Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

Turno de Expediente

Turno de Expedientes


Agosto 2025
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EXPEDIENTE:
SUP-REP -571 -2022
ACTOR:
MARIO MARTÍN DELGADO CARRILO, PRESIDENTE DEL COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL DE MORENA
RESPONSABLE:
SALA REGIONAL ESPECIALIZADA DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN
AUTO DE TURNO:

Ciudad de México, a catorce de julio de dos mil veintidós, se da cuenta al magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, presidente de este Tribunal Electoral, con lo siguiente.

 

Documentación recibida

Acto impugnado

Certificación de la cédula de notificación electrónica mediante la cual el actuario de la Sala Regional Especializada de este Tribunal Electoral notifica el acuerdo dictado por su magistrado presidente en el expediente SRE-PSC-60/2022, en el que ordenó remitir, vía electrónica a esta Sala Superior, entre otra documentación, el escrito mediante el cual Mario Martín Delgado Carrillo, en su carácter de presidente del Comité Ejecutivo Nacional de MORENA,interpone recurso de revisión del procedimiento especial sancionador.

Sentencia dictada por la Sala Regional Especializada en el expediente SRE-PSC-60/2022, que declaró la existencia de la infracción atribuida a MORENA y a su presidente nacional, Mario Martín Delgado Carrillo, consistente en la indebida difusión y promoción del proceso de revocación de mandato a favor del presidente de la República, con motivo de diversas publicaciones en la cuenta de Twitter de dicho instituto político, en las que se difundieron logros, acciones y programas sociales de la actual administración, por lo que, en cada caso, se impuso una sanción consistente en una multa; ello, en cumplimiento a lo ordenado por esta Sala Superior en el expediente SUP-REP-297/2022.

 

Con fundamento en los artículos 172, fracciones XVII y XXVI, y 182, fracciones I y IV, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; 15, fracción I, 20, fracción I y 70, fracción II, del Reglamento Interno de este Tribunal Electoral, así como el Acuerdo General 3/2020 de esta Sala Superior, SE ACUERDA:

 

PRIMERO. Integración del expediente. Con la documentación de cuenta y las constancias que correspondan, se ordena integrar el expediente respectivo y registrarlo en el Libro de Gobierno con la clave SUP-REP-571/2022.

 

SEGUNDO. Turno. Para los efectos previstos en el artículo 19 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, se ordena turnar el expediente al magistrado Felipe de la Mata Pizaña, por tratarse de un medio de impugnación vinculado con el SUP-REP-564/2022, turnado a la misma ponencia.

 

Notifíquese por estrados y hágase del conocimiento público en la página de internet de este órgano jurisdiccional.

 

Así lo acuerda y firma el magistrado presidente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, ante el secretario general de acuerdos, quien autoriza y da fe.