Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

Turno de Expediente

Turno de Expedientes


Agosto 2025
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EXPEDIENTE:
SUP-JDC -761 -2022
ACTOR:
FERNANDO AGUNDIS RIVERA Y OTROS
RESPONSABLE:
COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL DE MORENA Y OTRAS
AUTO DE TURNO:

Ciudad de México, a nueve de agosto de dos mil veintidós, se da cuenta a la magistrada Janine M. Otálora Malassis, presidenta por ministerio de Ley de este Tribunal Electoral, con lo siguiente.

 

Documentación recibida

Antecedente 

Impresión del escrito recibido en la cuenta cumplimientos.salasuperior@te.gob.mx, mediante el cual el secretario de ponencia 3de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de MORENA remite, entre otra documentación, el acuerdo de admisión del expediente CNHJ-SLP-666/22 en cumplimiento al acuerdo dictado por esta sala Superior en el juicio al rubro indicado.

Acuerdo dictado por la Sala Superior el cinco de agosto del año en curso, en el juicio en que se actúa, que determinó entre otras cuestiones, reencauzar a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de MORENA los medios de impugnación al rubro indicados, relacionados con el registro de aspirantes a congresistas, en el marco del III Congreso Nacional Ordinario del citado instituto político.

 

Con fundamento en los artículos 171, párrafo tercero, 172, fracciones VI y XVII, y 182, fracciones I, IV, y XII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; 20, fracción I, y 70, fracción VIII, del Reglamento Interno de este Tribunal Electoral, así como el Acuerdo General 3/2020 de esta Sala Superior, SE ACUERDA:

 

ÚNICO.Turno por cumplimiento. A fin de que determine lo que en Derecho proceda, se ordena turnar la documentación de cuenta y anexos, con el expediente respectivo al magistrado Felipe de la Mata Pizaña, quien fungió como ponente en el juicio al rubro indicado.

 

Notifíquese por estrados. Así lo acuerda y firma la magistrada presidenta por ministerio de Ley del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, ante el secretario general de acuerdos, quien autoriza y da fe.

 

Este documento es una representación gráfica autorizada mediante firmas electrónicas certificadas, el cual tiene plena validez jurídica de conformidad con los numerales segundo y cuarto del Acuerdo General de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación 3/2020, por el que se implementa la firma electrónica certificada del Poder Judicial de la Federación en los acuerdos, resoluciones y sentencias que se dicten con motivo del trámite, turno, sustanciación y resolución de los medios de impugnación en materia electoral.