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CONSTITUCIÓN DE CÁDIZ, CIMIENTO DE LA EVOLUCIÓN CONSTITUCIONAL Y SISTEMA ELECTORAL EN MÉXICO

12/febrero /2012 / Sala Superior 19/2012

México, D.F.,

  • El texto constitucional de 1812 combinó ideales de pasión, justicia y libertad: Luna Ramos
La importancia de la Constitución de Cádiz para nuestra nación es indiscutible, pues fue con ella que se estableció el precedente más importante del sistema electoral mexicano, así lo manifestó José Alejandro Luna Ramos, magistrado presidente de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), durante su participación en el Encuentro Iberoamericano “Conmemoración del Bicentenario de la Constitución de Cádiz: Las ideas constitucionales de América Latina".

Al intervenir en la mesa “El debate electoral en la Constitución de Cádiz”, Luna Ramos recordó que de dicho texto emanaron los principios y normas que impactaron directamente al México independiente, por ejemplo, la igualdad de todos los hombres ante la ley, la igualdad de representación entre las provincias europeas y de ultramar, la participación de los americanos en los órganos del poder ejecutivo y la conformación de órganos provinciales.

“El texto constitucional que combinó ideales de pasión, justicia y libertad, es fuente histórica de todo nuestro ordenamiento jurídico nacional y de la modernidad política mexicana.

“La promulgación de la Constitución de Cádiz es parte de nuestra historia, de nuestra evolución constitucional y de nuestro sistema electoral; es por ello que la celebración de sus 200 años no es una cosa menor, especialmente para los jueces constitucionales que encuentran en los textos jurídicos e históricos, el entendimiento de las figuras de nuestra actualidad”, aseveró Luna Ramos.

Debates de la Corte de Cádiz siguen vigentes: Alanis Figueroa

Durante su participación en el evento, María del Carmen Alanis Figueroa, magistrada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), destacó la vigencia que los debates de la Corte de Cádiz tienen sobre nuestro presente, mismos que permiten comprender mejor las influencias que forjaron el orden constitucional actual.

Explicó que cada texto constitucional es producto de sus circunstancias y de la ideología imperante en cada momento del país, “por ello es natural que la Constitución de Cádiz tuviera una vida intermitente y corta, pues su diseño era una respuesta a la invasión francesa y al dejar de existir esa condición, la configuración constitucional necesaria sería distinta”.

Alanis Figueroa mencionó que la Constitución tiene que ser funcional al proyecto de país que en cada periodo se está construyendo, por ello, “el texto vigente ha ido incorporando elementos para hacerla acorde con los planteamientos democratizadores del último tercio del siglo pasado, para producir sintonías con la economía global y garantizar los derechos fundamentales”.

En la mesa “El debate electoral en la Constitución de Cádiz” participaron también, Lorenzo Córdova Vianello, consejero del Instituto Federal Electoral (IFE), Jesús Orozco Enríquez, investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, José María García León, catedrático de la Universidad de Cádiz en España y María del Pilar Hernández, investigadora del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.

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Magistradas ordenan nuevo escrutinio y computo en 15 casillas en el municipio de Simojovel, Chiapas

19/septiembre/2012 / Sala Regional Xalapa 41/2012

Xalapa- Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave

  •  Se resuelve el juicio de revisión constitucional 131 con la revocación de la sentencia del Tribunal local de Chiapas.

Por unanimidad de votos, la Magistrada presidenta Judith Muñoz Tagle y la Magistrada, Claudia Pastor Badilla, revocaron la sentencia del Tribunal de Justicia Electoral y Administrativa del Poder Judicial del Estado de Chiapas, que modificó el cómputo municipal y confirmó la declaración de validez de la elección en el Ayuntamiento de Simojovel y la entrega de la constancia de mayoría a favor de los candidatos del Partido Revolucionario Institucional.
Lo anterior, de conformidad con la legislación de esa entidad, al advertirse inconsistencias en siete casillas entre los rubros fundamentales y ocho con votos nulos mayores a la diferencia entre el primer y segundo lugar, mientras que en las restantes no se actualizó supuesto de recuento.
Ante esto, las magistradas ordenaron al tribunal local nuevo escrutinio y cómputo de quince casillas, en los plazos y términos precisados en el proyecto y una vez realizada la diligencia se dicte sentencia de fondo en el expediente de origen.

La resolución del juicio 131/12, tuvo el voto en contra de la Magistrada Yolli García Álvarez, quien consideró que el Partido de la Revolución Democrática presento una variación en la litis del asunto, ya que primero solicitó la nulidad de las casillas y después el recuento de las misma.
Por su parte la Magistrada Claudia Pastor, quien presentó el proyecto de resolución, sostuvo que existió una mala interpretación por parte del órgano local, ya que el promovente solicitó desde un inicio el recuento de las casillas en las que hubo inconsistencias.