Turno de Expediente
Turno de Expedientes
Ciudad de México, a catorce de junio de dos mil veintidós, se da cuenta al magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, presidente de este Tribunal Electoral, con lo siguiente.
Documentación recibida |
Acto impugnado |
Oficio TEEH-SG-715/2022 recibido en la Oficialía de Partes de esta Sala Superior, por el que el secretario general del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo remite, entre otra documentación, el escrito mediante el cual Rafael Sánchez Hernández, quien se ostenta como representante del Partido Acción Nacional,promueve juicio electoral. |
Sentencia dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo en el procedimiento especial sancionador TEEH-PES-079/2022, que determinó la existencia de las infracciones atribuidas a Alma Carolina Viggiano Austria y a los partidos políticos Revolucionario Institucional, Acción Nacional y de la Revolución Democrática, consistentes en calumnia en contra de Julio Ramón Menchaca Salazar, candidato de MORENA a la gubernatura de dicho estado, con motivo de la publicación de un video en Facebook, en el que realiza diversas manifestaciones relacionadas con el mencionado candidato, así como por culpa in vigilando de los referidos partidos políticos. |
Con fundamento en los artículos 172, fracciones XVII y XXVI, y 182, fracciones I y IV, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación;15, fracción I, 20, fracción I, y 70, fracción I, del Reglamento Interno de este Tribunal Electoral, así como el Acuerdo General 3/2020 de esta Sala Superior, SE ACUERDA:
PRIMERO. Integración del expediente. Con la documentación de cuenta y anexos, se ordena integrar el expediente respectivo y registrarlo en el Libro de Gobierno con la clave SUP-JE-192/2022.
SEGUNDO. Turno. Para los efectos previstos en el artículo 19 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, se ordena turnar el expediente a la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso.
Notifíquese por estrados a las partes, así comoa los demás interesados. Hágase del conocimiento público en la página de internet de este órgano jurisdiccional.
Así lo acuerda y firma el magistrado presidente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, ante el secretario general de acuerdos, quien autoriza y da fe.
Este documento es una representación gráfica autorizada mediante firmas electrónicas certificadas, el cual tiene plena validez jurídica de conformidad con los numerales segundo y cuarto del Acuerdo General de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación 3/2020, por el que se implementa la firma electrónica certificada del Poder Judicial de la Federación en los acuerdos, resoluciones y sentencias que se dicten con motivo del trámite, turno, sustanciación y resolución de los medios de impugnación en materia electoral.
FIRMAS