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Sesión pública

18 de Abril de 2024 Sala Regional Especializada


TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUD
 
 
TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN
SALA REGIONAL ESPECIALIZADA
CON SEDE EN LA CIUDAD DE MÉXICO
SECRETARÍA GENERAL DE ACUERDOS
 
SESIÓN PÚBLICA DEL 18 DE ABRIL DE 2024

 
CONFORME CON LOS ARTÍCULOS 99, PÁRRAFO SEGUNDO, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 165, 174, 176, ÚLTIMO PÁRRAFO, 177, 178, FRACCIÓN VIII, Y 185, FRACCIONES I Y II, DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN; 475 Y 476, PÁRRAFO SEGUNDO, INCISO E), DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES; 24, PÁRRAFO PRIMERO, LEY GENERAL DEL SISTEMA DE MEDIOS DE IMPUGNACIÓN EN MATERIA ELECTORAL, RELACIONADOS CON EL NUMERAL 53, FRACCIONES, V Y XV, DEL REGLAMENTO INTERNO DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, EL ARTÍCULO SEGUNDO DEL ACUERDO GENERAL 2/2023 DE LA SALA SUPERIOR DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN QUE REGULA LAS SESIONES DE LAS SALAS DEL TRIBUNAL Y EL USO DE HERRAMIENTAS DIGITALES, SE HACE DEL CONOCIMIENTO PÚBLICO QUE, CON EL OBJETO DE RESOLVER LOS PROCEDIMIENTOS ESPECIALES SANCIONADORES QUE MOTIVARON LA INTEGRACIÓN DE LOS EXPEDIENTES QUE SE PRECISAN, ESTA SALA REGIONAL ESPECIALIZADA, CELEBRARÁ SESIÓN PÚBLICA EN EL SALÓN DE PLENO DESTINADO PARA ESE EFECTO, EL 18 DE ABRIL DEL PRESENTE AÑO, A LAS 11:00 HORAS.

N°. EXPEDIENTE PROMOVENTE (S) PARTE DENUNCIADA
1 SRE-PSC-97/2024 UNIDAD TÉCNICA DE LO CONTENCIOSO ELECTORAL DE LA SECRETARÍA EJECUTIVA DEL INE CADENA TRES I, S.A. DE C.V.
2 SRE-PSC-98/2024 PARTIDO ACCIÓN NACIONAL MOVIMIENTO CIUDADANO
3 SRE-PSC-99/2024 MOVIMIENTO CIUDADANO PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO
4 SRE-PSC-100/2024 MORENA MANOLO JIMÉNEZ SALINAS, OTRORA CANDIDATO A LA GUBERNATURA DE COAHUILA DE ZARAGOZA Y OTRAS
5 SRE-PSC-101/2024 DATO PROTEGIDO* PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
 
CIUDAD DE MÉXICO, A 17 DE ABRIL DE 2024

MAGISTRADO PRESIDENTE

 
 

LUIS ESPINDOLA MORALES

 

 

* Dato protegido de conformidad con los artículos 6 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como los diversos 3, fracción IX, 31 y 47, de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados.

 

 

 
TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN
SALA REGIONAL ESPECIALIZADA
CON SEDE EN LA CIUDAD DE MÉXICO.
SECRETARÍA GENERAL DE ACUERDOS
 
SESIÓN PÚBLICA DEL 18 DE ABRIL DE 2024
AVISO COMPLEMENTARIO

 
CONFORME CON LOS ARTÍCULOS 99, PÁRRAFO SEGUNDO, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 165, 174, 176, ÚLTIMO PÁRRAFO, 177, 178, FRACCIÓN VIII, Y 185, FRACCIONES I Y II, DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN; 475 Y 476, PÁRRAFO SEGUNDO, INCISO E), DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES; 24, PÁRRAFO PRIMERO, LEY GENERAL DEL SISTEMA DE MEDIOS DE IMPUGNACIÓN EN MATERIA ELECTORAL, RELACIONADOS CON EL NUMERAL 53, FRACCIONES, V Y XV, DEL REGLAMENTO INTERNO DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, EL ARTÍCULO SEGUNDO DEL ACUERDO GENERAL 2/2023 DE LA SALA SUPERIOR DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN QUE REGULA LAS SESIONES DE LAS SALAS DEL TRIBUNAL Y EL USO DE HERRAMIENTAS DIGITALES, SE HACE DEL CONOCIMIENTO PÚBLICO QUE, DADA SU URGENCIA [1], EN LA SESIÓN PÚBLICA DE 18 DE ABRIL DEL AÑO EN CURSO, TAMBIÉN SERÁ OBJETO DE RESOLUCIÓN EL ASUNTO QUE A CONTINUACIÓN SE PRECISA:
 
N°. EXPEDIENTE PROMOVENTE (S) PARTE DENUNCIADA
1 SRE-PSC-47/2023 DATO PROTEGIDO* Y OTRAS LAYDA SANSORES SANROMAN, GOBERNADORA DE CAMPECHE Y OTRAS
 
CIUDAD DE MÉXICO, A 17 DE ABRIL DE 2024

MAGISTRADO PRESIDENTE

 
 

LUIS ESPINDOLA MORALES

 

 

[1] En el artículo 476 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales se establece el plazo de 24 horas para la resolución de los procedimientos especiales sancionadores, en el Acuerdo General 8/2020 de Sala Superior se estableció que se debe dar preferencia a la resolución de asuntos con carácter de urgentes, lo que acontece dada lo sumario del plazo establecido en el numeral antes citado.

* Dato protegido de conformidad con los artículos 6 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como los diversos 3, fracción IX, 31 y 47, de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados.