Turno de Expediente
Turno de Expedientes
Ciudad de México, trece de febrero de dos mil veintitrés
I. Informe. El secretario general de acuerdos da cuenta al magistrado presidente de esta Sala Regional Especializada, con la impresión de las notificaciones electrónicas[1] de la Sala Superior de este Tribunal Electoral, por la que hace de conocimiento lo siguiente:
a) Resolución del expediente SUP-REP-803/2022[2], que revocó la sentencia emitida por este órgano jurisdiccional en el procedimiento especial sancionador al rubro citado y tuvo por actualizada la infracción atribuida a Luis Fernando Vilchis Contreras, presidente municipal y José Antonio García Pérez, entonces décimo regidor de ayuntamiento, ambos del Ayuntamiento de Ecatepec de Morelos, Estado de México, por vulnerar las reglas de difusión del proceso de revocación de mandato; finalmente, ordenó proceder conforme a derecho para determinar la consecuencia jurídica correspondiente.
b) Solicitud de auxilio a las labores de ese órgano jurisdiccional, para que se notifique la referida resolución a José Antonio García Pérez, entonces Décimo Regidor del Ayuntamiento de Ecatepec de Morelos, Estado de México.
II. Determinación. En virtud de lo anterior, el magistrado presidente, ante el secretario general, ACUERDA:
Primero. Se recibe la documentación de cuenta; agréguese al expediente en que se actúa.
Segundo. Remítanse constancias que integran el expediente al rubro indicado a la ponencia del magistrado Luis Espíndola Morales para que determine lo que corresponda, respecto de la documentación mencionada en el inciso a).
Tercero. Se instruye a la Oficina de Actuaría realizar la notificación referida en el inciso b).
III. Fundamento jurídico. Los artículos 178, fracciones I, III y XVI y 185, fracciones I, IV, VIII y XII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; 51, fracciones I y XIV, 53 fracciones I y XVIII y 70, VIII del Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación; así como el numeral séptimo, párrafo segundo del Acuerdo General 4/2014 y Acuerdo General 3/2020, emitidos por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
IV. Notifíquese. Por estrados y en la página de Internet de este órgano judicial.
Así lo acuerda y firma el magistrado presidente de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, ante el secretario general de acuerdos, quien da fe.
Este documento es una representación gráfica autorizada mediante firmas electrónicas certificadas, el cual tiene plena validez jurídica de conformidad con los numerales segundo y cuarto del Acuerdo General de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación 3/2020, por el que se implementan la firma electrónica certificada del Poder Judicial de la Federación.
[1] Recibidas en la cuenta salaregional.especializada@notificaciones.tribunalelectoral.gob.mx, el inmediato doce.
[2] Así como el voto particular de los magistrados Felipe de la Mata Pizaña y Felipe Alfredo Fuentes Barrera y el voto concurrente que emite la magistrada Janine M. Otálora Malassis.