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Sesión pública

02 de marzo de 2023 Sala Regional Especializada


TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUD
 
 
TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN
SALA REGIONAL ESPECIALIZADA
CON SEDE EN LA CIUDAD DE MÉXICO
SECRETARÍA GENERAL DE ACUERDOS
 
SESIÓN PÚBLICA DE 2 DE MARZO 2023
 

 
CONFORME A LO PREVISTO EN LOS ARTÍCULOS 176, ÚLTIMO PÁRRAFO, 177, 178, FRACCIÓN VIII, Y 182, FRACCIÓN I, DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, SE HACE DEL CONOCIMIENTO PÚBLICO QUE POR ACUERDO DEL PLENO DE LA SALA REGIONAL ESPECIALIZADA DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, LA SESIÓN PÚBLICA PRESENCIAL CONVOCADA PARA LAS 18:00 HORAS DEL 2 DE MARZO DE ESTA ANUALIDAD, SE DIFIERE PARA TENER VERIFICATIVO A LAS 19:00 HORAS DE ÉSTA MISMA FECHA.
 
 
CIUDAD DE MÉXICO, A 2 DE MARZO DE 2023.
 

PRESIDENTE

 
 

RUBÉN JESÚS LARA PATRÓN

 
 
 
TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN
SALA REGIONAL ESPECIALIZADA
CON SEDE EN LA CIUDAD DE MÉXICO
SECRETARÍA GENERAL DE ACUERDOS
 
SESIÓN PÚBLICA DEL 2 DE MARZO DE 2023

 
CONFORME CON LOS ARTÍCULOS 99, PÁRRAFO SEGUNDO, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 165, 173, 176, ÚLTIMO PÁRRAFO, 177, 178, FRACCIÓN VIII, Y 182, FRACCIÓN I, DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN; 475 Y 476, PÁRRAFO SEGUNDO, INCISO E), DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES; 24, PÁRRAFO PRIMERO, DE LA LEY GENERAL DEL SISTEMA DE MEDIOS DE IMPUGNACIÓN EN MATERIA ELECTORAL, RELACIONADOS CON EL NUMERAL 53, FRACCIONES, V Y XV, DEL REGLAMENTO INTERNO DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, EL ARTÍCULO SEGUNDO DEL ACUERDO GENERAL 4/2022 DE LA SALA SUPERIOR DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, QUE REGULA LAS SESIONES PRESENCIALES, SE HACE DEL CONOCIMIENTO PÚBLICO QUE, CON EL OBJETO DE RESOLVER LOS PROCEDIMIENTOS ESPECIALES SANCIONADORES QUE MOTIVARON LA INTEGRACIÓN DE LOS EXPEDIENTES QUE SE PRECISAN, ESTA SALA REGIONAL ESPECIALIZADA, DADA SU URGENCIA[1], CELEBRARÁ SESIÓN PÚBLICA EN EL SALÓN DE PLENO[2] DESTINADO PARA ESE EFECTO, EL 2 DE MARZO DEL PRESENTE AÑO, A LAS 18:00 HORAS.

N°. EXPEDIENTE PROMOVENTE (S) PARTE DENUNCIADA
1 SRE-PSC-180/2022 PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL MORENA Y CONCESIONARIAS DE RADIO Y TELEVISIÓN
2 SRE-PSC-12/2023 PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA MARCELO LUIS EBRARD CASAUBÓN, SECRETARIO DE RELACIONES EXTERIORES Y OTRAS
3 SRE-PSC-13/2023 PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA Y OTROS MARCELO LUIS EBRARD CASAUBÓN, TITULAR DE LA SECRTEARÍA DE RELACIONES EXTERIORES Y OTRAS
4 SRE-PSC-14/2023 UNIDAD TÉCNICA DE LO CONTENCIOSO ELECTORAL DE LA SECRETARÍA EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL DIVERSAS CONCESIONARIAS DE RADIO Y TELEVISIÓN
 
 
CIUDAD DE MÉXICO, A 2 DE MARZO DE 2023.
 

PRESIDENTE

 
 
 

RUBÉN JESÚS LARA PATRÓN

 

 

[1] En el artículo 476 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales se establece el plazo de 24 horas para la resolución de los procedimientos especiales sancionadores, en el Acuerdo General 8/2020 de Sala Superior ¬se estableció que se debe dar preferencia a la resolución de asuntos con carácter de urgentes, lo que acontece dada lo sumario del plazo establecido en el numeral antes citado.

[2] En tanto subsista la emergencia de salud pública, el aforo se encuentra limitado según las capacidades y ventilación del mismo.