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Magistradas ordenan nuevo escrutinio y computo en 15 casillas en el municipio de Simojovel, Chiapas

19/septiembre/2012 / Sala Regional Xalapa 41/2012

Xalapa- Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave

  •  Se resuelve el juicio de revisión constitucional 131 con la revocación de la sentencia del Tribunal local de Chiapas.

Por unanimidad de votos, la Magistrada presidenta Judith Muñoz Tagle y la Magistrada, Claudia Pastor Badilla, revocaron la sentencia del Tribunal de Justicia Electoral y Administrativa del Poder Judicial del Estado de Chiapas, que modificó el cómputo municipal y confirmó la declaración de validez de la elección en el Ayuntamiento de Simojovel y la entrega de la constancia de mayoría a favor de los candidatos del Partido Revolucionario Institucional.
Lo anterior, de conformidad con la legislación de esa entidad, al advertirse inconsistencias en siete casillas entre los rubros fundamentales y ocho con votos nulos mayores a la diferencia entre el primer y segundo lugar, mientras que en las restantes no se actualizó supuesto de recuento.
Ante esto, las magistradas ordenaron al tribunal local nuevo escrutinio y cómputo de quince casillas, en los plazos y términos precisados en el proyecto y una vez realizada la diligencia se dicte sentencia de fondo en el expediente de origen.

La resolución del juicio 131/12, tuvo el voto en contra de la Magistrada Yolli García Álvarez, quien consideró que el Partido de la Revolución Democrática presento una variación en la litis del asunto, ya que primero solicitó la nulidad de las casillas y después el recuento de las misma.
Por su parte la Magistrada Claudia Pastor, quien presentó el proyecto de resolución, sostuvo que existió una mala interpretación por parte del órgano local, ya que el promovente solicitó desde un inicio el recuento de las casillas en las que hubo inconsistencias.

TEPJF MANTIENE SU COMPROMISO CON EL PERFECCIONAMIENTO DE LA DEMOCRACIA

30/diciembre /2011 / Sala Superior 144/2011

México, DF,

• Garantiza Tribunal Electoral respeto irrestricto a la ley y al voto de los ciudadanos en 2012

En 2012, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) seguirá contribuyendo, como lo ha hecho hasta hoy, con el perfeccionamiento de la democracia en México; pues mantendrá, como premisa fundamental, el estricto respeto a la ley y al voto de los ciudadanos que acudan el próximo año a las urnas dentro de los procesos electorales federales y locales que se llevarán a cabo.

Para los magistrados del TEPJF, el 2012 será un año de enormes retos, entre los cuales destaca la consolidación de la democracia como eje para el futuro de la nación. Así, el máximo órgano jurisdiccional en materia electoral se declara preparado para responder a estas exigencias democráticas y garantiza la salvaguarda de los derechos fundamentales de los ciudadanos que participen en la contienda.

A nombre de los magistrados integrantes de la Sala Superior, el magistrado Pedro Esteban Penagos López, aseguró que para el próximo año el TEPJF seguirá resolviendo las impugnaciones que se presenten con estricto apego a derecho, certeza y seguridad jurídica, para sean los votos de los ciudadanos los que definan el resultado de las elecciones.

Ordena TEPJF al PAN sustentar rechazo de precandidatura de Luis Paredes

En la sesión pública de este viernes, por unanimidad, la Sala Superior del TEPJF ordenó a la Comisión Nacional de Elecciones del Partido Acción Nacional, sustentar el acuerdo por el que negó el registro como precandidato a la Presidencia de la República a Luis Paredes Moctezuma, y otorgó a dicho instituto político un plazo de 5 días para hacer llegar tal argumentación al ex aspirante panista.

En el proyecto de sentencia, presentado por el magistrado Constancio Carrasco Daza, se declara fundado el agravio esgrimido por Luis Eduardo del Sagrado Corazón de Jesús Paredes Moctezuma, pues la Comisión Nacional de Elecciones del PAN no sustentó el acuerdo con el que se le niega el registro, limitándose a decir que no cumplía con el requisito del 10% de las firmas de militantes que se necesitan para promover la precandidatura, sin presentar la documentación que sustentara tal determinación.

En uso de la palabra, el magistrado Carrasco Daza dijo que en un modelo de democracia representativa, los partidos están obligados a establecer prácticas idóneas que permitan a la militancia ejecutar libremente sus derechos político-electorales.

Sobre el asunto, el magistrado Pedro Esteban Penagos López aseguró que es deber constitucional de los partidos sustentar las determinaciones que involucren los derechos de sus militantes.

La Sala Superior también revocó, por unanimidad, la sentencia dictada por el Tribunal Electoral del Distrito Federal en la que rechaza, por considerarla extemporánea, la impugnación presentada por el PRI en contra del acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral del DF, en el que se aprobó el Reglamento que regula el uso de recursos públicos, propaganda institucional y gubernamental, así como los actos anticipados de precampaña y campaña, para los procesos electorales ordinarios en la Ciudad de México.

Al hablar sobre el proyecto presentado por el magistrado Constancio Carrasco Daza, el magistrado Manuel González Oropeza afirmó que la revocación de la sentencia del TEDF garantiza el verdadero acceso a la justicia, a fin de que se conozcan las motivaciones que dieron origen a la reglamentación emitida por la autoridad electoral local.

Por otra parte, la Sala Superior del TEPJF confirmó el acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral sobre las sanciones impuestas al Partido de la Revolución Democrática por la omisión de reportar en su Informe Anual correspondiente al ejercicio de 2009, la totalidad de gastos empleados en el pago de servicios proporcionados por diversos proveedores.

También se declaró infundada la queja promovida por María Inés Cruz Castro, aspirante a Consejera Local en Yucatán, contra el Instituto Electoral de dicho estado, respecto de la designación de los Consejeros Electorales de los Consejos Locales, que se instalarán para los procesos electorales federales 2011-2012 y 2014-2015.

Desechamientos

El pleno de magistrados desechó la queja presentada por vecinos del municipio de Huasca de Ocampo, Hidalgo, en contra la sentencia dictada por la Sala Regional Toluca, con la que se revocó la entrega de la constancia de mayoría a favor de la planilla postulada por Nueva Alianza y se ordenó otorgar dicha constancia a la planilla postulada por el Partido Revolucionario Institucional.

Además se desechó la demanda presentada por el PRI contra la sentencia dictada por la Sala Regional Toluca, con la que revocó la resolución del Tribunal Electoral de Michoacán para declarar la validez de la elección del Ayuntamiento de Cojumatlán de Régules, así como la entrega de la constancia de mayoría a la planilla postulada por la coalición "Michoacán nos Une".