Conforme a los artículos 99, párrafo segundo, de 
			la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 
			165, 173, 174, 175, 176, fracción VII, 177, 178, fracción VIII y 185 
			de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, 
			7 y 24 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación 
			en Materia Electoral, en relación con el numeral 53, 
			fracciones I, V y XV, del Reglamento Interno del Tribunal 
			Electoral del Poder Judicial de la Federación, así como los
			Acuerdos Generales de la Sala Superior del Tribunal Electoral 
			del Poder Judicial de la Federación número 4/2020, 6/2020 y 8/2020, 
			por los que se emiten los lineamientos aplicables para la resolución 
			de los medios de impugnación a través del sistema de 
			videoconferencias; se precisan criterios adicionales a fin de 
			discutir y resolver de forma no presencial asuntos de la competencia 
			del Tribunal Electoral en el actual contexto de esta etapa de la 
			Pandemia generada por el virus SARS COV2 y se reanuda la resolución 
			de todos los medios de impugnación, respectivamente; 
			y los Acuerdos emitidos por esta Sala Regional el 26 de mayo 
			de 2020 y 14 de octubre de 2020, relativos a la adopción de un medio 
			electrónico idóneo para la discusión y resolución con presencia 
			remota de los asuntos jurisdiccionales de su competencia, así como 
			la reanudación de la resolución de todos los medios de impugnación 
			de su competencia, respectivamente; se hace de conocimiento 
			público que, con el objeto de resolver los medios de impugnación que 
			motivaron la integración de los expedientes que a continuación se 
			precisan, esta Sala Regional correspondiente a la Primera 
			Circunscripción Plurinominal con sede en Guadalajara, Jalisco, 
			celebrará sesión por videoconferencia el día 10 de noviembre de 2021 
			a las 13:00 horas.