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Ordena Sala Guadalajara al PAN estatal el registro de precandidato a Presidente Municipal.

18/febrero /2009 / Sala Regional Guadalajara 2/2009

Guadalajara

La Sala Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió el juicio promovido por Arturo Cortes Jiménez contra la falta de registro como precandidato al cargo de Presidente Municipal de Ocotlán, Jalisco del Partido Acción Nacional (PAN), por parte de la Comisión Electoral Distrital correspondiente al Distrito XV así como la falta de respuesta a la petición planteada.


Al entrar al estudio del juicio, la Sala Guadalajara ordenó al Consejo Electoral del citado distrito, registrar a Cortés Jiménez como precandidato del PAN al mencionado cargo.

Cortes Jiménez alegó la omisión de respuesta por parte de la Comisión Electoral Estatal de Jalisco, a su solicitud sobre la procedencia o improcedencia de su registro, así como la omisión de la mencionada Comisión, de resolver sobre la solicitud de registro de precandidato al cargo ya citado.

En el primero de los agravios la Sala Guadalajara integrada por los Magistrados José de Jesús Covarrubias Dueñas, Presidente; Noé Corzo Corral y Jacinto Silva Rodríguez, declaró inoperante el motivo de la inconformidad, en virtud de que dicha comisión ya había dado respuesta a Cortes Jiménez.

El segundo agravio fue fundado ya que el órgano electoral del PAN estatal, faltó de manera evidente a lo establecido por la convocatoria al no haber realizado ninguna observación al actor dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la presentación de su registro como precandidato al citado cargo.

Por tal motivo la Sala Guadalajara ordenó a la Comisión ya citada registrar a Cortés Jiménez como precandidato del PAN al cargo antes referido. para el período 2010-2012, dentro de las seis horas siguientes a la notificación de la sentencia y en las veinticuatro horas siguientes informe del cumplimiento dado a la misma.

En la sesión pública de este día la Sala Guadalajara resolvió un Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano.