior resolvió 8 juicios para la protección de los derechos político–electorales del ciudadano, 1 juicio de revisión constitucional electoral, 2 recursos de apelación y 2 recursos de reconsideración, que en total suman 13 medios de impugnación. El proyecto correspondiente al JDC 4970 de este año fue retirado.
LA SALA TOLUCA RESUELVE 45 ASUNTOS. DESECHÓ 2 RECURSOS EN CONTRA DEL REGISTRO DE MARTHA HILDA GONZÁLEZ CALDERÓN COMO CANDIDATA DEL PRI AL SENADO DE LA REPÚBLICA. ORDENÓ AL IFE REGISTRAR A DIANA LAURA MARROQUÍN BAYARDO COMO CANDIDATA A DIPUTADA FEDERAL POR EL DISTRITO ELECTORAL 04 CON CABECERA EN TULANCINGO, HIDALGO, POR LA COALICIÓN “MOVIMIENTO PROGRESISTA”.
18/mayo /2012 / Sala Regional Toluca 17/2012
Toluca de Lerdo, Estado de México
La Sala Toluca resuelve 45 asuntos
Desechó 2 recursos en contra del registro de Martha Hilda González Calderón como candidata del PRI al Senado de la República.
Ordenó al IFE registrar a Diana Laura Marroquín Bayardo como candidata a diputada federal por el distrito electoral 04 con cabecera en Tulancingo, Hidalgo, por la Coalición “Movimiento Progresista”.
Los magistrados integrantes de la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Adriana M. Favela Herrera, Carlos A. Morales Paulín y Santiago Nieto Castillo desahogaron este día 24 juicios relativos a la selección interna de candidatos del PAN, PRI, PRD y Movimiento Ciudadano; 3 sobre acuerdos del Consejo General y el Local, en el Estado de México, del IFE; 1 relativo a resoluciones del Instituto Electoral Estado de México; y 17 más relativos a la negativa de expedición de la credencial para votar con fotografía.
Por unanimidad, se desecharon 2 recursos presentados por Alfonso Gómez Aguirre, para impugnar la improcedencia de su registro como precandidato del PRI al ayuntamiento de Toluca de Lerdo, y en contra del registro de Martha Hilda González Calderón como candidata del tricolor al Senado de la República por el Estado de México.
También, por unanimidad, se modificó el acuerdo del Consejo General del IFE por el que se registró a María de los Ángeles Godínez Granillo como candidata a diputada federal de la Coalición “Movimiento Progresista” por el distrito electoral 04, con cabecera en Tulancingo, Hidalgo, dejándolo sin efectos y ordenando al citado Consejo que registre en su lugar a Diana Laura Marroquín Bayardo.
En otro asunto, los magistrados confirmaron, por unanimidad, el registro de la planilla de candidatos del PAN, encabezada por Santiago González Martínez, para el ayuntamiento de Metepec, Estado de México.
Por último, se ordenó al Registro Federal de Electores del IFE que en 14 asuntos de Michoacán y del Estado de México, resuelva sobre las solicitudes de expedición de credencial para votar con fotografía o de rectificación de la lista nominal de electores, presentadas por diversos ciudadanos y, en su caso, expida la respectiva credencial para votar.